Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EDICTO de la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección quinta, relativo al rollo de apelación nº 158/12.

Publicado el 18/05/2012 (Nº 95)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA

Texto completo:

En el presente procedimiento seguido a instancia de Edificios y Obras Civiles, S. L., frente a Cáritas Diocesanas de Zaragoza, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal es el siguiente:

Visto en grado de apelación ante esta Sección 005, de la Audiencia Provincial de Zaragoza, los Autos de procedimiento ordinario 329/2011, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Zaragoza, a los que ha correspondido el rollo recurso de apelación (LECN) 158/2012, en los que aparece como parte apelante, Edificios y Obras Civiles, S. L., representado por el Procurador de los tribunales, Carlos Berdejo Gracián, asistido por el Letrado D. José María Novel Peruga, y como parte apelada, Cáritas Diocesanas de Zaragoza, representado por el Procurador de los tribunales, Alberto Javier Bozal Cortés, asistido por el Letrado D. Joaquín Sola Martínez, y como apelado en rebeldía, Arco Soluciones Constructivas, S. L., siendo el Magistrado Ponente el Ilmo.D. Javier Seoane Prado.

Desestimar el recurso de apelación formulado contra la sentencia de fecha 11-1-2012 dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 12 en los autos nº 329/2011, que confirmamos.

Imponemos las costas de esta alzada, así como la pérdida del depósito constituido para recurrir, al que se dará el destino lega, a la apelante.

Contra la presente resolución cabe recurso de casación por interés casacional, y por infracción procesal, si es interpuesto conjuntamente con aquél ante esta Sala en plazo de veinte días, del que conocerá el Tribunal competente, debiendo el recurrente al presentar el escrito de interposición acreditar haber efectuado un depósito de 50 euros para cada recurso en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sección (nº 4887) en la Sucursal 8005 de Banesto, en la calle Torrenueva, 3 de esta ciudad, debiendo indicar en el recuadro Concepto en que se realiza: 04 Civil-Extraordinario por infracción procesal y 06 Civil-Casación, y sin cuya constitución no serán admitidos a trámite.

Remítanse las actuaciones al Juzgado de procedencia, junto con testimonio de la presente, para su ejecución y cumplimiento.

Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá testimonio al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y encontrándose dicho demandado, Arco Soluciones Constructivas,S. L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Zaragoza, 8 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial, Victoriano Herce Vallejo.