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RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se revoca el grupo concedido al CEIP Comarcal Santiago Apóstol de Grañén, para participar en la línea de Refuerzo y Orientación en el aprendizaje del programa AUNA para el curso 2019/2020, convocado por Orden ECD/590/2019, de 21 de mayo, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014/2020.

Publicado el 17/02/2020 (Nº 32)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden ECD/590/2019, de 21 de mayo, se convoca a los centros docentes públicos no universitarios a participar en la línea de refuerzo y orientación en el aprendizaje del programa AUNA para el curso 2019/2020 y se dictan normas para su funcionamiento en el marco del programa operativo del fondo social europeo de Aragón 2014/2020.

Mediante Orden ECD/2019/1374, de 11 de octubre, se resuelve dicha convocatoria, aprobándose los centros admitidos y grupos concedidos, figurando en dicha relación, con un grupo, el CEIP Comarcal Santiago Apóstol de Grañén (Huesca).

El apartado decimotercero de la citada Orden ECD/590/2019, de 21 de mayo, establece que la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación podrá revocar la autorización concedida a los centros en los siguientes casos: a petición del propio centro con informe razonado de la renuncia, acompañado de informe favorable del Consejo Escolar o cuando se detecten anomalías o incumplimiento de la normativa vigente, previo informe de Inspección de Educación.

El apartado decimonoveno de la misma Orden, faculta entre otros, al Director General de Innovación, Equidad y Participación a dictar las Resoluciones necesarias para el cumplimiento de la Orden.

Con fecha 19 de diciembre de 2019, tiene entrada en el Departamento de Educación, Cultura y Deporte, escrito de la dirección del CEIP Comarcal Santiago Apóstol de Grañén, en el que se solicita la revocación del grupo concedido en la participación de la línea de refuerzo y orientación en el aprendizaje del programa AUna.

Constan en el expediente los documentos preceptivos que establece el apartado decimotercero, letra a), de la Orden ECD/590/2019, de 21 de mayo, como son la solicitud de derogación del programa AUNA por parte del CEIP Comarcal Santiago Apóstol con el informe razonado de la renuncia e informe extraordinario del Consejo Escolar, en el que se decide la renuncia al grupo concedido de dicho programa.

Por todo lo anterior y en virtud de los apartados decimotercero y decimonoveno de la Orden ECD/590/2019, de 21 de mayo, y dando cumplimiento a la misma, resuelvo:

Aceptar la renuncia revocando la autorización del grupo concedido al CEIP Comarcal Santiago Apóstol de Grañén, mediante Orden ECD/2019, de 11 de octubre, a la participación en la línea de refuerzo y orientación en el aprendizaje del programa AUNA para el curso 2019/2020.

Ordenar la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", así como en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: www.educaragon.org.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Los centros públicos no están legitimados para interponer dicho recurso. No obstante, podrán oponerse a esta Resolución mediante escrito motivado, indicando las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 21 de enero de 2020.

La Directora General de Planificación y Equidad, ANA MONTAGUD PÉREZ