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ORDEN ECD/1819/2018, de 6 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria del I Concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa.

Publicado el 19/11/2018 (Nº 223)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden ECD/1436/2018, de 23 de julio, fue convocado el I Concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa, ("Boletín Oficial de Aragón", número 177, de 12 de septiembre de 2018), con una dotación de 500 €.

Dicho premio se convocó en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, punto 2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, con el objeto de premiar una obra de creación de cómic escrita en lengua aragonesa en cualquiera de sus variedades, con sujeción a las bases reguladoras aprobadas por Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón.

De conformidad con la citada orden de convocatoria y de acuerdo con la valoración emitida por el jurado previsto en el apartado octavo de las bases de la referida orden, que se ha reunido para valorar las solicitudes presentadas, el Director General de Política Lingüística ha elevado la correspondiente propuesta definitiva de concesión del premio de acuerdo con lo estipulado en dicho apartado octavo de la referida orden, con fecha de 10 de octubre de 2018. En virtud de lo expuesto, dispongo:

Primero.- Otorgar el premio del I Concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa, por un importe de 500 €, a Doña Marta Javierre Acín, al haber obtenido la obra presentada "Cuan o río sona" 50 puntos, de acuerdo con la valoración obtenida una vez aplicados los criterios establecidos en el apartado noveno de las bases de la orden de convocatoria.

Esta obra destaca por su carácter experimental y por contener una alegoría de la realidad hidrológica de los ríos aragoneses, cuya vida termina casi siempre en un pantano.

El otorgamiento del premio se tramitará como una subvención con cargo a la línea presupuestaria 18020/G/4551/480507/91002, PEP 2016/00087 del vigente presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El pago se realizará conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, la Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón y la Orden ECD/1436/2018, de 16 de julio, por la que se convocó el I Concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa.

Segundo.- Desestimar las obra presentadas "Kvlo-dignitat" y "Kvlo-laberinto", por no atenerse al apartado a) de la base tercera de la convocatoria, así como la obra "Enlucernaus" por no atenerse al apartado h) de la base tercera de la convocatoria, según la Orden ECD/1436/2018, de 23 de julio, por la que se convoca el I concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa.

Tercero.- En cuanto a las obligaciones de los beneficiarios se estará a lo especificado en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el artículo 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; en el artículo 8 de la Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón y en la Orden ECD/884/2018, de 16 de julio, por la que se convocó el I Concurso "Antonio Artero" de video en lengua aragonesa.

En el supuesto de incumplimiento de cualquiera de las normas aplicables, se procederá a declarar la pérdida del derecho parcial o total al cobro de la misma, o a su reintegro y al ejercicio de las acciones que correspondan según la normativa vigente.

Cuarto.- El adjudicatario de esta ayuda está obligado a suministrar información sobre la ayuda concedida en los términos establecidos en el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

Quinto.- La presente orden se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de 2015, de Subvenciones de Aragón. Asimismo, se publicará la concesión de ayuda en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la orden de resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 6 de noviembre de 2018.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,

MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBÁN