Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se acepta la renuncia a la convocatoria de subvenciones a entidades locales aragonesas para el desarrollo de Programas de Cualificación Profesional Inicial, a iniciar durante el año 2012.

Publicado el 14/06/2013 (Nº 116)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Vista la propuesta de resolución a la subvención destinada a entidades locales aragonesas para el desarrollo de Programas de Cualificación Profesional Inicial a iniciar durante el año 2012, se han apreciado los siguientes,

Antecedentes:

Primero.- Por Orden de 3 de diciembre de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se convocaron subvenciones a entidades locales aragonesas para el desarrollo de Programas de Cualificación Profesional Inicial a iniciar durante el año 2012 (Boletín Oficial del Aragón núm. 248, de 21 de diciembre de 2012).

Segundo.- Por Orden de 25 de marzo de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se resolvió la convocatoria de subvenciones a entidades locales aragonesas para el desarrollo de Programas de Cualificación Profesional Inicial, a iniciar durante el año 2012, decidiéndose lo siguiente: "Primero. Conceder las subvenciones relacionadas en el anexo I y en las cuantías que en el se determinan. Segundo. Desestimar las solicitudes relacionadas en el anexo II y por las causas que se indican en el mismo".

Tercero.- Tras la adopción de la anterior orden, se presentó escrito de renuncia a la subvención concedida por la siguiente entidad beneficiaria:

- Ayuntamiento de Zaragoza -Imefez "El Pinar", en la modalidad de taller profesional de formación y empleo, en el perfil profesional AGA103 - Operario de viveros, jardines y centros de jardinería.

Vistas la Orden de 3 de diciembre de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocaron subvenciones a entidades locales aragonesas para el desarrollo de Programas de Cualificación Profesional Inicial a iniciar durante el año 2012 (Boletín Oficial del Aragón núm. 248, de 21 de diciembre de 2012); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto 336/2011, de 6 octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Aragón, modificado por Decreto 178/2012; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normativa aplicable.

Fundamentos de derecho:

Primero.- Los artículos 90 y 91 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permiten a los interesados renunciar a sus derechos, debiendo la administración aceptar de plano dicha renuncia teniendo en cuenta las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 91, las cuales no se aprecian en los supuestos planteados.

Segundo.- La aceptación de la renuncia debe llevarse a cabo mediante la adopción de la correspondiente resolución, de acuerdo con la obligación impuesta en el artículo 42.1 de la citada Ley 30/1992, si bien dicha decisión también debe declarar la pérdida de eficacia de la concesión de la ayuda efectuada a favor de la entidad local que ahora renuncia.

Por todo ello, dispongo:

Primero.- Aceptar la renuncia presentada por la entidad local:

- Ayuntamiento de Zaragoza, Imefez "El Pinar", en la modalidad de taller profesional de formación y empleo, perfil profesional AGA103 - Operario de viveros, jardines y centros de jardinería.

Segundo.- Declarar la pérdida de eficacia de la concesión de la citada ayuda otorgada mediante la Orden de 25 de marzo de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, a la citada entidad.

Tercero.- Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su notificación (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente orden (artículo 46.1. de la Ley 29/1998, de 13 de julio), todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Zaragoza, 22 de mayo de 2013.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ