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RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Ordenación Académica, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Formación Profesional Específica "CPA Salduie" de Zaragoza, para impartir los Ciclos Formativos de Técnico Superior en "Iluminación, Captación y Tratamiento de la Imagen", "Producción de Audiovisuales y Espectáculos", "Realización de Proyectos Audiovisuales y Espectáculos" y "Sonido para Audiovisuales y Espectáculos", en la modalidad a distancia.

Publicado el 11/12/2014 (Nº 242)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado de Formación Profesional Específica "CPA Salduie", código 50011574, con domicilio en la Avda. Ramón Sainz de Varanda, 1-3 de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización para impartir los ciclos formativos de grado superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de la Imagen (IMS301), Producción de Audiovisuales y Espectáculos (IMS302), Realización de Proyectos Audiovisuales y Espectáculos (IMS303) y Sonidos para Audiovisuales y Espectáculos (IMS304), en la modalidad a distancia.

Habida cuenta de que el centro tiene autorizados estos ciclos en la modalidad presencial.

Vistos los informes emitidos sobre la adecuación de la plataforma de teleformación y la disponibilidad e idoneidad de medios, materiales y humanos, para garantizar el correcto desarrollo de las enseñanzas a distancia.

De conformidad con lo dispuesto en el real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, en la Orden de 8 de mayo, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y enseñanzas deportivas en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 101, de 27 de mayo de 2014), y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional Específica

Denominación específica: "CPA Salduie"

Titular: Fundación CPA-Salduie

Código: 50011574

Domicilio: Avda. Ramón Sainz de Varanda, 1-3

Localidad: Zaragoza

Municipio: Zaragoza

Provincia: Zaragoza

Enseñanzas, en la modalidad a distancia, que se autorizan:

- Ciclo Formativo de Técnico Superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de la Imagen (IMS301), número de puestos escolares: 40 alumnos por módulo profesional.

- Ciclo Formativo de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos (IMS302), número de puestos escolares: 40 alumnos por módulo profesional.

- Ciclo Formativo de Técnico Superior en Realización de Proyectos Audiovisuales y Espectáculos (IMS303), número de puestos escolares: 40 alumnos por módulo profesional.

- Ciclo Formativo de Técnico Superior en Sonidos para Audiovisuales y Espectáculos (IMS304), número de puestos escolares: 40 alumnos por módulo profesional.

Como resultado de la modificación de la autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Segundo.- La presente resolución surtirá efecto desde el inicio del curso 2014/2015.

Tercero.- De conformidad con el artículo 11 de la Oden de 8 de mayo, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y enseñanzas deportivas en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, la extinción o revocación de la autorización de la enseñanza en la modalidad presencial conllevará la extinción o revocación de dicha enseñanza en la modalidad a distancia.

Cuarto.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.

Quinto.- El Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Sexto.- Dicho Centro continúa adscrito, a efectos administrativos, al I.E.S. "Tiempos Modernos" de Zaragoza.

Séptimo.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Octavo.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Noveno.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de los artículos 16 y 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 17 de noviembre de 2014.

El Director General de Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO