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RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2017, de la Interventora General, por la que se aprueba el Plan de Actuaciones de Control Financiero a realizar durante el ejercicio 2017.

Publicado el 28/02/2017 (Nº 40)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

El texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, encomienda a la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón el control de la actividad económica financiera de esta Administración, sus organismos, entes y empresas públicas. Dicho control se lleva a cabo a través del ejercicio de la función interventora y del control financiero.

El control financiero se ejerce sobre la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma, los organismos públicos, las empresas de la Comunidad Autónoma, los consorcios, asociaciones, fundaciones privadas de iniciativa pública y demás entidades con personalidad jurídica propia en los que sea mayoritaria la representación directa o indirecta de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Asimismo, se ejerce sobre las sociedades mercantiles, empresas, entidades y particulares por razón de las subvenciones, créditos avales y demás ayudas concedidas con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma o a fondos de la Unión Europea gestionados por ésta, al objeto de determinar la situación económico-financiera de la entidad a la que va destinada la subvención, crédito, aval o ayuda, y su efectiva aplicación a la finalidad para la que se concedieron los mismos.

Y por último, están sometidos los centros públicos docentes y los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos, así como los hospitales y los demás centros sanitarios del Servicio Aragonés de la Salud.

En este sentido, el artículo 39 del Reglamento que desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 23/2003, de 28 de enero, dispone que la Intervención General elaborará un Plan anual que incluirá la programación de los controles financieros a realizar en el ejercicio y los órganos competentes para su ejecución, con objeto de ordenar los recursos disponibles, cumplir con las normas aplicables en esta materia y sistematizar y planificar adecuadamente los trabajos.

Por todo lo expuesto, y en virtud de las competencias que tiene atribuidas, esta Intervención General resuelve:

Primero.- Se aprueba el Plan de Actuaciones de Control a realizar durante el ejercicio 2017 que se acompaña como anexo a esta resolución.

Segundo.- La ejecución del Plan se llevará a cabo a través de los Servicios de Control Financiero de la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma. En el caso de que los efectivos de personal no fueran suficientes para el cumplimiento del plan de control formulado se podrá contar con personal de otros Servicios o Intervenciones Delegadas de la Intervención General. También se podrán contratar los servicios externos que fueran necesarios que realizarán sus trabajos bajo la dirección y supervisión de la propia Intervención General.

Tercero.- El Plan podrá ser modificado a propuesta de la Intervención Adjunta de Control Financiero o de los titulares de Departamentos, en atención a los medios disponibles o por otras razones debidamente ponderadas que lo justifiquen.

Zaragoza, 20 de enero de 2017.

La Interventora General,

ANA GÓMEZ BARRIONUEVO

ANEXO I

Plan de Actuaciones de Control Financiero a realizar durante el ejercicio 2017

1. Control financiero sobre centros públicos docentes y centros concertados

Se realizarán dos controles, en virtud de la Ley 12/1987, de 2 de julio, de Gratuidad de Estudios de Bachillerato y Formación Profesional, Artes Aplicadas y Oficios Artísticos y de autonomía de gestión económica de los Centros docentes públicos no universitarios y del Real Decreto 2377/1985, por el que se aprueba el reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos.

Estos controles se realizarán por el Servicio de Control Financiero de la Administración.

2. Control financiero sobre los centros e instituciones sanitarias del Servicio Aragonés de Salud.

Conforme a lo establecido en el artículo 50 del Reglamento por el que se desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón, se realizará un informe por sector sanitario, en el que se incluirán los centros adscritos.

El control financiero permanente sobre centros e instituciones sanitarias será realizado por el Servicio de Control Financiero de la Administración. En las provincias de Huesca y Teruel se realizará por las respectivas Intervenciones Delegadas territoriales de Huesca y Teruel.

3. Control financiero de entidades de derecho público, empresas y otros entes públicos de la Comunidad Autónoma

3.1. Respecto de las entidades de derecho público, empresas y otros entes públicos de la Comunidad Autónoma, se realizarán auditorías de cumplimiento para verificar si se ha cumplido la legalidad vigente en la gestión de fondos públicos, y si los actos, operaciones y procedimientos de gestión se han desarrollado de conformidad con las normas, disposiciones y directrices que le sean de aplicación.

En virtud del principio de auditoría única, y con relación a aquellas empresas y entidades públicas que, por exigencia de la legislación mercantil o por acuerdo interno de su Consejo vienen obligadas a auditar sus cuentas anuales por firmas externas, la Intervención General examinará los informes de los auditores contratados, que deberán ser remitidos a la Intervención General para su análisis a los efectos de las competencias que le corresponden, por no proceder una segunda opinión de auditoría sobre las cuentas anuales.

Se realizará sobre las operaciones efectuadas en el ejercicio 2016 de las siguientes entidades:

Entes Públicos

Entidad Pública Aragonesa del Banco de Sangre y de Tejidos. BST

Instituto de Ciencias de la Salud

Corporación Aragonesa de Radio y Televisión (CARTV)

Sociedades Mercantiles

Televisión Autonómica de Aragón, S.A. (TAA)

Radio Autonómica de Aragón, S.A. (RAA)

Parque tecnológico del Motor de Aragón, S.A.

Parque Tecnológico Walqa, S.A.

Centro Europeo de Empresas e Innovación de Aragón, S.A. (CEEIARAGON)

Aragonesa de Gestión de Residuos, S.A. (ARAGERSA)

Fundaciones

Fundación Conjunto Paleontológico de Teruel (DINÓPOLIS)

Fundación Agencia Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo (ARAID)

Moto Engineering Foundation

Consorcios

Consorcio Patrimonio Ibérico de Aragón

Consorcio Comunidad de Trabajo de los Pirineos

El Servicio de Control Financiero de la Administración realizará los trabajos financiero a la Entidad Pública Aragonesa del Banco de Sangre y de Tejidos y del Instituto de Ciencias de la Salud. El resto de las entidades serán realizadas por el Servicio de Control financiero de Empresas y Entes Públicos.

4. Control financiero sobre las actuaciones financiadas con fondos estructurales.

4.1. Controles de sistemas y procedimientos sobre el Organismo Intermedio, los órganos de gestión y los órganos colaboradores de acciones cofinanciadas con los fondos europeos.

Se realizarán los controles de sistemas y procedimientos con el fin de comprobar el funcionamiento eficaz de los sistemas de gestión y control de los programas operativos dentro del periodo de programación 2014-2020, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 1303/2013, y en las estrategias elaboradas al efecto y aprobadas por la Comisión Europea.

4.2. Controles de regularidad de las operaciones financiadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (P.O. Nacional), Fondo Social Europeo (P.O. Regional) y Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (P.O. Nacional) de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 1303/2013 y previstos en las estrategias de auditoría elaboradas al efecto y aprobadas por la Comisión Europea.

4.3. Control financiero sobre beneficiarios de ayudas financiadas con cargo a fondos comunitarios, en virtud del Reglamento (UE) 1306/2013, relativo a los controles de las operaciones comprendidas en el sistema de financiación del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) Plan de control 2016/2017:

- Medida: Programas nacionales de ayuda al sector vitivinícola: dos beneficiarios.

- Medida: Fondos operativos para las organizaciones de productores: once beneficiarios.

- Medida: Plan de consumo de fruta en las escuelas: un beneficiario.

4.4. Opinión e Informe de auditoría para la certificación y liquidación de las cuentas del Organismo Pagador de los Gastos del FEAGA-FEADER, exigido por el Reglamento (UE) 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y sus reglamentos de desarrollo.

Estos trabajos se llevarán a cabo por el Servicio de Control Financiero de la Administración con la colaboración de firmas externas de auditoría.

5. Control posterior de gastos en régimen de fiscalización previa limitada

De acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Reglamento por el que se desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón, se han de realizar controles posteriores para verificar el grado de cumplimiento de la legalidad de los extremos no comprobados en la fiscalización o intervención previa.