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ORDEN PRE/170/2017, de 22 febrero, por la que se dispone la publicación del convenio marco de colaboración entre el Gobierno de Aragón, el Ayuntamiento de Épila y la empresa Corporación Alimentaria Guissona, S.A., para el desarrollo de su proyecto de expansión desde la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 28/02/2017 (Nº 40)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/6/0046 el convenio suscrito, con fecha 3 de febrero de 2017, por el Presidente del Gobierno de Aragón, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Épila y el Presidente del Consejo de Administración de la empresa Corporación Alimentaria Guissona, S.A., y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 22 de febrero de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN, EL AYUNTAMIENTO DE ÉPILA Y LA EMPRESA CORPORACIÓN ALIMENTARIA GUISSONA, S.A., PARA EL DESARROLLO DE SU PROYECTO DE EXPANSIÓN DESDE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

En Zaragoza, a 3 de febrero de 2017.

De una parte, el Gobierno de Aragón, representado en este acto por su Presidente, D. Francisco Javier Lambán Montañés, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 4 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

De otra parte, el Ayuntamiento de Épila, representado en este acto por su Alcalde-Presidente, D. Jesús Bazán Sanz.

Y de otra parte, la empresa Corporación Alimentaria Guissona, S.A., y en su nombre y representación, D. Jaume Alsina Calvet, en su calidad de Presidente del Consejo de Administración de la citada mercantil

I. El Gobierno de Aragón está impulsando políticas de desarrollo económico que, al tiempo que ponen en valor los recursos endógenos con los que cuenta nuestra Comunidad Autónoma, contribuyan al equilibrio territorial de Aragón y a la mejora del empleo.

Para ello, resulta fundamental promover la implantación de actividades económicas en todo el territorio y, especialmente, en aquellas zonas del mismo donde mediante las mismas se pueda combatir eficazmente la crisis demográfica resultante de la combinación de dispersión y envejecimiento de la población y la falta de alicientes que la fijen al territorio. Es objetivo estratégico del Plan de Gobierno del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, a este respecto, favorecer la vertebración del territorio y luchar contra la despoblación.

En la línea expuesta, constituyen objetivos estratégicos del Plan de Gobierno del Departamento de Economía, Industria y Empleo promover la actividad económica y el empleo en el mundo rural y el apoyo de la implantación de proyectos empresariales en Aragón.

II. La apuesta de Aragón por la actividad logística es bien conocida en el contexto español y europeo. La red de plataformas logísticas, promovida en la primera década de este siglo y articulada mediante las de Zaragoza (PlaZa), Huesca (PLHUS), Teruel (PLATEA) y Fraga (PLFRAGA), está dando magníficos resultados en el desarrollo de una actividad económica generadora de empleo no deslocalizable y pone en valor la estratégica posición de Aragón en el sur de Europa. No en vano, impulsar la logística como sector estratégico constituye uno de los vectores estratégicos del Plan de Gobierno del Departamento de Economía, Industria y Empleo.

Junto al impulso a la logística, el actual Gobierno está empeñado también en el crecimiento económico sostenible del sector agroalimentario, uno de los objetivos estratégicos fundamentales del Plan de Gobierno del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad. En similar sentido, es también objetivo estratégico del Departamento de Economía, Industria y Empleo reforzar la industria agroalimentaria y la marca "Aragón".

III. El Grupo Alimentario Guissona cuenta con una amplia experiencia en el sector agroalimentario. Desarrolla todas las actividades ganaderas, industriales y comerciales necesarias para poder llegar al consumidor sin intermediarios. Desde el 1959, ha ido incorporando a la estructura productiva, empresarial y comercial todos los elementos necesarios para realizar una integración vertical y así cerrar el ciclo productivo completo del producto cárnico.

Actualmente, el Grupo, afrontando como reto fundamental la realización del ciclo productivo completo hasta llegar al consumidor, realiza todos los procesos, desde el nacimiento de aves y ganado, pasando por la fabricación de piensos, cría y engorde de los animales, sacrificio, transformación y elaboración de los productos, hasta su distribución y venta directa mediante las tiendas "bonÀrea".

Es objetivo esencial de Grupo Alimentario Guissona, mejorar el rendimiento de las explotaciones ganaderas y atender las necesidades de sus clientes, ofreciéndoles productos seguros, con garantía en origen, de la mejor calidad y al mejor precio. Para ello, cuenta con unas equipadas y modernas instalaciones, equipos de profesionales implicados, así como la certificación de calidad ISO 9001 de todos los procesos, el certificado ISO 22000 que garantiza que los productos cárnicos producidos y comercializados son cien por cien seguros, y el nuevo certificado ISO 14001 de gestión ambiental.

Las principales empresas del Grupo son la Cooperativa Agropecuaria de Guissona, S. Coop. Ltda., que realiza la cría y el engorde de aves y ganado; y Corporación Alimentaria Guissona, S.A., que desarrolla todas las actividades industriales (fabricación de piensos, sacrificio, transformación y elaboración de los productos cárnicos, etc.) y comerciales, principalmente a través de las tiendas "bonÀrea". Además, también hay que destacar la entidad de crédito "Caixa Guissona", que ha crecido paralelamente al lado del Grupo.

IV. Actualmente, a nivel productivo, el Grupo cuenta con un único centro de procesamiento de productos destinados a la alimentación humana, siendo éste uno de los mayores y más diversificados de Europa. Desde este centro, denominado "La Closa", donde trabajan alrededor de 3.500 personas, y que se encuentra situado en Guissona, se distribuye un alto porcentaje de los productos a más de 400 tiendas de la red de venta, muchas de ellas situadas en Aragón.

El principal producto comercializado es el cárnico, con caducidades en muchos casos de muy pocos días, lo que implica una logística de distribución tremendamente exigente, siendo preciso servir cada día a todas las tiendas, manteniendo sistemas de control que imposibiliten la venta de productos cercanos a la caducidad, para poder aportar a los clientes del Grupo la máxima garantía de calidad.

El importante crecimiento experimentado por el Grupo Alimentario Guissona en los últimos años le ha llevado a impulsar la creación de un segundo centro logístico-productivo, que debería permitirle una mejor distribución logística y proporcionar una alternativa al crecimiento del hasta ahora único centro productivo, que en algunas líneas alcanza valores de capacidad cercanos al cien por cien. Se parte de la idea, en definitiva, de crear una segunda unidad logístico-productiva a semejanza del modelo actual de Guissona, siendo la aspiración del Grupo Alimentario Guissona, con el desarrollo completo de este proyecto, la de poder abastecer desde esta segunda unidad productivo-logística las tiendas "bonÀrea", actuales y futuras, en las zonas de Aragón, Navarra y norte, Madrid y centro, incluso Valencia y Levante, creciendo y alcanzando así una capacidad total de abastecimiento superior a los 1.000 puntos de venta y generando un volumen de puestos de trabajo equivalente al centro originario.

V. Consciente, Grupo Alimentario Guissona de todo ello, así como de la excelente ubicación logística de Aragón, que permite la distribución en su territorio y la hace también factible diariamente a la zona norte (Rioja y Navarra), la zona este (Comunidad Valenciana) y a la zona centro (Madrid), la empresa decidió contemplar la posibilidad de ubicar su segundo centro productivo en Aragón.

Grupo Alimentario Guissona consideró alternativa idónea para el desarrollo de dicho proyecto el municipio de Épila, donde, ya en 2008, adquirió suelos a tal efecto, poniéndose así de manifiesto su interés en esta ubicación. No obstante, dado el elevado coste de dotación de servicios y accesos a dichos terrenos, pueden considerarse otras alternativas para la ubicación del proyecto, siempre que quede garantizado que cuente con todos los servicios necesarios, accesos, redes de suministro eléctrico, abastecimiento y saneamiento, así como infraestructuras de telecomunicaciones adecuados.

Ha de tenerse presente, en cualquier caso, que ha sido ya descartada, una vez considerada detenidamente por las partes firmantes, la ubicación del proyecto en polígonos industriales o logísticos ya existentes, tanto porque no se encuentran parcelas de las dimensiones que se pretende, como por las peculiaridades del proyecto, ya que la industria agroalimentaria precisa de unos requerimientos de alta exigencia sanitaria que vienen facilitados, en caso de poder determinar las circulaciones internas y los flujos de productos, y que no resultan compatibles normalmente con su implantación en zonas industriales existentes.

VI. La incidencia social, económica y territorial, así como la magnitud del proyecto a que se refiere el presente convenio, trascienden manifiestamente del ámbito municipal, motivo por el que, aun cuando su implantación pudiera afectar a un solo término, su contenido encaja claramente en la definición y objetivos previstos en el vigente texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, según determinaciones de su capítulo II. Instrumentos Especiales de Ordenación Territorial.

VII. El Ayuntamiento de Épila está interesado en acoger en su término municipal el proyecto empresarial promovido por Corporación Alimentaria Guissona, S.A., realizando en general cuantos trámites en favor de su implantación permita la legislación vigente, agilizando los procedimientos administrativos necesarios para su ejecución, colaborando en la obtención de los suelos necesarios para el mismo y otorgando beneficios fiscales conforme a la normativa de haciendas locales.

VIII. Las partes firmantes consideran ajustado a sus respectivos intereses empresariales y generales establecer vías de colaboración que hagan posible conseguir los objetivos anteriormente señalados, favoreciendo, siempre en el marco de la legislación vigente en nuestra Comunidad Autónoma, la ejecución del proyecto de expansión de Corporación Alimentaria Guissona, S.A. en Aragón, y a tal fin formalizan el presente convenio marco, con arreglo a las siguientes

Primera.- Objeto.

Constituye el objeto de este convenio, establecer un marco adecuado y coordinado de colaboración para la implantación del Proyecto agroalimentario de expansión de Corporación Alimentaria Guissona, S.A. desde la Comunidad Autónoma de Aragón, estableciendo los compromisos mutuos básicos que se desarrollarán mediante los posteriores acuerdos o los convenios específicos que resulten necesarios.

Segunda.- Compromisos del Gobierno de Aragón.

1. Para la consecución de los objetivos expuestos, el Gobierno de Aragón, de conformidad con la legislación de ordenación del territorio y urbanismo, impulsará los procedimientos precisos para poner a disposición del Proyecto agroalimentario de expansión de Grupo Alimentario Guissona desde Aragón, suelos en los que resulte viable la implantación y desarrollo de dicho proyecto en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. En particular, el Gobierno de Aragón asumirá los siguientes compromisos:

a) Declarar de interés autonómico el Proyecto agroalimentario de expansión del Grupo Alimentario Guissona en Aragón.

b) Impulsar un Plan de Interés General de Aragón de iniciativa pública, para facilitar la ejecución del proyecto. Esta labor de impulso comprenderá la redacción, tramitación, aprobación y ordenación conforme con el plan de necesidades del Proyecto agroalimentario de expansión de Corporación Alimentaria Guissona, S.A., y gestión urbanística. En el Plan de Interés General, se integrarán las especificaciones técnicas precisas para la completa funcionalidad del proyecto que proporcione Corporación Alimentaria Guissona, S.A.

El diseño del ámbito de ordenación deberá responder a criterios que garanticen el uso, gestión y conservación autónomos de la totalidad del recinto logístico-productivo por Corporación Alimentaria Guissona, S.A., aplicándose los módulos de reserva especiales que resulten adecuados a las características específicas y necesidades funcionales del proyecto; todo ello, conforme a la vigente normativa de ordenación del territorio y, en lo que resulte de aplicación, urbanística. El plan deberá estar definitivamente aprobado antes del 31 de agosto de 2018.

c) Obtener el suelo preciso para la ejecución del proyecto, si es necesario mediante expropiación, determinando la sociedad autonómica que actuará como beneficiaria de la expropiación y, en su caso, gestora de todas o parte de las actuaciones técnicas que corresponden al Gobierno de Aragón y no comporten ejercicio de autoridad.

d) Liberar de la expropiación a la Corporación Alimentaria Guissona, S.A. si, al tiempo de proceder a la expropiación, ha logrado obtener por sí misma la totalidad o parte de los suelos precisos para la ejecución del proyecto, fijando las condiciones de tal liberación, que incluirán en todo caso la adquisición del resto de los suelos del sector, una vez expropiados, y la ejecución de la urbanización del sector, conforme a lo acordado en este convenio marco, y de forma coordinada con las infraestructuras exteriores que corresponde ejecutar, conforme al mismo, al Gobierno de Aragón y al Ayuntamiento de Épila.

e) Incluir en el Plan de Interés General de Aragón la autorización como Proyecto de Interés General de Aragón de los proyectos de construcción de la primera y segunda etapa del proyecto, que redactará Corporación Alimentaria Guissona, S.A., autorizándose las fases posteriores y sucesivas conforme a lo establecido con carácter general por la legislación urbanística y de régimen local.

f) Redactar, tramitar y aprobar el proyecto de reparcelación de la totalidad del ámbito de actuación. El proyecto de reparcelación deberá estar aprobado antes del 31 de octubre de 2018.

g) Transmitir a Corporación Alimentaria Guissona, S.A. los terrenos precisos para el desarrollo del proyecto, conforme a la legislación reguladora de la sociedad autonómica beneficiaria, en el marco del acuerdo de liberación de la expropiación que pudiera adoptarse de acuerdo con la letra d) anterior, por precio igual al justiprecio fijado en el expediente de tasación conjunta, incrementado con los tributos y gastos que resulten de aplicación.

Dicho justiprecio, determinado conforme a lo establecido en el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, será asumido por las partes siempre que quede fijado por debajo de diez mil euros por hectárea, referido a la superficie total de suelo que hubiera de adquirirse de terceros, bien en avenencia, bien en proceso expropiatorio. En el caso de que el justiprecio medio por metro cuadrado para el conjunto del ámbito expropiado, determinado conforme a dichos criterios, resultase superior la cuestión se someterá a la Comisión de seguimiento constituida conforme a la cláusula séptima, que acordará, necesariamente por acuerdo unánime de las tres partes, lo que proceda respecto de la continuación del proyecto.

Cuando Corporación Alimentaria Guissona, S.A., en su caso, deba proceder a la adquisición de los terrenos en cumplimiento del acuerdo de liberación de la expropiación, la sociedad autonómica beneficiaria deberá ofrecer la transmisión entre la fecha estimada de aprobación definitiva del Plan de Interés General de Aragón (31 de agosto de 2018) y la igualmente estimada para el inicio de la obra de urbanización interior del sector ordenado por el mismo (31 de diciembre de 2018, que podrá anticiparse por acuerdo unánime de las partes, si es legalmente posible, a la misma fecha de aprobación del Proyecto de Interés General de Aragón). No obstante, si la sociedad autonómica beneficiaria pudiese disponer de los terrenos en momento anterior, procederá a ofrecer la transmisión a Corporación Alimentaria Guissona, S.A., igualmente en ejecución del acuerdo de liberación, dentro del plazo de un mes desde que haya adquirido la propiedad.

h) Apoyar la ejecución de las infraestructuras exteriores mediante subvención al Ayuntamiento de Épila o, alternativamente, gestionarlas directamente por el sector público autonómico, conforme a lo que se señala en el apartado tercero de este compromiso.

i) Acordar cuantas subvenciones sean legalmente susceptibles de otorgarse conforme a la legislación vigente y previo cumplimiento y acreditación de los requisitos en ella establecidos. En todo caso, tales subvenciones podrán tener por objetivo, sin excluir otras, actividades tales como la formación y captación del personal (Instituto Aragonés de Empleo, INAEM), la inversión para la implantación de la actividad agroalimentaria (Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, fondos FEADER), la logística (Departamento de Economía, Industria y Empleo), incentivos regionales (Departamento de Economía, Industria y Empleo, Dirección General de Economía) o la investigación, desarrollo e innovación en las líneas de productos de Grupo Alimentario Guissona (Departamento de Innovación, Investigación y Universidad).

Para la aplicación de las subvenciones señaladas, el Gobierno de Aragón, especialmente aquellas dirigidas a la inversión para la implantación de la actividad, tomará en consideración la autonomía de las líneas de producción integradas en el proyecto, en la medida en que hayan sido objeto de diseño y construcción autónomos, y, al menos potencialmente, pudieran gestionarse como proyectos independientes.

Con carácter indicativo, los instrumentos y límites máximos, que podrían regir en cada una de las mencionadas líneas de apoyo, serían los siguientes:

1. Selección técnica de trabajadores: El INAEM podrá poner a disposición de la empresa los medios necesarios para llevar a cabo la selección técnica de sus recursos humanos. Para ello, podrá preseleccionar los candidatos más idóneos, de acuerdo a las necesidades fijadas por la empresa. De este modo, se realizan selecciones técnicas, según el perfil solicitado, con niveles de satisfacción de las empresas clientes de 8 sobre 10.

2. Acuerdos de formación con compromiso de contratación: Con estos acuerdos, se persigue incorporar trabajadores a las plantillas con la mayor adecuación y adaptación a la forma de trabajo de la empresa concreta que sea posible. Para ello, el INAEM ofrece a la empresa una subvención que podría alcanzar hasta el 100% del coste de la formación, según el tipo de empleo que se cree (normalmente la financiación es parcial), para formar a trabajadores desempleados con el compromiso explícito de contratar, tras el periodo formativo, al menos al 60% de los mismos por un periodo mínimo de 6 meses. La empresa asume directamente la gestión de la formación y, por tanto, puede diseñarla e impartirla a la carta. Es un procedimiento rápido y simple que permitirá a la empresa una formación personalizada y ajustada a sus necesidades.

3. Ayudas para la contratación de trabajadores: Estas subvenciones del INAEM, tratan de estimular la contratación indefinida por parte de las empresas y de favorecer la inserción de jóvenes desempleados menores de 30 años, mayores de 45 años, mujeres y desempleados de larga duración, para lo que se pueden otorgar subvenciones que van desde los 4.000 hasta los 8.000 euros, dependiendo de las circunstancias de la persona contratada. Así mismo, existen también ayudas específicas para la contratación de personas con discapacidad para favorecer su incorporación al mercado ordinario.

4. Subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón: Las inversiones a realizar podrán concurrir a las subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, que convoca el Gobierno de Aragón periódicamente. La calificación de esta iniciativa como Plan de Interés General de Aragón (PIGA), y en su caso, como actuación de interés autonómico, así como la naturaleza y características de las inversiones previstas, aseguran una relevante contribución a los objetivos establecidos como criterios de selección de esta medida en el Programa de Desarrollo Rural de Aragón, y por tanto su carácter prioritario. Las ayudas a conceder no superarán el 10% de cada una de las inversiones elegibles.

5. Ayudas en el marco de incentivos económicos regionales: Los incentivos económicos regionales son subvenciones que concede el Estado, a través del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a nuevas inversiones que se localicen en determinadas zonas promocionables. En la Comunidad Autónoma de Aragón, es subvencionable todo el territorio excepto el municipio de Zaragoza. Aun cuando la condición de gran empresa y la exigencia de que se trate de nueva instalación en la Comunidad, entre otras exigencias, dificulta la elegibilidad, se estudiará la posibilidad de incardinar la actuación en esta línea de ayudas, defendiéndola, en cuanto resulte posible, ante la Administración General del Estado. En el caso de grandes empresas, como el que es objeto de este convenio marco, el porcentaje máximo de subvención en la provincia de Zaragoza que puede conceder el Ministerio es del 10% de la inversión subvencionable, incluyendo en esa cuantía cualesquiera otras ayudas de finalidad regional o de minimis.

Asimismo, el Gobierno de Aragón podrá prestar asistencia y apoyo para el acceso del proyecto a financiación del Banco Europeo de Inversiones u otros programas de financiación empresarial de la Unión Europea, en cuanto pudiesen resultar compatibles con el proyecto objeto de este convenio marco.

3. Las infraestructuras exteriores deberán estar ejecutadas conforme a la siguiente programación de hitos del proyecto agroalimentario de expansión del Grupo Alimentario Guissona en Aragón:

a) Abastecimiento y vertido de agua: Antes de la finalización del almacén logístico, diciembre de 2019, mediante tubería independiente de abastecimiento desde un nuevo depósito para este proyecto, con capacidad suficiente para los caudales requeridos por el proyecto conforme al apartado segundo del compromiso tercero.

b) Accesos viarios:

b.1) Antes de la finalización del almacén logístico, mediante una rotonda completa de acceso, diciembre de 2019.

b.2) Antes de la finalización del primer matadero o sala de despiece, mediante una rotonda en el otro extremo de la parcela longitudinal en la que definitivamente se haya acordado la ubicación del proyecto.

b.3) Dependiendo de las necesidades del proyecto, en función del volumen de tráfico de coches y camiones para acceder al mismo, mediante el compromiso de construcción de una tercera rotonda en el centro de la parcela.

c) Suministro eléctrico:

c.1) Antes de la finalización del almacén logístico, mediante conexión con la subestación del Sabinar.

c.2) Dependiendo de las necesidades del proyecto, para garantizar su continuidad y desarrollo, conforme al Plan de Interés General de Aragón, disposición de una red de 25 MW.

c.3) Dependiendo de las necesidades del proyecto, para garantizar su continuidad y desarrollo, conforme al Plan de Interés General de Aragón, disposición de una red de 48,50 MW.

d) Suministro de gas: Dependiendo de las necesidades del proyecto, para garantizar su continuidad y desarrollo, conforme al Plan de Interés General de Aragón.

e) Red de comunicaciones mediante fibra óptica, antes de la finalización del almacén logístico.

Tercera.- Compromisos del Ayuntamiento de Épila.

1. El Ayuntamiento de Épila asumirá los siguientes compromisos:

a) Agilizar los procedimientos administrativos necesarios para la ejecución del proyecto agroalimentario de expansión del Grupo Alimentario Guissona en Aragón, atendiendo especialmente a la reducción de plazos que pudiera resultar procedente, una vez declarado de interés autonómico dicho proyecto.

b) Colaborar con el Gobierno de Aragón y Corporación Alimentaria Guissona, S.A. en la obtención de los suelos necesarios para el proyecto, previniendo y evitando prácticas especulativas que pudieran dificultar la ordenación, gestión y ejecución del proyecto.

c) Colaborar con el Gobierno de Aragón y Corporación Alimentaria Guissona, S.A. para garantizar las necesidades de suministro de agua del proyecto, conforme a lo señalado en el apartado segundo de este compromiso.

d) Otorgar al proyecto los máximos beneficios fiscales que resulten admisibles, conforme a la normativa de haciendas locales, impulsando las acciones oportunas para el establecimiento de las máximas bonificaciones admisibles en los impuestos municipales. A solicitud de Corporación Alimentaria Guissona, S.A., el Ayuntamiento Pleno declarará el proyecto agroalimentario de expansión de Grupo Alimentario Guissona en Aragón de "especial interés o utilidad municipal, por concurrir circunstancias sociales y de fomento del empleo que justifican tal declaración"; incorporando y manteniendo en las correspondientes ordenanzas, de forma permanente durante toda la vida útil del complejo logístico-productivo, las máximas bonificaciones tributarias admisibles conforme a la legislación de haciendas locales (actualmente, fijadas en el 95% para los impuestos de construcciones, instalaciones y obras; bienes inmuebles, y actividades económicas).

2. En relación con la garantía de suministro de agua al proyecto agroalimentario de expansión del Grupo Alimentario Guissona en Aragón, el Ayuntamiento de Épila asume los siguientes compromisos:

a) Ceder a Corporación Alimentaria Guissona, S.A. los derechos correspondientes a las ciento ochenta hectáreas de regadío de la comunidad de regantes de Épila, equivalentes a cinco millones y medio de metros cúbicos de agua, o articular otras fórmulas adecuadas, conforme a la legislación vigente, que garanticen la disponibilidad por la empresa de dichos caudales.

b) Ceder a Corporación Alimentaria Guissona, S.A., o colaborar en la obtención para la misma, de los derechos correspondientes a una reserva de un millón de metros cúbicos de agua del abastecimiento de agua de Yesa, o articular otras fórmulas adecuadas, conforme a legislación vigente, que garanticen la disponibilidad por la empresa de dichos caudales.

c) Colaborar en la obtención de una concesión para el aprovechamiento de dos pozos que se construirían en la propia parcela donde se ubicará el proyecto, así como la puesta a disposición por si fuese menester de los aprovechamientos del Pozo del Caudo y El Sabinar.

Cuarta.- Compromisos del Grupo Alimentario Guissona.

Corporación Alimentaria Guissona, S.A. asumirá la ejecución del proyecto agroalimentario de expansión en Aragón, en el ámbito urbanístico resultante del PIGA, aprobado directamente o mediante las sociedades que lo integran u otras nuevas propiedad del mismo Grupo.

En particular, Corporación Alimentaria Guissona, S.A. asumirá los siguientes compromisos:

a) Realizar las inversiones precisas para hacer posible la urbanización interior del sector resultante del PIGA aprobado y la construcción y equipamiento de las edificaciones donde se desarrollarán sus actividades, además de las edificaciones e infraestructuras precisas para otros usos del sector vinculados a su actividad productiva y logística.

b) Colaborar en la redacción del PIGA, que encargará e impulsará el Gobierno de Aragón, concretándose tal colaboración, tanto en lo relativo a la ordenación del ámbito, como en lo que respecta al proyecto de urbanización.

c) Redactar cuantos proyectos sean precisos para la construcción y equipamientos de las edificaciones donde se desarrollarán sus actividades y de las edificaciones e infraestructuras precisas para otros usos del sector vinculados a su actividad productiva y logística. En particular, la redacción de los proyectos relativos a la primera y, en su caso, totalidad o parte de la segunda etapa de edificación, que se incluirán como separata en el PIGA y se autorizarán con el mismo, se desarrollará de forma coordinada y simultánea con los trabajos de redacción, tramitación y aprobación del PIGA.

d) Actuar diligentemente para facilitar la obtención y, en su caso, adquisición de los suelos precisos para el proyecto, de terceros o, en las condiciones legalmente establecidas y conforme a lo acordado en este convenio marco, de las partes firmantes.

e) En el caso de que se proceda a la liberación de la expropiación, conforme a lo acordado en la letra d) de la cláusula anterior de este convenio marco, aceptar las condiciones de tal liberación, que incluirán en todo caso la adquisición del resto de los suelos del sector, una vez expropiados, y la ejecución de la urbanización del sector, conforme a lo acordado en este convenio marco, y de forma coordinada con las infraestructuras exteriores que corresponde ejecutar, conforme al mismo, al Gobierno de Aragón y al Ayuntamiento de Épila.

f) Desarrollar su segunda unidad logístico-productiva conforme a las decisiones empresariales y la programación de Corporación Alimentaria Guissona, S.A., teniendo como aspiración, a efectos de referencia, alcanzar en su completo desarrollo una capacidad productiva similar, o incluso superior, a la unidad logístico-productiva de Guissona.

g) Corporación Alimentaria Guissona, S.A. contratará directamente, o bien mediante subcontratación, autónomos o cualquier otra fórmula legalmente establecida, al personal preciso, conforme los requisitos mínimos de capacidad y aptitud fijados por la empresa, preferentemente entre las personas residentes en el entorno del lugar en que se ubique el proyecto, pudiendo colaborar para tal fin con el Instituto Aragonés de Empleo.

h) Implantar programas de formación continua de su personal en territorio aragonés mediante los oportunos acuerdos con el Instituto Aragonés de Empleo.

i) Revertir a la Administración los suelos que hubieran sido expropiados y adquiridos por Corporación Alimentaria Guissona, S.A., para el desarrollo del proyecto, que no se destinen al mismo, si el Grupo desiste de su ejecución, total o parcialmente, y tal desistimiento da lugar a que, conforme a la normativa de expropiación forzosa, los suelos deban revertir a sus antiguos propietarios por el precio actualizado, abonando la Administración dicho precio actualizado a Corporación Alimentaria Guissona, S.A.

Quinta.- Definición técnica del ámbito de actuación y condiciones de ubicación.

Para la ejecución del proyecto agroalimentario de expansión del Grupo Alimentario Guissona, se requiere un ámbito de actuación de superficie bruta no inferior a ciento cuarenta hectáreas ni superior a doscientas hectáreas. Dicho ámbito, debe tener una configuración rectangular de aproximadamente entre tres mil y tres mil doscientos metros por entre cuatrocientos y quinientos metros, ubicada en las inmediaciones de la A2, con acceso directo a la misma y extendido longitudinalmente sobre un eje viario.

La determinación del ámbito concreto de actuación será propuesta por el Gobierno de Aragón, conforme a los criterios señalados en la documentación elaborada para la declaración del interés general de Aragón e interés autonómico del proyecto, antes del 31 de marzo de 2017. Su fijación definitiva será acordada, necesariamente por acuerdo unánime de las tres partes, en la Comisión de seguimiento.

Sexta.- Cronograma del proyecto.

Las partes firmantes convienen que el desarrollo de los trabajos precisos para la ejecución del proyecto agroalimentario de expansión de Grupo Alimentario Guissona desde la Comunidad Autónoma de Aragón tendrá lugar del siguiente modo:

a) Conforme al cronograma de proyecto que se adjunta como anexo I, en lo que respecta a la aprobación y ejecución del Plan de Interés General de Aragón.

b) Conforme al siguiente plan de etapas, en lo que al proyecto se refiere:

1. Primera etapa, prevista para los años 2019 y 2020. Comprendería la urbanización general de la parcela con la ejecución de las obras de viales y dotación de redes de infraestructuras necesarias. Conjuntamente, se realizaría la construcción del almacén logístico. Incluye, todas las obras para su puesta en funcionamiento. Esta nave requerirá servicios adicionales, como pueden ser aparcamiento, instalaciones frigoríficas propias o centro de pesaje.

2. Segunda etapa, prevista para los años 2021 a 2026. Comprendería la construcción de naves industriales para la progresiva puesta en funcionamiento de las diferentes actividades alimentarias que se desarrollarán en el complejo, tales como matadero y sala de despiece de aves, así como alguno de los mataderos y salas de despiece de ganado porcino, vacuno u ovino, con sus almacenes logísticos, secaderos de jamones y productos elaborados, línea de pan de alta capacidad y fábrica de "pet foods". Dichas naves, se ubicarán en las diferentes parcelas asignadas para cada actividad, con sus correspondientes instalaciones.

En esta etapa, también se construirían y pondrían en funcionamiento los servicios generales previstos para el conjunto del complejo agroalimentario, tales como depuradora, planta de cogeneración y de subproductos, oficinas, talleres, gasolinera y venta al canal Horeca. Para cada una de estas actividades, se construirán las edificaciones e instalaciones correspondientes en las parcelas previstas al efecto.

En esta etapa, la previsión de las actividades e inversiones viene dada por la complementariedad entre este núcleo alimentario y el existente en Guissona, así como la previsión de apertura de nuevos puntos de venta en los próximos años.

3. Tercera etapa, prevista para los años 2026 y sucesivos. Comprendería la sucesiva puesta en marcha de nuevas actividades, así como la ampliación de las iniciadas en la etapa anterior, hasta alcanzar la plena producción prevista para el complejo alimentario, con una inversión total estimada superior a los 400 millones de euros, más de 4.000 puestos de trabajo (entre directos, indirectos, subcontratados y autónomos) y el abastecimiento de unos 1.000 puntos de venta (entre tiendas nuevas y las ya existentes, que serán abastecidas desde este complejo alimentario).

El ritmo de desarrollo de esta etapa dependerá de la evolución de los volúmenes de las actividades de Corporación Alimentaria Guissona, S.A. y, de un modo muy especial, del ritmo de apertura de nuevos puntos de venta y de las ventas del conjunto de tiendas que serán abastecidas desde este complejo alimentario.

Ambos, el cronograma y el plan de etapas, tendrán carácter orientativo, excepto en lo que respecta a los hitos fijados de forma expresa en este convenio marco, que tendrán carácter imperativo para las partes firmantes. En particular, sin carácter exhaustivo, tendrán tal carácter imperativo los hitos fijados para la determinación del ámbito, la aprobación definitiva del Plan de Interés General de Aragón, la aprobación definitiva de la reparcelación, la transmisión de terrenos a Corporación Alimentaria Guissona, S.A., la ejecución de las infraestructuras exteriores y la ejecución de la primera etapa del plan indicado anteriormente.

Séptima.- Comisión de seguimiento.

Para el seguimiento y ejecución de este convenio marco, se constituirá una comisión de seguimiento que estará formada por un máximo de dos representantes institucionales de cada una de las partes firmantes.

A la Comisión de seguimiento, corresponderán las siguientes funciones:

a) La realización de las gestiones y trámites oportunos para la suscripción de los acuerdos específicos de actuación, previstos por el presente convenio marco, que lo desarrollen.

b) El seguimiento de los procedimientos precisos para la ejecución del proyecto agroalimentario de expansión del Grupo Alimentario Guissona en Aragón.

c) El seguimiento de todas y cada una de las subvenciones otorgadas del Gobierno de Aragón, derivadas de los compromisos objeto del presente convenio marco.

d) El conocimiento y resolución amistosa de las discrepancias o conflictos que pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio marco, cuando así lo acuerden específicamente las partes firmantes.

e) Cualesquiera otras que las partes firmantes decidan asignarle de común acuerdo.

La comisión constituirá una subcomisión técnica, igualmente paritaria, que asumirá la coordinación técnica precisa para el correcto desarrollo de los trabajos y el eficaz cumplimiento por las partes firmantes de los compromisos asumidos conforme a este convenio marco, o los acuerdos o convenios específicos que lo desarrollen. Los miembros de la Subcomisión Técnica podrán asistir a las reuniones de la Comisión de seguimiento cuando sean requeridos para ello.

Octava.- Plazo de vigencia.

Este convenio marco producirá plenos efectos, una vez firmado por las tres partes, y tendrá un plazo de vigencia de diez años desde ese momento, con arreglo a lo que establezca normativamente el Plan de Interés General de Aragón y sin perjuicio de los plazos específicos para el desarrollo de los acuerdos alcanzados que pudieren fijarse en seno de la Comisión de seguimiento y, en particular, del plazo de vigencia de los convenios que pudieran suscribirse entre todas o alguna de las partes para su completa ejecución.

En todo caso, este convenio marco se extinguirá por el cumplimiento de los objetivos comunes pretendidos por las partes o por la denuncia expresa de cualquiera de ellas por incumplimiento de la otra parte.

Noveno.- Naturaleza, resolución de conflictos y jurisdicción.

Este convenio tiene naturaleza administrativa.

Las partes podrán acordar la resolución de las discrepancias o conflictos que pudieran surgir en la interpretación o ejecución de este convenio marco, o de los que suscriban para su completa ejecución, a través de las siguientes fórmulas:

a) De forma amistosa, en el marco de la Comisión de seguimiento constituida, conforme a la cláusula séptima.

b) Mediante arbitraje en Derecho, conforme a su legislación reguladora.

En defecto de acuerdo, las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y ejecución de este convenio marco serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, las artes suscriben tres ejemplares del presente convenio marco, en diecisiete hojas de papel común, en el lugar y la fecha señalados al comienzo.

ANEXO I CRONOGRAMA DEL PROYECTO