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ORDEN de 11 de noviembre de 2014, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se acuerda ampliar el plazo de justificación de la convocatoria de subvenciones para 2014 del programa ISEAL (Iniciativas Sociales de Empleo en el Ámbito Local) en su línea de transporte adaptado, en el marco del programa operativo de intervención comunitaria del Fondo Social Europeo 2007-2013.

Publicado el 18/11/2014 (Nº 226)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

La Orden de 27 de febrero de 2014, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que hace pública la convocatoria para 2014 del Programa ISEAL (Iniciativas Sociales de Empleo en el Ámbito Local) en su línea de transporte adaptado, en el marco del programa operativo de intervención comunitaria del Fondo Social Europeo 2007-2013, establece en su disposición decimosexta que el plazo de presentación de la justificación comenzará el día siguiente a la recepción por el beneficiario de la resolución de concesión de la Directora Gerente, debiendo presentar ante la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales correspondiente la documentación justificativa, y como fecha límite se señala "hasta el 14 de noviembre de 2015".

Por cuestiones organizativas imprevistas, dado que a fecha de hoy la convocatoria se encuentra en fase de resolución, que cuenta con financiación europea, y debido a la necesidad de asegurar la mayor ejecución posible, se considera oportuno y conveniente ampliar el plazo de presentación de los justificantes para el año 2014, a los fines expuestos de mejorar la ejecución y cumplir los objetivos de la convocatoria con mayor efectividad. Y ello conforme a lo dispuesto en el artículo 70.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que establece que el órgano concedente de la subvención podrá otorgar una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que no exceda de la mitad del mismo, y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de tercero. Las condiciones y el procedimiento para la concesión de la ampliación son los establecidos en el artículo 49 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por lo expuesto, a solicitud del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, como gestor de las ayudas mencionadas, resuelvo:

Primero.- Acordar la ampliación del plazo de presentación de la justificación del Programa ISEAL hasta el 28 de noviembre de 2014, siendo éste el último día hábil de recepción.

Segundo.- La presente orden producirá efectos desde la fecha de su firma

Zaragoza, 11 de noviembre de 2014.

El Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia,

RICARDO OLIVÁN BELLOSTA