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ORDEN PRE/1572/2016, de 18 de octubre, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y Publimax-Asap Publicidad, S.L., para el desarrollo del Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón.

Publicado el 11/11/2016 (Nº 218)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/7/0093 el convenio suscrito, con fecha 4 de octubre de 2016, por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Director de Publimax-Asap Publicidad, S.L., y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de octubre de 2016.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y PUBLIMAX-ASAP PUBLICIDAD, S.L., PARA EL DESARROLLO DEL PREMIO A LA TRAYECTORIA PROFESIONAL EN EL SECTOR DEL LIBRO DE ARAGÓN

En Zaragoza, 4 de octubre de 2016.

De una parte, D.ª María Teresa Pérez Esteban, Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, nombrada por el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 128, de 6 de julio de 2105), en nombre y representación del Gobierno de Aragón, autorizada expresamente para la firma del presente convenio en Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 13 de septiembre de 2016.

Y de otra parte, D Jesús Aragón Sierra, con DNI: 17148544C, Director de Publimax-Asap Publicidad, S.L., con CIF: B50575497, y domicilio social en paseo Alberto Casañal, 31-33, de Zaragoza.

En virtud de la representación indicada por cada una de las partes, los firmantes se reconocen mutualmente capacidad jurídica y de obrar para la formalización del presente convenio, y a tal efecto

El Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, en virtud de lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 23 de diciembre de 2015), ejerce las funciones de atención a todos los agentes de la cultura aragonesa que desarrollan su actividad en la Comunidad Autónoma, así como la gestión de concursos, premios u otras acciones de fomento de las artes o de la cultura que le sean encomendadas. Dentro de estas competencias, el departamento ha venido reconociendo y fomentando la creatividad cultural en nuestro territorio mediante la institución de diversos premios y distinciones en el ámbito de las artes y las letras aragonesas.

Mediante el Decreto 22/2013, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón, se regularon los premios a la creación literaria y al sector del libro de Aragón, entre ellos, el Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón, cuyo objeto es reconocer una labor continuada o de especial notoriedad o importancia de personas, instituciones o empresas aragonesas, en cualquiera de los ámbitos que constituyen el mundo del libro, tanto desde el punto de vista cultural como industrial.

La empresa Publimax-Asap Publicidad, S.L. mantiene un decidido compromiso de colaboración, tanto con empresas como con instituciones públicas, patrocinando la realización de actividades dentro del sector de la cultura y el deporte. Hay que destacar, en el ámbito cultural, su participación en el ciclo de coloquios "Los Lunes del Principal", espacio destinado a la tertulia y el debate, que nace con la finalidad de establecer vínculos entre los diferentes agentes culturales aragoneses. Esta relación con el mundo de la cultura se amplía ahora a través de la colaboración en el Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón.

Dada la concurrencia de intereses de las partes en complementar sus esfuerzos para conseguir los fines expuestos anteriormente, deciden formalizar un convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

Es objeto del presente convenio establecer un marco de colaboración entre el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y Publimax-Asap Publicidad, S.L., para la organización y difusión del Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón.

Segunda.- Compromisos de las partes.

1. El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, como entidad organizadora del Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón, se compromete a:

a) Convocar, otorgar y difundir con carácter anual el Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón.

b) Divulgar la colaboración de Publimax-Asap Publicidad, S.L. en cuantas actuaciones se realicen en relación con el Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón, y en la página web de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

c) Dar a conocer el patrocinio de Publimax-Asap Publicidad, S.L. del Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón mediante la utilización de la imagen de la identidad corporativa de la mercantil que ésta, a tal fin, deberá facilitar a la Dirección General de Cultura y Patrimonio del Gobierno de Aragón.

d) Permitir a Publimax-Asap Publicidad, S.L. el uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón para que ésta difunda su patrocinio del Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón. Para ello, Publimax-Asap Publicidad, S.L. deberá solicitar, con carácter previo a la utilización del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, el preceptivo informe de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

2. Publimax-Asap Publicidad, S.L., como entidad patrocinadora del Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón, se compromete a:

a) Aportar, para el desarrollo y financiación del Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón, la cantidad de 3.000 euros, que se destinará íntegramente al pago de la dotación económica del premio literario, procediendo Publimax-Asap Publicidad, S.L., a realizar directamente el abono de la referida cantidad a la persona o entidad ganadora del mismo.

b) Publimax-Asap Publicidad, S.L. podrá difundir este convenio y su participación en el Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón en cuantos medios considere oportuno, de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 1.d) de la cláusula segunda.

Tercera.- Comisión técnica de seguimiento.

Se constituirá una comisión técnica de seguimiento del convenio, formada por dos técnicos de la Dirección General de Cultura y Patrimonio del Gobierno de Aragón y dos representantes de Publimax-Asap Publicidad, S.L., designados por la empresa a tal efecto. Esta comisión será presidida por uno de los dos técnicos de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

Esta comisión técnica evaluará y llevará a cabo el seguimiento de las actividades desarrolladas al amparo del presente convenio. Con esta finalidad, se reunirá al menos dos veces al año antes de la convocatoria del Premio a la Trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón, y tras la concesión de éste.

Cuarta.- Confidencialidad y protección de datos.

Ambas partes se comprometen a cumplir con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ("Boletín Oficial del Estado", número 298, de 14 de diciembre de 1999), y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Las partes se obligan a guardar secreto profesional respecto de los datos, tanto de carácter personal como profesional, a los que tuvieran acceso. Esta obligación subsistirá aun después de finalizar la vigencia del presente convenio, y ambas partes establecerán las medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado conforme a lo exigido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Quinta.- Vigencia del convenio.

El presente convenio tendrá vigencia anual, a contar desde la fecha de su firma, y prorrogable anualmente hasta cuatro años.

En el caso de que ninguna de las partes denunciara la extinción del convenio en el plazo de un mes antes del cumplimiento de su vigencia, éste se entenderá prorrogado automáticamente por un año más.

Sexta.- Causas de resolución.

El presente convenio de colaboración se podrá extinguir por las siguientes causas:

1. Mutuo acuerdo entre las partes, que deberá ser instrumentado por escrito.

2. Imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que constituyen su objeto.

3. El incumplimiento grave acreditado de alguna de sus cláusulas.

4. Por denuncia de una de las partes, que deberá ser comunicada por escrito a la otra parte con una antelación mínima de un mes antes de que concluya el plazo de vigencia del convenio.

Séptima.- Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de manera que los posibles conflictos de interpretación y cumplimiento de éste que puedan surgir se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa cuando no puedan resolverse mediante el acuerdo de las partes firmantes en el seno de la Comisión técnica de seguimiento.

En prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto, se firma por las partes este documento, por duplicado, en la fecha y lugar al principio indicados.