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ORDEN 2 de febrero de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Gobierno de Aragón, para la cesión mutua de materiales digitales destinados a la formación del profesorado.

Publicado el 05/03/2015 (Nº 44)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/1/0004 el convenio de colaboración suscrito, con fecha 7 de octubre de 2014, por la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades y la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 2 de febrero de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, PARA LA CESIÓN MUTUA DE MATERIALES DIGITALES DESTINADOS A LA FORMACIÓN DEL PROFESORADO

En Madrid, a 7 de octubre de 2014.

De una parte, D.ª Montserrat Gomendio Kindelán, Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, en virtud del Real Decreto 138/2012, de 13 de enero, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en el ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 14.6 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, D.ª Dolores Serrat Moré, Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en virtud del Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por que se dispone su nombramiento, y actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano, de fecha 23 de septiembre de 2014.

Ambas, en función de sus respectivos cargos, y en el ejercicio de las atribuciones que les están conferidas, con plena capacidad para formalizar el presente convenio de colaboración

Que la formación permanente del profesorado es un elemento imprescindible para el desarrollo profesional de los docentes y para la mejora de la calidad en los sistemas educativos actuales.

Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, señala, en su artículo 102, que "la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros", atribuyendo a aquellas la obligación de planificar las actividades de formación, garantizar una oferta diversificada y gratuita de las mismas y establecer las medidas oportunas para favorecer la participación del profesorado en ellas.

Que el Decreto 105/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema aragonés de formación permanente del profesorado, su régimen jurídico y la estructura de su red, en su artículo 2, establece que la formación permanente del profesorado dirigirá sus acciones a promover un desarrollo profesional que faculte al profesorado para un mejor ejercicio de su práctica docente.

Que el Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado (en adelante, INTEF), unidad del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte responsable de la integración de las TIC en las etapas educativas no universitarias, tiene como objetivos, entre otros, por un lado, la elaboración y difusión de materiales curriculares y otros documentos de apoyo al profesorado, el diseño de modelos para la formación del personal docente y el diseño y la realización de programas específicos, en colaboración con las Comunidades Autónomas, destinados a la actualización científica y didáctica del profesorado; y, por otro, la elaboración y difusión de materiales en soporte digital y audiovisual de todas las áreas de conocimiento, con el fin de que las tecnologías de la información y la comunicación sean un instrumento ordinario de trabajo en el aula para el profesorado de las distintas etapas educativas.

Que el Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación (CATEDU) tiene entre sus funciones ofrecer servicios destinados a incentivar y facilitar el uso de tecnologías de la información y la comunicación en el profesorado de los niveles educativos no universitarios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Ambas partes coinciden en la oportunidad de compartir experiencias formativas, persuadidas de que la formación permanente del profesorado es un factor esencial para que éste alcance el máximo desarrollo de sus competencias profesionales e influya, de esta manera, en la mejora de la calidad del sistema educativo.

Por todo ello, ambas partes convienen en formalizar el presente convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, para la cesión mutua de los derechos de utilización de los materiales pedagógicos y didácticos de los que sean titulares, y figuren en el anexo al presente convenio, destinados a la impartición de acciones formativas dirigidas al personal docente en las modalidades de formación presencial y a distancia, así como el intercambio técnico, documental, formativo y de experiencias entre el personal responsable de la formación permanente del profesorado perteneciente a ambas instituciones.

Los materiales formativos para los cursos de formación en red del profesorado, creados por el INTEF, se publicarán en un repositorio después de su experimentación, revisión y validación.

Segunda.- Características de la colaboración.

La cesión de los derechos de utilización de los materiales se efectuará con carácter recíproco y gratuito.

En todo caso, la cesión, distribución, difusión, generación de obras derivadas se efectuará respetando la Licencia Creative Commons BY-SA (Licencia CC Reconocimiento-CompartirIgual) de los materiales cedidos, y siempre con observancia de las normas contenidas en la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y derechos de autor.

Tercera.- Relación de cursos.

La cesión de materiales para la formación del profesorado se extenderá a aquellas actividades formativas que estén publicadas en el repositorio de materiales del INTEF, y que se recogen en el anexo. La relación de cursos podrá actualizarse anualmente mediante adenda al presente convenio.

Cuarta.- Obligaciones económicas.

El presente convenio no compromete aportaciones económicas por ninguna de las partes.

Quinta.- Publicidad.

En el caso de las actividades o documentos que se deriven del presente convenio, se hará constar que son el resultado de la colaboración entre el INTEF y el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, previo informe preceptivo de la Comisión de Comunicación institucional, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad. La parte cesionaria hará constar la procedencia de los materiales objeto de la cesión mediante, entre otros, la inclusión del logo correspondiente al cedente.

Sexta.- Comisión de seguimiento.

El seguimiento del presente convenio será realizado por una comisión, de carácter paritario, formada por dos representantes de cada una de las partes: Por parte del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, dos funcionarios designados por el titular de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, y por parte del INTEF, dos funcionarios designados por la dirección del Instituto.

Las funciones de la Comisión de seguimiento serán:

- Interpretar el contenido y aplicación del presente convenio.

- Realizar el seguimiento y evaluación del mismo.

- Dirimir las controversias que se deriven de la ejecución del presente convenio.

La propia comisión establecerá su régimen de funcionamiento, reuniéndose como mínimo una vez al año.

Séptima.- Vigencia del convenio.

El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma, y tiene una vigencia de un año, prorrogable automáticamente por años naturales, salvo denuncia expresa por cualquiera de las partes, que deberá realizarse por escrito y con una antelación mínima de un mes a la fecha prevista para la finalización del convenio.

No obstante lo anterior, las partes se comprometen a garantizar el cumplimiento y finalización en la forma programada de las actividades que se hayan iniciado y no concluido en el momento de la extinción del convenio.

Octava.- Naturaleza y resolución de controversias.

1. Este convenio tiene carácter jurídico-administrativo, quedando excluido del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

2. Las partes firmantes se comprometen a solventar de mutuo acuerdo las diferencias que resulten de la interpretación y ejecución de este convenio, siendo en última instancia, una vez agotada la vía de la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, la jurisdicción contencioso-administrativa la competente para resolver cuantas cuestiones litigiosas pudieran derivarse del mismo.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se suscribe el presente convenio de colaboración, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezado.

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, PARA LA CESIÓN MUTUA DE MATERIALES DIGITALES DESTINADOS A LA FORMACIÓN DEL PROFESORADO

Relación de materiales cedidos por el Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado:

- Espacios de lectura. Leer, aprender e investigar en todas las áreas.

- Las competencias clave: De las corrientes europeas a la práctica docente en las aulas.

- Educación inclusiva: Iguales en la diversidad.

-Respuesta educativa para el alumnado con TDAH (déficit de atención e hiperactividad).