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RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2016, de la Directora del Instituto Aragonés del Agua, por la que se dispone la inscripción de una empresa en el registro de entidades colaboradoras en materia de calidad del agua.

Publicado el 13/12/2016 (Nº 238)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Visto el expediente seguido en esta área en relación con la solicitud presentada por D. Héctor Barbarin Requetibate, en representación de la mercantil Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria (CNTA), sobre inscripción en el registro de entidades colaboradoras en materia de calidad del agua, resulta:

Antecedentes

Primero.- Don Héctor Barbarin Requetibate, en representación de Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria (CNTA), presentó con fecha 30 de mayo de 2016 en las dependencias del Instituto Aragonés del Agua, solicitud interesando la inscripción de ésta en el registro de entidades colaboradoras en materia de calidad del agua para las siguientes modalidades de actuación:

a) Operaciones de toma de muestras, conservación y transporte hasta el laboratorio, análisis, verificación y otras dirigidas a identificar y caracterizar muestras de aguas residuales y vertidos.

b) Operaciones de medida de caudales circulantes, alturas, presiones u otras magnitudes que permitan cuantificar los flujos de agua y sus variaciones.

c) Emisión de informes para asistencia técnica en las funciones de inspección y control sobre el mantenimiento y explotación de las instalaciones de saneamiento y depuración, caudales circulantes, vertidos, contaminación y autorizaciones de vertido otorgadas por los municipios a la red municipal de colectores.

Segundo.- Con fecha 30 de agosto de 2016 se aporta por el solicitante copia de la Resolución de 28 de julio de 2016, del Secretario de Estado de Medio Ambiente, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se revisa y modifica el alcance de las labores de apoyo recogidas en el título de entidad colaboradora de la administración hidráulica que fue concedido con fecha 11 de abril de 2007 como laboratorio de ensayo a la entidad Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria, Laboratorio del Ebro (CNTA), cuyo alcance fue actualizado tras el cambio de denominación social producido, mediante Resolución de fecha 20 de noviembre de 2015. En cuanto al análisis de metales o metaloides, con fecha 30 de mayo de 2016, se presentó copia de la acreditación que garantiza el cumplimiento de los requisitos de la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025.

Fundamentos Jurídicos

Primero.- El apartado quinto de la Orden de 30 de julio de 2002, del Departamento de Medio Ambiente, en su redacción vigente sobre entidades colaboradoras en materia de calidad del agua, establece los requisitos que deberán reunir estas entidades, habiéndose acreditado por el solicitante el cumplimiento de todos ellos.

Segundo.- La documentación que el interesado adjunta a su solicitud se ajusta a lo establecido por el apartado sexto de la mencionada Orden de 30 de julio de 2002.

Tercero.- La competencia para la resolución del expediente corresponde al Director del Instituto Aragonés del Agua, de conformidad con lo establecido en el apartado séptimo de la antedicha orden.

Atendido lo anterior y visto lo dispuesto por las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación, procede dictar la siguiente resolución.

Primero.- Practicar en el registro de entidades colaboradoras del Instituto Aragonés del Agua la siguiente inscripción con el número REC-39:

a) Entidad colaboradora:

- Denominación: Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria (CNTA).

- Domicilio social: Ctra. na-134, km. 53, 31570 - San Adrián (Navarra).

- Dirección de oficina en la C.A. de Aragón: C./ María Montesori, 11, 5.º A, 50018 Zaragoza.

b) Titular:

- Identificación: Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria (CNTA).

- Representante legal de la entidad: Héctor Barbarin Requetibate.

c) Director técnico:

- Identificación: Jorge Lorenzo Eibar.

d) Campos de actuación:

- Operaciones de toma de muestras, conservación y transporte hasta el laboratorio, análisis, verificación y otras dirigidas a identificar y caracterizar muestras de aguas residuales y vertidos.

- Operaciones de medida de caudales circulantes, alturas, presiones u otras magnitudes que permitan cuantificar los flujos de agua y sus variaciones.

- Emisión de informes para asistencia técnica en las funciones de inspección y control sobre el mantenimiento y explotación de las instalaciones de saneamiento y depuración, caudales circulantes, vertidos, contaminación y autorizaciones de vertido otorgadas por los municipios a la red municipal de colectores.

e) Precios para cada modalidad de actuación: Los establecidos en el anexo único de la Orden de 30 de julio de 2002, del Departamento de Medio Ambiente, sobre entidades colaboradoras en materia de calidad del agua, actualizados mediante Orden de 18 de diciembre de 2007.

f) Condiciones específicas: No se establecen.

Segundo.- Publicar la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la página web del Instituto Aragonés del Agua, y notificarla al interesado.

Zaragoza, 16 de septiembre de 2016.- La Directora del Instituto Aragonés del Agua, Inés Torralba Faci.