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CORRECCIÓN de errores de la Orden ECD/1673/2016, de 21 de noviembre, por la que se aprueban las bases y las convocatorias de la renovación del mandato de los actuales directores y de concurso de méritos entre los funcionarios docentes de carrera, para la selección de directores de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 02/12/2016 (Nº 233)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Advertidos diversos errores materiales en la publicación de la Orden ECD/1673/2016, de 21 de noviembre, citada en el encabezamiento, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 228, de 25 de noviembre de 2016, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En primer lugar, en la página 30742 se ha advertido un error material en la redacción del apartado Segundo, que se corrige en los siguientes términos:

Donde dice:

"Segundo.- Los Directores de los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte dispondrán de plazo hasta el día 25 de noviembre de 2016, inclusive, para dictar resolución en la que conste la relación de centros docentes cuyos directores concluyen su mandato de cuatro años en fecha 30 de junio de 2017. Estas resoluciones no incluirán las vacantes generadas por directores que ya hubieran renovado en una ocasión y se publicarán en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales, así como en la página web del Departamento http// www.educaragon.org (en la pestaña de Gestión de Personal, apartado "cargos directivos", dirección web que será utilizada en todas las referencias de esta orden a dicho medio de publicación). Contra dicha resolución, se podrá interponer el correspondiente recurso de alzada, según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a partir de la publicación en la página web del Departamento".

Debe decir:

"Segundo.- Los Directores de los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte dispondrán de plazo hasta el día 25 de noviembre de 2016, inclusive, para dictar resolución en la que conste la relación de centros docentes cuyos directores concluyen su mandato de cuatro años en fecha 30 de junio de 2017. Dichas resoluciones se publicarán en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales, así como en la página web del Departamento http// www.educaragon.org (en la pestaña de Gestión de Personal, apartado "cargos directivos", dirección web que será utilizada en todas las referencias de esta orden a dicho medio de publicación). Contra dicha resolución, se podrá interponer el correspondiente recurso de alzada, según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a partir de la publicación en la página web del Departamento".

En segundo lugar, en la página 30744 se ha advertido un error material en la redacción de la Base Segunda, apartado 2.1.1, que se corrige en los siguientes términos:

Donde dice:

"Del 25 de noviembre al 9 de diciembre de 2016, ambos incluidos, los directores de los centros que figuren en la relación de los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte prevista en el punto segundo de esta orden podrán presentar solicitud para renovar su mandato, por un único periodo, cumplimentando el impreso recogido en el anexo II, al que deberán acompañar una memoria de autoevaluación del desempeño de la función directiva, que incluya un plan estratégico para la mejora del centro, cuyas características y contenidos se especifican en el anexo III. Esta memoria, firmada por el interesado, debe ser aportada por los solicitantes en papel y en formato digital pdf. En caso de discordancia entre ambos documentos, se atenderá al documento en formato papel. Las solicitudes se presentarán preferentemente en los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte, dirigidas al Director del Servicio Provincial correspondiente. También podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarla en la oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario antes de ser certificada".

Debe decir:

"Del 25 de noviembre al 9 de diciembre de 2016, ambos incluidos, los directores de los centros que figuren en la relación de los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte prevista en el punto segundo de esta orden podrán presentar solicitud para renovar su mandato, cumplimentando el impreso recogido en el anexo II, al que deberán acompañar una memoria de autoevaluación del desempeño de la función directiva, que incluya un plan estratégico para la mejora del centro, cuyas características y contenidos se especifican en el anexo III. Esta memoria, firmada por el interesado, debe ser aportada por los solicitantes en papel y en formato digital pdf. En caso de discordancia entre ambos documentos, se atenderá al documento en formato papel. Las solicitudes se presentarán preferentemente en los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte, dirigidas al director del Servicio Provincial correspondiente. También podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarla en la oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario antes de ser certificada".

Y en tercer lugar, en la página 30758, se ha advertido un error material en la redacción del último párrafo del anexo III, Apartado 3.II, que se corrige en los siguientes términos:

Donde dice:

"Se acompañará a esta memoria el proyecto de dirección que fue presentado por el solicitante hace cuatro años".

Debe decir:

"Se acompañará a esta memoria el proyecto de dirección que fue presentado por el solicitante hace cuatro años, en el caso de directores que solicitan renovación por primera vez, o Plan Estratégico que fue presentado por el solicitante hace cuatro años para su renovación, en el caso de directores que presentaron solicitud de renovación entonces".