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RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Especial "Los Pueyos", de Villamayor de Gállego (Zaragoza).

Publicado el 13/12/2016 (Nº 238)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Especial "Los Pueyos", código 50009488, con domicilio en la calle Paso, 250 de Villamayor de Gállego (Zaragoza), solicitando modificación de la autorización para la implantación de una unidad de Educación Infantil de 2.º ciclo para alumnos con necesidades educativas especiales y la supresión de una unidad de Formación para la Transición a la Vida Adulta.

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, así como la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Modificar la autorización, con efectos desde el inicio del curso 2016-2017, del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Especial

Denominación específica: "Los Pueyos"

Código: 50009488

Titular: Colegio Los Pueyos, S.L.

Domicilio: Calle Paso, 250

Localidad: Villamayor de Gállego

Municipio: Villamayor de Gállego

Provincia: Zaragoza

Las enseñanzas objeto de autorización son las siguientes:

- Implantación de las enseñanzas de Educación Infantil de 2.º ciclo para alumnos con necesidades educativas especiales, 1 unidad / 6 pp.ee.

Las enseñanzas objeto de supresión son las siguientes:

- 1 unidad de Formación para la Transición a la Vida Adulta, 10 pp.ee.

La configuración jurídica del centro, después de la modificación de la autorización es la siguiente:

- Educación Infantil de 2.º ciclo para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales (A.C.N.E.E.), 1 unidad / 6 pp.ee.

- Educación Básica Obligatoria para alumnos con Necesidades Educativas Especiales, 8 unidades / 48 pp.ee.

- Formación para la Transición a la Vida Adulta, 2 unidades / 20 pp.ee.

Segundo.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Tercero.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Cuarto.- Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 9 de noviembre de 2016.

El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS