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ORDEN ECD/1801/2016, de 7 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondientes al año 2015.

Publicado el 13/12/2016 (Nº 238)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden ECD/331/2016, de 28 de marzo, se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón. Por Orden ECD/651/2016, de 9 de junio, se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondientes al año 2015.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, comprobado que los solicitantes cumplen los requisitos para obtener la condición de beneficiario y reunida la Comisión de Valoración el día 7 de septiembre de 2016 para realizar la valoración de las solicitudes, aplicando los criterios establecidos en el artículo 5 de la orden de convocatoria, el Director General de Planificación y Formación Profesional resolvió provisionalmente la concesión de los premios.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.5 de la convocatoria se publicó en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte la propuesta de resolución provisional del Director General de Planificación y Formación Profesional, abriéndose un plazo de diez días para la presentación de alegaciones.

No habiéndose presentado ninguna alegación, en el mencionado plazo, la Comisión de Valoración, reunida el día 22 de septiembre de 2016, emite un nuevo informe que sirve de base a la propuesta de la resolución definitiva del Director General de Planificación y Formación Profesional, según lo previsto en el artículo 5 de la citada orden de convocatoria, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria para el ejercicio 2016.

Por todo ello, teniendo en cuenta la propuesta de resolución definitiva elaborada por el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelvo:

Primero.- Adjudicar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al año 2015 a los alumnos relacionados en el anexo I de esta orden.

Segundo.- No adjudicar premio extraordinario de Formación Profesional de Grado Superior a los alumnos relacionados en el anexo II por haber obtenido una puntuación inferior a los premiados.

Tercero.- Declarar desiertos los premios extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes a las familias profesionales de Artes Gráficas, de Industrias Alimentarias y de Madera, Mueble y Corcho, por no haberse presentado candidaturas a las mismas.

Cuarto.- Adjudicar a cada uno de los alumnos premiados la cantidad de seiscientos euros (600 €), quedando estos sometidos al cumplimiento de las obligaciones referidas en el artículo 6 de la Orden ECD/651/2016.

Quinto.- El importe de los premios concedidos asciende a diez mil ochocientos (10.800 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 18030/G/4226/480223/91002 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2016.

Sexto.- Los alumnos premiados recibirán un diploma acreditativo de esta distinción, que además les será anotado en su expediente académico por el Secretario del Centro en que realizaron la inscripción.

Séptimo.- Los alumnos premiados podrán optar, previa inscripción, a los Premios Nacionales de Formación Profesional.

Octavo.- Los beneficiarios de estas ayudas están obligados a proporcionar información según indica el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

Noveno.- Contra lo dispuesto en esta orden cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, en el plazo de dos meses, recurso Contencioso Administrativo en el orden jurisdiccional contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Zaragoza, 7 de noviembre de 2016.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN