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ORDEN ECD/1800/2016, de 25 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria del Programa "Coros escolares" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas de régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón, para el curso 2016-17.

Publicado el 13/12/2016 (Nº 238)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/619/2016, de 14 de junio, ("Boletín Oficial de Aragón", número 123, de 28 de junio de 2016), se convocó el Programa "Coros Escolares" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2016-2017.

De acuerdo con lo establecido en el apartado séptimo de la convocatoria, a propuesta del Director General de Innovación, Equidad y Participación, la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte resolverá mediante orden la convocatoria, señalando en relaciones separadas los centros seleccionados y los excluidos, indicando la causa de exclusión.

Igualmente, prevé que la relación de centros seleccionados será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", y difundida a través de la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org.

De conformidad con lo anterior, y una vez realizados los trámites oportunos, mediante Resolución de 25 de octubre de 2016, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, se dictó Propuesta de resolución del procedimiento.

Visto lo anterior, a propuesta del Director General Innovación, Equidad y Participación, y dando cumplimiento a lo establecido en la convocatoria, resuelvo:

Primero.- Aprobar la relación de los centros seleccionados en la convocatoria del Programa "Coros escolares" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2016-2017, que figura como anexo I a esta orden.

Segundo.- Indicar la inexistencia de centros excluidos.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org.

Contra esta orden, que agota vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a la orden que resuelva mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 25 de octubre de 2016.

La Consejera de Educación

Cultura y Deporte

MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN