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ORDEN ECD/2123/2017, de 12 de diciembre, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas de acción social a favor de los funcionarios docentes no universitarios, por las contingencias producidas en el año 2016.

Publicado el 27/12/2017 (Nº 246)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Decreto 169/2017, de 14 de noviembre, del Gobierno de Aragón, se reguló el sistema de prestaciones de acción social a favor de los funcionarios docentes no universitarios.

Dicho decreto recoge las directrices básicas aplicables al procedimiento de reconocimiento de ayudas de acción social a favor de funcionarios docentes no universitarios y en su Disposición Final Primera faculta a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte para dictar cuantas disposiciones resulten precisas para la aplicación y desarrollo del citado decreto, así como para aprobar y modificar el modelo normalizado de solicitud.

Para la adecuada tramitación y resolución de las solicitudes que se presenten al amparo del Decreto 169/2017, de 14 de noviembre, y de acuerdo con la autorización que el mismo establece, procede la convocatoria de Ayudas de Acción Social por contingencias producidas en el año 2016, así como regular algunos de sus aspectos que por su carácter general corresponde recoger en una norma de desarrollo.

En su virtud, dispongo:

Primero.- Hacer pública la convocatoria de ayudas de acción social a favor de los funcionarios docentes no universitarios, previstas en los artículos 4 y 5 del Decreto 169/2017, de 14 de noviembre, por las contingencias producidas en el año 2016.

Las solicitudes de ayudas de estudios para hijos a partir de tres años, huérfanos de empleados y estudios para la formación y desarrollo profesional del empleado, serán las correspondientes al curso escolar 2016/2017.

Segundo.- Conforme determina el artículo 40 del Decreto 169/2017, de 14 de noviembre, el porcentaje de distribución que se destine al fondo de ayudas de acción social y al subplan de Personal Docente no Universitario, existente en el Plan de Pensiones del sistema de empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón, se determinará anualmente previa deliberación de la Mesa Sectorial de Educación.

El importe de las ayudas a conceder serán las establecidas en el Decreto 169/2017, de 14 de noviembre. No obstante, si el importe total a conceder superase la cuantía del Fondo de Acción Social destinada a la financiación de éstas ayudas, se procederá a la aplicación de un índice de distribución conforme determina el artículo 42 del citado decreto.

Tercero.- Por costes de asistencia a guarderías o escuelas infantiles de hijos de los empleados públicos docentes no universitarios, se considerarán exclusivamente los importes abonados por asistencia, gastos de comedor y transporte, así como a otros gastos directamente relacionados con la asistencia del menor. Los gastos serán acreditados mediante certificado que se ajustará al modelo publicado en el anexo II.

Cuarto.- En aquellos supuestos en que el solicitante reúna los requisitos establecidos para ser beneficiario de las prestaciones de Acción Social Docente, y haya mantenido durante el año 2016, dos o más tipos o períodos de prestación de servicios diferentes como docente no universitario en la Comunidad Autónoma de Aragón, para el cálculo del importe que corresponda en cada caso, se tendrá en cuenta la suma de los períodos en que ha prestado servicios, siempre y cuando cumpla los requisitos para ser beneficiario en cada una de las situaciones de prestación de servicios en que se hubiere encontrado en dicho año. En otro caso se tendrá en cuenta únicamente los periodos de prestación de servicios por los que tuviera derecho a la ayuda.

Para ello deberán cumplimentarse los apartados del modelo de solicitud correspondientes a las diferentes situaciones administrativas que el solicitante tuvo durante el año 2016.

Quinto.- Cuando el beneficiario no hubiera prestado servicios durante todo el año 2016, el cálculo de la ayuda que corresponda en cada caso se efectuará en función del número de días de servicios prestados en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Sexto.- El plazo de presentación de solicitudes de la actual convocatoria de Acción Social, se iniciará el 1 de enero y finalizará el 20 de febrero de 2018. Las solicitudes para la modalidad de ayuda de carácter excepcional y de ayudas por sepelio se podrán presentar desde el 1 de enero del año natural objeto de la convocatoria, hasta el fin del plazo de solicitudes de la convocatoria en curso.

Séptimo.- Al objeto de agilizar la tramitación de las ayudas, las notificaciones a los solicitantes de éstas, se remitirán preferentemente a su cuenta de correo electrónico corporativo (@educa.aragon.es).

Octavo.- La solicitud que se ajustará en todo caso al modelo que como anexo I se acompaña a la presente orden, se presentará en los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del que dependan los interesados. Igualmente podrán presentarse en el Registro General del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, sito en la Avda. de Ranillas, número 5 D, 1.ª planta, o por cualquiera de los medios que establece el artículo 16.4 y disposición transitoria segunda de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Noveno.- Los interesados deberán aportar junto a la solicitud, la documentación requerida en cada uno de los tipos de ayudas que el Decreto 169/2017, de 14 de noviembre, menciona.

Décimo.- La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 12 de diciembre de 2017.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN