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ORDEN de 8 julio de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de Ayudas a las Artes Escénicas para 2010, en la modalidad de giras, segunda convocatoria.

Publicado el 28/07/2010 (Nº 147)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 29 de septiembre de 2009 de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, fueron convocadas ayudas a las Artes Escénicas para el año 2010 (Boletín Oficial de Aragón número 222, de 16 de noviembre de 2009).

De conformidad con la citada Orden, examinada la propuesta elaborada por el órgano colegiado, la Comisión de Valoración, previsto en el apartado séptimo, punto 3 de la Orden de convocatoria, la Dirección General de Cultura ha elevado la correspondiente propuesta de resolución de acuerdo con lo estipulado en el citado apartado séptimo de la referida Orden.

En su virtud, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte de conformidad con lo dispuesto en la Orden de convocatoria, y en uso de las competencias que legalmente le han sido atribuidas, dispone:

Primero.-Conceder las subvenciones relacionadas en el Anexo I de la presente Orden para ayudas a las Artes Escénicas para el año 2010 en la modalidad de giras (segundo plazo de solicitud) por un importe total de cincuenta mil euros (50.000 €) a las empresas de teatro y danza relacionadas en el citado anexo. Las ayudas se tramitarán con cargo a la línea presupuestaria 18060.G/4553.470.020, PEP 2006/000992 del vigente presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.-El pago de las subvenciones se realizará conforme a lo dispuesto en el Decreto 186/1993 de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma y lo establecido en la Orden de convocatoria.

Tercero.-El plazo de presentación de las justificaciones finalizará el día 13 de diciembre de 2010, de acuerdo con lo establecido en el apartado décimo, punto 1 de la referida Orden de convocatoria.

Cuarto.-En cuanto a la obligación de los beneficiarios se estará a lo especificado en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y a lo establecido en el apartado noveno de la Orden de 29 de septiembre de 2009 de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte por la que se convocan ayudas a las Artes Escénicas para el año 2010.

En el supuesto de incumplimiento del destino de la subvención o de cualquiera de las normas aplicables, se procederá a la anulación de la misma, a su devolución y al ejercicio de las acciones que correspondan según la normativa vigente.

Quinto.-Denegar o excluir la concesión de subvención a los solicitantes que se especifican en el Anexo II de la presente Orden por las siguientes razones:

5.1 Excluidas por no cumplir requisitos para ser beneficiario.

5.2 Excluidas por incumplimiento de obligaciones tributarias y/o de Seguridad

Social.

5.3 Excluidas por presentar un proyecto que no corresponde al objeto de la convocatoria.

5.4. Excluidas por presentar la solicitud fuera de plazo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes desde su notificación recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses desde su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la ley 4/1999, de 13 de enero.

Zaragoza, 8 de julio de 2010.