Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN PRE/1735/2016, de 9 de noviembre, por la que se dispone la publicación del convenio específico de colaboración, para el año 2016, entre el Servicio Aragonés de Salud (SALUD) y el Instituto de Investigación Sanitaria Aragón (IIS Aragón), en materia de innovación, desarrollo e investigación biomédica.

Publicado el 02/12/2016 (Nº 233)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/7/0104 el convenio suscrito, con fecha 2 de noviembre de 2016, por el Director Gerente del SALUD y el Director Ejecutivo de la Fundación IIS Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 9 de noviembre de 2016.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, PARA EL AÑO 2016, ENTRE EL SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD Y EL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN SANITARIA ARAGÓN, EN MATERIA DE INNOVACIÓN, DESARROLLO E INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA

En Zaragoza, a 2 de noviembre de 2016.

De una parte: D. Javier Marión Buen, Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, en nombre y representación de éste.

Y de otra: D. Óscar Paúl Sainz, Director Ejecutivo de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Aragón (en adelante, IIS Aragón), en virtud de nombramiento del Patronato de la Fundación, por Acuerdo adoptado en la sesión de 27 de octubre de 2014 (Acta numero 1), y en ejercicio de la competencia enunciada en el punto 9 del artículo 37 de los Estatutos de la Fundación, aprobados por Decreto 125/2014, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la constitución de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria ("Boletín Oficial de Aragón", número 147, de 29 de julio de 2014).

Ambas partes intervienen en nombre y representación de las respectivas entidades y con las facultades que sus cargos les confieren, reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación para otorgar y firmar el presente convenio.

El Gobierno ha autorizado la celebración de este convenio, según Acuerdo de su Consejo celebrado el día 25 de octubre de 2016,

Primero.- Que el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, recoge la posibilidad de establecer convenios de colaboración con distintas entidades para la consecución de los fines y objetivos que se le encomiendan.

Segundo.- Que con fecha 27 de octubre de 2014, previa autorización concedida por Decreto 125/2014, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, fue constituida mediante escritura pública número 1790, de 27 de octubre de 2014, otorgada en Zaragoza ante el notario del Ilustre Colegio de Aragón, D. Juan Antonio Yuste González de Rueda, la fundación privada de iniciativa pública denominada "Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Aragón" (en adelante, IIS Aragón), siendo las entidades fundadoras: el Gobierno de Aragón, la Universidad de Zaragoza (en adelante, UNIZAR), el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud (en adelante, IACS) y el Servicio Aragonés de Salud (en adelante, SALUD), cuya inscripción en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón se acordó mediante Orden de 4 de diciembre de 2014, del Consejero de Política Territorial e Interior ("Boletín Oficial de Aragón", número 247, de 18 de diciembre de 2014), con la intención de conseguir que dicho instituto de investigación fuera acreditado conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, con objeto de desarrollar e integrar armónicamente la investigación básica y aplicada, clínica y de salud pública, potenciando la investigación traslacional en el contexto del complejo constituido, a efectos de innovación, desarrollo e investigación biomédica por el Hospital Universitario "Miguel Servet" y el Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa", así como en el ámbito de los centros de Atención Primaria, cuyo hospital de referencia sea alguno de los dos anteriormente citados centros de la UNIZAR y el IACS, a efectos de innovación, desarrollo e investigación, y alcanzar una mejor transferencia de los avances científicos obtenidos en la promoción de la salud y en la prevención y tratamiento de los problemas de salud más prevalentes en nuestro entorno.

Tercero.- Que con fecha 1 de agosto de 2016, ambas partes firmaron un convenio marco de colaboración en el que se establece, en su cláusula cuarta, que anualmente se procederá a la firma de convenios específicos dentro del marco general de dicho convenio marco, en los que se detallarán las prioridades de colaboración y las contraprestaciones en investigación e innovación en Biomedicina y Ciencias de la Salud.

Por ello, proceden a la firma del presente convenio específico, en base a las siguientes

Primera.- Objeto.

El objeto de este convenio es establecer las prioridades de colaboración entre el SALUD y el lIS Aragón durante el año 2016.

Las actuaciones promovidas por el IIS Aragón se centrarán en los siguientes aspectos comunes con las estrategias del SALUD, en cuanto a adecuación de la estructura, sostenibilidad y perdurabilidad económico-financiera, excelencia e innovación:

1. Fomento y gestión de la actividades de investigación e innovación sanitaria en Biomedicina, realizadas dentro del ámbito de actuación del IIS Aragón, en el marco de los planes de investigación e innovación nacionales, autonómicos y europeos y desarrollo.

2. Gestión de espacios e infraestructuras cedidos por los centros al IIS Aragón, para que éste los dedique a fines de investigación y espacio de trabajo de los grupos que le sean adscritos.

3. Formación en investigación de los investigadores pertenecientes al SALUD adscritos al IIS Aragón, de acuerdo a las directrices de la Comisión de Formación del IIS Aragón, en la que están representados los centros integrantes del instituto y su plan de formación.

Todo ello, según el detalle que se especifica en los anexos del presente convenio.

Segunda.- Compromisos del SALUD.

El SALUD asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1. Destinar las cuantías aportadas por el IIS Aragón al cumplimiento de los fines de cada actuación establecida en la cláusula cuarta del presente convenio, acreditando su aplicación si así lo requiere el IIS Aragón y comunicando, en su caso, las alteraciones que puedan producirse en ejecución del convenio.

2. Someterse a las actuaciones de seguimiento y control requeridas por los organismos oficiales adjudicatarios de subvenciones, admitiendo la presencia de la o las personas designadas oficialmente para la auditoría de seguimiento y evaluación de los programas financiados, facilitándoles cuanta información, datos contables o de otro tipo, sean solicitados a tal efecto.

3. Facilitar la asistencia de los profesionales del SALUD, para participar en los grupos de trabajo, comisiones técnicas y reuniones de grupos de expertos que se establezcan para desarrollar las actividades contenidas en el objeto de este convenio.

4. Hacer constar en cualquier acto o medio de difusión de los centros o de las actividades y servicios que en ellos se desarrollan, que su financiación se realiza con la colaboración del IIS Aragón utilizando modelos debidamente autorizados por el Gobierno de Aragón. Si en la financiación de alguno de los programas participasen fondos europeos o provenientes de otras instituciones públicas, se hará constar tal circunstancia, conforme a las normas que regulan dicha publicidad.

5. Adscribir las instalaciones y medios materiales destinados al desarrollo de las actividades contempladas en este convenio, según detalle especificado en su anexo II.

6. Prestar el apoyo necesario, dando soporte al personal dedicado a investigación en los centros. Las acciones de apoyo comprenderán, entre otras, el soporte informático y la inclusión en el procedimiento de acogida a los trabajadores adscritos y contratados por el IIS Aragón que desarrollen su labor en centros asistenciales, así como el acceso a los servicios comunes de los centros.

Tercera.- Compromisos del IIS Aragón.

El IIS Aragón asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1. Transferir al SALUD el importe de las subvenciones y otras aportaciones necesarias para el desarrollo de las actuaciones comprendidas en la cláusula cuarta del presente convenio, de acuerdo con las normas reguladoras de cada subvención.

2. Verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones o requisitos determinantes para la realización del presente convenio.

3. Realizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el presente convenio, a efectos de justificación de las subvenciones obtenidas.

4. Proporcionar al SALUD la información necesaria sobre la participación de los investigadores en la ejecución de ensayos clínicos y otros proyectos, a fin de posibilitar el abono de la correspondiente retribución en la forma que corresponda a los interesados.

5. Proporcionar al SALUD la información necesaria para la contratación del personal asistencial con cargo a los fondos aportados por el IIS Aragón, bien sean provenientes de subvenciones o de recursos propios, y posterior liberación para la dedicación a investigación.

6. Protección de la propiedad intelectual/industrial del conocimiento obtenido por el personal de investigación del complejo hospitalario, siendo el IIS Aragón quien asumirá la titularidad de la misma, según se establece en el acuerdo fundacional. Promover y gestionar la innovación, gestionar la valorización, y así como la propiedad intelectual de los distintos productos, técnicas o procesos trasferibles al ámbito empresarial.

Cuarta.- Aportación del IIS Aragón al SALUD.

Las cuantías a aportar por el IIS Aragón vendrán determinadas por los siguientes conceptos:

1. Fomento de actividades de investigación:

- Contratos "Juan Rodés".

- Intensificación de la actividad investigadora.

- Acciones de promoción de la investigación.

2. Fomento y gestión de investigación con medicamentos:

Los importes a aportar en el 2016 se especifican, detallados por los diferentes conceptos, en el anexo I del presente convenio.

Quinta.- Aportación del SALUD al IIS Aragón.

El SALUD cederá el uso de los espacios que se detallan en el anexo Il del presente convenio, para su uso por el IIS Aragón, afecto a los fines de investigación que le son propios.

El SALUD asumirá el mantenimiento de los locales y las instalaciones fijas, siendo por cuenta del IIS Aragón el mantenimiento de los equipos instalados para su uso a fines de investigación.

El IIS Aragón se compromete a notificar al SALUD la instalación de cualquier aparato que, en todo caso, quedará supeditada a la conformidad previa del SALUD. Las modificaciones en las instalaciones fijas que sean precisas para la instalación de los aparatos a utilizar, a fines de investigación, correrán por cuenta del SALUD, con la excepción de aquellas que por su especialización y especificidad traigan causa exclusiva del equipo a instalar.

Sexta.- Pago de las aportaciones.

El pago de la aportación del IIS Aragón se hará de la siguiente forma:

1. Contratos de intensificación de la actividad investigadora y contratados "Juan Rodés": El importe correspondiente a estas acciones se transferirá tras la verificación del cumplimiento de los requisitos formales exigidos.

2. Compensación por la participación de investigadores en ensayos clínicos (EC), estudios post autorización de tipo observacional (EPAs) y proyectos de investigación (PI): Se realizará una liquidación cada tres meses, transfiriéndose el importe resultante de la misma.

Séptima.- Justificación.

Los documentos justificativos a presentar serán aquellos requeridos por los organismos financiadores de cada una de las acciones, que deberán presentarse en el IIS Aragón respetando los plazos de cada una de las convocatorias.

En el caso de justificación parcial, se abonará solamente la parte que corresponda según la justificación presentada, siempre que ésta sea superior al pago anticipado. Si dicha justificación es inferior al pago anticipado, el SALUD deberá reintegrar el exceso sobre lo justificado en la forma que el IIS Aragón le indique.

Octava.- Vigencia.

El presente convenio se suscribe con efectos de 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, englobando todas las actuaciones producidas a lo largo de dicho ejercicio.

Novena.- Comisión de gestión y seguimiento.

Para la interpretación y seguimiento de la ejecución del presente convenio, se constituirá una comisión paritaria de seguimiento entre el SALUD y el IIS Aragón, integrada por dos representantes de cada una de las instituciones.

Décima.- Evaluación y seguimiento.

Las actuaciones subvencionadas en el presente convenio serán sometidas a la evaluación y, en su caso, al control financiero, a desarrollar por los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón competentes en la materia.

Decimoprimera.- Reintegros.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, indebidamente o por exceso, por el SALUD y el abono de los correspondientes intereses de demora, en los siguientes casos:

1. Cuando por obtención de otras subvenciones, ayudas u otros ingresos de cualquier Administración Pública o de otras instituciones públicas o privadas, la cuantía de la aportación del IIS Aragón, en concurrencia con las mismas, supere el coste de la actuación subvencionada.

2. Cuando haya transcurrido el plazo para justificar la cuantía aportada por el IIS Aragón, sin haberlo efectuado conforme a las normas establecidas, y haya recibido el SALUD el pago anticipado previsto en la cláusula sexta, punto 1.

Decimosegunda.- Causas de resolución.

El presente convenio podrá quedar resuelto por las siguientes causas:

1. Incumplimiento de los compromisos recogidos en el presente convenio.

2. Incumplimiento de la obligación de justificar en el plazo establecido.

3. Cambio de destino del objeto del convenio sin el consentimiento expreso y por escrito del IIS Aragón.

4. Obstrucción o negativa a las actuaciones de evaluación y seguimiento a que se refiere la cláusula décima del presente convenio.

En el caso de incumplimiento por parte del IIS Aragón, no podrá exigir el reintegro de las aportaciones realizadas al SALUD. El IIS Aragón asumirá la responsabilidad solidaria respecto a las obligaciones derivadas de la contratación del personal afecto a fines investigadores en razón a este convenio. El retraso injustificado en la transferencia de las aportaciones comprometidas en el presente convenio tendrá la consideración de "incumplimiento de compromiso recogido en el convenio" y dará lugar a la rescisión del mismo, que se acordará mediante resolución del Director Gerente del SALUD, previa audiencia de la Fundación IIS Aragón.

En el caso de incumplimiento por parte del SALUD, el IIS Aragón tendrá derecho al reintegro de la aportación que no se haya justificado, de acuerdo con las normas establecidas en el presente convenio.

Decimotercera.- Jurisdicción.

Las dudas y controversias que puedan surgir con motivo de la interpretación y aplicación del presente convenio, y que no puedan ser resueltas en el seno de la Comisión de gestión y seguimiento, se resolverán por el consejero del departamento responsable de salud y, en su caso, de conformidad con las normas aplicables en derecho ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa con sede en Zaragoza.

Y en prueba de conformidad con todo lo anterior, se firma este convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO I

FONDOS DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN SANITARIA ARAGÓN A TRASPASAR AL SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD

1. Para el fomento de actividades de investigación:

a) Contratos para la intensificación de la actividad investigadora.

Financiación de sustitutos para la liberación de tareas asistenciales de personal del Servicio Aragonés de Salud que realiza tareas de investigación. El incremento del tiempo dedicado a investigación repercute en una mayor producción científica. La dotación es de 30.000 € para liberar el 50% jornada asistencial anual en 2016.

- 3 intensificaciones, lo que suponen 90.000 € para 2016.

b) Contratos "Juan Rodés".

Financiación para la contratación de personal estatutario que realice labores asistenciales e investigadoras, con una dotación es de 45.000 € anuales durante un periodo de tres años.

- 2 contratos "Juan Rodés", suponen 90.000 € para 2016.

c) Acciones de promoción de la investigación IIS Aragón.

EI IIS Aragón, a través de fondos propios generados por "overheads" y prestación de servicios, impulsó una convocatoria propia para el fomento de la investigación entre sus grupos.

La convocatoria fue abierta y evaluada por el Comité Científico Externo.

En la categoría de Mejor Grupo Emergente, se concedió una ayuda para la intensificación al 25% de un facultativo para la liberación asistencial y fomento de la investigación, lo que supone 15.000 € para 2016.

2. Fomento y gestión de investigación con medicamentos.

El IIS Aragón se encarga del fomento y la gestión de los proyectos de investigación clínica realizada por investigadores adscritos, asumiendo la gestión material de los fondos económicos para el desarrollo de los mismos (ya sea, ensayos clínicos, estudios postautorización de tipo observacional o proyectos de investigación).

Dicha gestión, se realiza conforme a la Instrucción de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, de fecha 5 de diciembre de 2014.

La Fundación IIS Aragón transferirá al SALUD las cantidades correspondientes, que serán abonadas a los interesados como incentivo al rendimiento en concepto de complemento de productividad factor variable.

Los importes a liquidar por este concepto, durante el año 2016, ascienden a 232.302,38 €.

ANEXO II

GESTIÓN DE ESPACIOS E INFRAESTRUCTURAS DE INVESTIGACIÓN

El Servicio Aragonés de Salud cede el uso de los siguientes espacios, sin que medie compensación económica a su favor por cuenta del IIS Aragón: