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ORDEN de 5 de mayo de 2011, de la Consejera de Salud y Consumo, por la que se delega la competencia a que se refiere el artículo 67 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón.

Publicado el 20/05/2011 (Nº 98)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO

Texto completo:

El artículo 67.1 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, dispone que la segunda fase del procedimiento de provisión de los puestos de Jefe de Servicio o Sección de carácter asistencial «consistirá en la valoración del currículo del aspirante de acuerdo con el baremo de méritos que, con un máximo de cien puntos, será establecido por el Departamento de Salud y Consumo». A tenor de lo dispuesto en los artículos 34 y 35 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con objeto de conseguir una mayor agilidad administrativa, se hace necesario acordar la delegación de competencias que en la presente Orden se especifica. Por lo expuesto, de conformidad con la Disposición Final Primera del Decreto 37/2011, y en base a las competencias atribuidas por el Decreto 6/2008, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Salud y Consumo del Gobierno de Aragón, dispongo:

Artículo único. Objeto.

Se delega en la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, la competencia para establecer el baremo de méritos a que se refiere el párrafo segundo del artículo 67.1 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden tendrá efectividad el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 5 de mayo de 2011.

La Consejera de Salud y Consumo,

LUISA MARÍA NOENO CEAMANOS