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RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2013, de la Directora General de Energía y Minas, por la que se deja sin efecto la Resolución de 7 de julio de 2008, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de instalación eléctrica ampliación SET La Portillada de 132/20 kV en el término municipal de La Muela. Referencia expediente AT 30/2008 de la provincia de Zaragoza.

Publicado el 13/06/2013 (Nº 115)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

Visto el expediente número AT 30/2008 de la provincia de Zaragoza, referido a la autorización y aprobación de proyecto de ejecución de la instalación eléctrica Ampliación SET La Portillada 132/20 kV, de Endesa Distribución Eléctrica S.L. ubicada en el término municipal de La Muela (Zaragoza), se han apreciado los siguientes antecedentes:

Primero.- Con fecha 7 de julio de 2008, mediante resolución de la Directora General de Energía y Minas, se autorizaba la instalación eléctrica ampliación SET La Portillada 132/20 kV, y se aprobaba el proyecto de ejecución suscrito por D. Sergio Mur Plana y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y Rioja en fecha 17 de enero de 2008 con el número 443. La resolución se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón" número 131, con fecha 25 de agosto de 2008.

Segundo.- En la condición especial segunda de dicha Resolución de 7 de julio de 2008, se disponía que "El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir del día siguiente al de notificación al titular de la presente resolución". Y en la condición especial quinta de la misma resolución, se disponía que "La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella".

Tercero.- Trascurrido dicho plazo, el Director del Servicio Provincial de Zaragoza informa con fecha 30 de abril de 2013, que no se ha recibido el Certificado de Dirección de Obra acreditativo de la finalización de los trabajos, para proceder a la inspección y puesta en marcha, si procede. Además, la promotora de la instalación, Endesa Distribución Eléctrica, S.L., ha comunicado por escrito que no va a ejecutar al instalación proyectada.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, y demás normativa aplicable, y atendiendo a los siguientes fundamentos de derecho:

Primero.- De acuerdo con el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación. En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables, razón por la cual se dicta esta resolución.

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 7 de julio de 2008, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica, el plazo de puesta en marcha será de un año. Asimismo, dicha resolución establece que la Administración podrá dejarla sin efecto en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con las competencias conferidas en el Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, resuelvo:

Dejar sin efecto la Resolución de 7 de julio de 2008, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación eléctrica ampliación SET La Portillada 132/20 kV, y se aprueba el proyecto de ejecución suscrito por D. Sergio Mur Plana y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y Rioja en fecha 17 de enero de 2008, con número 443, cuyas características son las siguientes:

Titular: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.

Domicilio del titular: San Miguel, 10, de Zaragoza.

Ubicación de la instalación: término municipal de La Muela (Zaragoza).

Instalación:

Subestación Transformadora "LaPortillada" 132/20 kV.

Nivel de tensión de 132 kV. Intemperie, simple barra.

Dos nuevas posiciones de línea, que se denominarán "La Muela Oeste 1" y "La Muela Oeste 2", formada cada una de ellas, por

- Un seccionador de barras motorizado, 145 kV, 1.250 A y 31,5 kA

- Un interruptor automático, 145 kV, 3.150 A y 31,5 kA

- Tres transformadores de intensidad, 200-400-800/5-5-5-5 A

- Un seccionador de línea motorizado, con c.p.a t., 145 kV, 1.250A y 31,5 kA

- Tres autoválvulas 120 kV y 10 kA.

El presupuesto de la instalación proyectada asciende a 615.224,30 euros.

Y proceder al archivo de las actuaciones llevadas a cabo.

La presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de la misma, según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro recurso que en derecho proceda.

Zaragoza, 21 de mayo de 2013.- La Directora General de Energía y Minas, Marina Sevilla Tello.