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RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2013, de la Directora General de Energía y Minas, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de instalación eléctrica "LAT 220 kV evacuación parques eólicos Sierra de Oriche, Sierra Pelarda y Muela de Anadón a la fututa SET Muniesa 220 kV". Expediente número AT 1/12 de la provincia de Teruel.

Publicado el 07/04/2014 (Nº 69)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel, a petición de Parque Eólico Aragón, A.I.E., con domicilio en Argualas, 1 edificio Torreón, 50012-Zaragoza, solicitando la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación "LAT 220 kV evacuación parques eólicos Sierra de Oriche, Sierra Pelarda y Muela de Anadón a la futura SET Muniesa 220 kV" ubicada en los términos municipales de Anadón, Huesa del Común, Blesa y Muniesa (Teruel), así como el expediente derivado de dicha solicitud.

Vistos, el informe favorable-condicionado del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de fecha 25 de febrero de 2013; y el informe favorable del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel, de fecha 14 de octubre de 2013 en el que constan cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión.

Considerando que la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión; el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión; el Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna; el Real Decreto-Ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación concordante.

Considerando las competencias compartidas en materia de energía que el artículo 75.4 del vigente texto de Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a esta Comunidad Autónoma; y las funciones que conforme al Decreto 27/2012, de 24 de enero, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, me corresponden, resuelvo:

Autorizar la instalación "LAT 220 kV evacuación parques eólicos Sierra de Oriche, Sierra Pelarda y Muela de Anadón desde la SET Oriche a la SET Muniesa 220 kV" y aprobar el proyecto de ejecución suscrito por D. David Gavín Assó y visado por Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja en fecha 23 de mayo de 2011 con número 2482, cuyas características son las siguientes:

Titular: Parque Eólico Aragón, A.I.E.

Domicilio del titular: Argualas, 1 edificio Torreón, Zaragoza (Zaragoza).

Ubicación de la instalación: TT.MM. de Anadón, Huesa del Común, Blesa y Muniesa (Teruel).

Tipo instalación: Línea eléctrica evacuación generación.

Finalidad de la instalación: Evacuación energía eléctrica generada en parques eólicos Sierra de Oriche, Sierra Pelarda y La Muela de Anadón y posible utilización de parte de la línea para evacuación al nudo SET Muniesa, de otros parques del concurso de la zona E (orden de 21 de junio de 2011 del Consejero de Industria).

Presupuesto: 2.064.651,41 euros.

Caracteristicas técnicas:

Tensión nominal: 220 kV.

Potencia transporte: 57,8 MW.

Longitud: 16.893 metros.

Origen: Pórtico SET Oriche.

Final: Apoyo número 49 y último de la línea objeto del proyecto.

Número circuitos: Uno.

Tipo conductor fase: LA-380.

Número conductores fase: Uno.

Cable de tierra: OPGW 51E67Z Número Cables: Uno.

Tipo apoyos: Metálicos celosía.

La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa. La aprobación del proyecto se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones especiales siguientes:

1.º El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras al Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel a efectos del reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha, remitiendo el certificado de dirección de obra firmado por técnico competente y visado por el colegio oficial que corresponda.

2.º El plazo para la ejecución del proyecto aprobado y presentación de la solicitud de acta de puesta en servicio de la instalación será de cinco años contados a partir del día siguiente al de notificación al titular de la presente resolución.

Dicho plazo podrá ser ampliado conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o, en su caso, conforme a lo que pueda disponer la normativa especifica en la materia.

En cualquier caso, la petición de prórroga deberá presentarse, lo mas tardar, con dos meses de antelación al vencimiento del plazo y estar debidamente motivada, no pudiéndose otorgar la ampliación de plazo cuando se base en causas imputables al titular de la autorización.

3.º Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

4.º El Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel comprobará si en la ejecución del proyecto se cumplen las condiciones dispuestas en los Reglamentos que rigen los servicios de electricidad, para lo cual el titular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos, estando durante el período de construcción y después en el de explotación, bajo vigilancia e inspección del Servicio Provincial de Industria e Innovaciónde Teruel.

5.º La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

6.º Antes de la puesta en marcha deberá presentarse contrato suscrito con persona física o jurídica competente, la cual se hará responsable de mantener las instalaciones en el debido estado de conservación y funcionamiento.

7.º Se efectuarán las inspecciones periódicas reglamentariamente previstas en el artículo 13 del Reglamento de Centrales Eléctricas y Centros de Transformación, así como en el artículo 163 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y demás legislación vigente.

8.º Se cumplirá con los condicionados establecidos por los organismos afectados y con el condicionado establecido en la declaración de impacto ambiental del INAGA de fecha 25 de febrero de 2013 ya referenciada.

Esta autorización no releva la necesidad de obtener cualquier otra prevista en la legislación vigente.

La presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 27 de noviembre de 2013.- La Directora General de Energía y Minas, Marina Sevilla Tello.