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NOTIFICACIÓN del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca, al interesado relacionado en el anexo, de la resolución dictada en el expediente sancionador por infracción a la normativa de protección animal.

Publicado el 14/08/2013 (Nº 160)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

No habiendo sido posible notificar al interesado relacionado en el anexo la resolución dictada por el Director de este Servicio Provincial, por infracción de lo dispuesto en la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, y normativa reglamentaria relacionada, que ha recaído en el expediente que también se relaciona, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio se procede a su notificación, haciendo constar que el interesado tiene a su disposición la correspondiente resolución en dicho Servicio Provincial, sito en la plaza Cervantes, n.º 1, 3.º , de Huesca.

En consecuencia, se le da por notificado a todos los efectos significándole que contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente (edificio Gobierno de Aragón-plaza San Pedro Nolasco n.º 7, 50071-Zaragoza) en el plazo de un mes, computado a partir del día siguiente al de la fecha en que aparezca la última publicación de esta notificación, que se practica mediante la inserción de anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón" y en el tablón de edictos del ayuntamiento del último domicilio del inculpado, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente. Las resoluciones no serán ejecutivas en tanto no se resuelva el recurso de alzada que, en su caso, se interponga, o bien en tanto no transcurra el plazo para su interposición sin que ésta se produzca.

En el supuesto de que no se interponga recurso, el importe total deberá ser ingresado en la cuenta de la Diputación General de Aragón n.º 2085-2073-13-0330050702 de Ibercaja, agencia urbana n.º 4, de Huesca, sita en la calle General Lasheras núm. 5, indicando sus datos personales, el concepto por el que es sancionado y el número de expediente. Asimismo, deberá enviar fotocopia del resguardo de dicho ingreso al Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, plaza Cervantes, n.º 1 planta 3.ª, de Huesca, para su constancia en el expediente.

Dicho ingreso de acuerdo con el Reglamento General de Recaudación en relación con el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, deberá realizarse en los siguientes plazos:

a) Si recibe la notificación entre los días 1 y el 15 del mes, podrá pagar desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si recibe la notificación entre los días 16 y el último de cada mes, podrá pagar desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

De no abonar la multa en los citados plazos, no habiendo interpuesto recurso, y una vez transcurrido el plazo para hacerlo, se procederá a su exacción por la vía de apremio, según lo previsto en los artículos 95 y 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y 69 y siguientes del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Huesca, 30 de julio de 2013.- El Director del Servicio Provincial. P.S.R. (Artículo 10.3 Decreto 74/2000 de 11 de abril) El Secretario Provincial, Pedro Uldemolins Julve.

Anexo:

Nombre y apellidos: Víctor Manuel Nasarre Otín.

Número de expediente: H-119/13.

Preceptos Infringidos: Artículo 12 de la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, en relación con lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Orden de 6 de junio de 2006, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se regula la vacunación antirrábica obligatoria de la especie canina en la Comunidad Autónoma de Aragón. Artículo 16.1 de la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, en relación con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 64/2006, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la identificación, los censos municipales y el registro autonómico de los animales de compañía.

Sanción Impuesta: Ciento veinte euros (120 €).