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EDICTO del Servicio Provincial de Salud y Consumo de Huesca. Notificación de la resolución, expediente sancionador número 22/2009/SP/207.

Publicado el 14/04/2010 (Nº 72)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO

Texto completo:

No habiendo sido posible la notificación por correo de la resolución dictada en el expediente sancionador núm. 22/2009/SP/207 a D. Gaspar Rico Cámara con último domicilio conocido en paseo Isabel la Católica nº 14 de Torredelcampo (Jaén), de conformidad con lo dispuesto en los arts. 58, 59.4 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le notifica lo siguiente:

1.-Que por falta leve en materia de consumo, se le ha impuesto una sanción de 150 € por infracción al artículo 3.1 a) del Decreto 202/2000, de 11 de febrero por el que se establecen las Normas Relativas a los Manipuladores de Alimentos y 6.1 del Decreto 81/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Manipuladores de Alimentos de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como los artículos 25, 26 y 64 a 74 del Decreto 131/2006, de 23 de mayo del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones sanitarias en los establecimientos y actividades de comidas preparadas en relación con el art. 35 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

2.-Que tiene a su disposición la resolución integra recaída en el expediente citado, así como la notificación de la liquidación; pudiendo examinar y consultar el expediente que está a su disposición en la Dirección del Servicio Provincial de Salud y Consumo de Huesca, C/ San Jorge, 65.

3.-Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 58 en relación con el art. 54 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día de recibo de la presente notificación, ante el Director del Servicio Provincial de Salud y Consumo de Huesca o ante la Excma. Consejera de Salud y Consumo, para elevar lo actuado al órgano competente para su resolución, por cualquiera de los medios señalados en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.-Que podrá hacer efectiva la sanción en la c/c restringida número. 2085/2052/0 9/0430001814 de Ibercaja Oficina Principal de Huesca; una vez firme en vía administrativa la resolución, y transcurrido el plazo de pago voluntario, sin ingresar el importe de la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio con los recargos complementarios.

Huesca, 30 de marzo de 2010.-El Director Provincial, por ausencia, la Secretaria Provincial, Manuela Sánchez Gutiérrez.