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RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 25 de septiembre de 2007, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación Avícola de gallinas ponedoras con una capacidad de 571.228 plazas (2856 UGM), ubicada en el polígono 10, parcelas 93, 111 y 114, del término municipal de Villarreal de Huerva (Zaragoza), y promovida por Granja Virgen del Rosario S.L. (Expte. INAGA 500202/02/2018/08543).

Publicado el 29/11/2018 (Nº 231)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 3 de agosto de 2018, el promotor solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en incorporación de dos grupos electrógenos de emergencias y exención en la obligatoriedad de plantar pantalla vegetal perimetral.

Antecedentes de hecho

1. La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 25 de septiembre de 2007, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 121, de 15 de octubre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, para la explotación avícola de gallinas ponedoras existente, con capacidad de 571.228 plazas, ubicada en las parcelas 93, 111 y 114 del término municipal de Villareal de Huerva (Zaragoza), y promovida por la SAT 106 Ara Avícola Esteban. (Expte. INAGA 500301/02/2006/10926).

2. Mediante resolución, de 29 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 13, de 21 de enero de 2014, se modifica puntualmente, se cambia de titularidad y se actualiza la autorización ambiental integrada, por incorporación de centro de clasificación de huevos. (Número de Expte.INAGA 500601/02/2013/06235).

3. La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en incorporar los dos grupos electrógenos de emergencia existentes en la explotación y se solicita también la no obligatoriedad en la instalación de la pantalla vegetal perimetral de la explotación. Analizada la ubicación y tipología de los edificios que componen la explotación, con paredes y cubierta de color verde, procede estimar la solicitud al quedar la explotación integrada en el paisaje, conformado por campos de cultivo de secano.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; el Real Decreto 773/2011, de 3 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de gallinas ponedoras; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 29 de noviembre de 2013, por la que se actualizó la autorización ambiental integrada para la explotación avícola de gallinas ponedoras con una capacidad de 571.228 plazas, ubicada en las parcelas 93, 111 y 114 del polígono 10, del término municipal de Villareal de Huerva (Zaragoza), y promovida Granja Virgen del Rosario S.L, en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1.2. de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.2. Consumos de Recursos.

Agua: El abastecimiento de agua se realizará a través de dos pozos subterráneos, bombeándose hasta unos depósitos de almacenamiento. Se establece un consumo anual de agua en la explotación de 48.245 m³.

Pienso: Se estima una cantidad total de pienso consumido de 24.000 t/año.

Energía: El suministro de energía eléctrica se realiza mediante línea eléctrica con una potencia contratada para el conjunto de la explotación de 780 kW. Se establece un consumo eléctrico anual de 344.022 kWh. Asimismo, se dispone de dos grupos electrógenos diésel de 500 y 287 KVA".

El punto 1.8.3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.8.3. La instalación deberá integrarse todo lo posible con el entorno, para ello se utilizarán colores térreos en su pintura exterior".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 5 de noviembre de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL