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NOTIFICACIÓN del Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación de Zaragoza, de acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador por infracción a la normativa vigente en materia de Gestión Registro Vitícola.

Publicado el 14/04/2010 (Nº 72)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN

Texto completo:

No habiendo sido posible notificar el acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y la apertura de plazo de alegaciones, por presunta infracción a la normativa vigente en materia de Gestión del Registro Vitícola, se procede a su notificación, conforme determina el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la persona que se detalla en el anexo, nombrándose Instructor a D. Ricardo Azcona Arrondo.

En consecuencia, se le da por notificado a todos los efectos, siguiendo su curso el procedimiento y haciendo constar que, en un plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de publicación, puede examinar el expediente en las oficinas de este Servicio Provincial, sito en la plaza San Pedro Nolasco, nº 7-1ª planta, y formular por escrito las alegaciones que estime convenientes en su defensa, presentar documentos y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

De no efectuarse alegaciones, en virtud de lo previsto en el artículo 8 párrafo 2º del Decreto 28/2001, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Comunidad Autónoma de Aragón; el presente acuerdo de iniciación se podrá considerar propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 13 y 16 del reglamento precitado.

Zaragoza, 30 de marzo de 2010.-El Director del Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación, Bienvenido Callao Navales.

ANEXO

Nº de expediente: G.R.V.-Z- 40/2010

Interesado: Doña Rosario González García

Acuerdo de iniciación por una infracción administrativa calificada como leve, en el artículo 38.1.J) de la ley 24/2003 de 10 de julio de la Viña y del Vino.