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RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 3 de mayo de 2013, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta 4.160 plazas (499,20 UGM), situada en el polígono 601, parcela 212, del término municipal de Bujaraloz (Zaragoza), y promovida por Inversiones Ciers, S.L. (Número de Expediente INAGA 500601/02/2016/05140).

Publicado el 16/03/2017 (Nº 52)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 8 de junio de 2016, se presenta escrito en este Instituto, por Hans Ciers, en representación de Inversiones Ciers, S.L., con CIF: B25665480, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación por ampliación del plazo establecido para el inicio de la actividad.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 3 de mayo de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 108, de 4 de junio de 2013 (Número Expte. INAGA 500601/02/2012/01471).

Segundo.- Mediante Resolución de 18 de noviembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10075).

Tercero.- Con fecha 19 de enero de 2017, se solicita informe al Ayuntamiento de Bujaraloz acerca de aquellos aspectos que sean de su competencia, así como de posibles expedientes que se hubieran iniciado y pudieran interferir con la resolución del presente. Transcurrido el plazo establecido sin haber obtenido respuesta, se continúa con la tramitación.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 3 de mayo de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo, en el término municipal de Bujaraloz (Zaragoza), promovida por Inversiones Ciers, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.1. El inicio de las obras para la ejecución del proyecto deberá comenzar antes del 11 de diciembre de 2020. Si transcurrido el plazo, el promotor no ha comenzado su ejecución, deberá comunicarlo a este Instituto Aragonés de Gestión Ambiental para que, si procede, establezca nuevas prescripciones incluso las referidas al ámbito temporal y efectos de la presente declaración o, en su caso, acuerde la necesidad de iniciar un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental".

El punto 3 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"3. El comienzo de la actividad ampliada deberá ser anterior al 4 de junio de 2021; de otra forma, la presente resolución quedará anulada y sin efecto".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 16 de febrero de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL