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ANUNCIO del Servicio Provincial de Economía y Empleo de Teruel, por el que se notifica la orden recaída en el expediente que se detalla en el anexo.

Publicado el 14/08/2013 (Nº 160)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO

Texto completo:

Intentada la notificación, sin haberse podido practicar, de la orden dictada en el expediente sancionador iniciado por acta de la Inspección de Trabajo, recaída contra la empresa que se detalla en el anexo, se procede a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunicándole que la citada orden así como el expediente administrativo completo se encuentra a su disposición en el Servicio Provincial de Economía y Empleo, calle San Francisco 1, de Teruel.

La referida orden, que agota la vía administrativa, podrá ser impugnada ante el correspondiente Juzgado de lo Social, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 2 n), 6.2 b), 10.4 y 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Con independencia de la impugnación ante la jurisdicción social y a tenor de lo dispuesto en el artículo 138.3 de la Ley 30/1992, teniendo en cuenta, en su caso, lo prevenido por el artículo 152 de la Ley 36/2011, deberá abonar la sanción impuesta, mediante ingreso directo en la c/c restringida n.º 2085-3877-93-03-000511-23 de Ibercaja, agencia 4 (avenida Sanz Gadea, 2, de Teruel) a nombre de Diputación General de Aragón - Departamento de Economía y Empleo - Sanciones Laborales, haciendo constar el número de expediente, en los plazos siguientes:

- Si la publicación de esta notificación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

- Si la publicación de esta notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

De no abonar la sanción en vía voluntaria, se procederá a su recaudación por la vía ejecutiva, siguiendo el procedimiento señalado en el Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, incrementada con el recargo de apremio, y en su caso, con los correspondientes intereses de demora.

Teruel, 29 de julio de 2013.- El Director del Servicio Provincial de Economía y Empleo, Francisco Melero Crespo.

Anexo:

N.º de expediente: 24-2012-SH.

N.º de acta: I442012000002407.

Empresa y domicilio: Comunidad de propietarios calle Miguel Ibáñez, 17. Teruel.

Importe de la sanción: 4.796 euros.