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RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2017, de la Directora del Servicio Provincial de Economía y Empleo de Huesca, complementaria a la de 20 de octubre de 2016, por la que se determinan las fiestas locales de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles, para el año 2017 en los municipios de la provincia de Huesca.

Publicado el 16/03/2017 (Nº 52)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", de fecha 16 de noviembre de 2016, Resolución de la Directora del Servicio Provincial de Economía y Empleo, de 20 de octubre de 2016, por la que se fijaron las fiestas locales de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles en la mayoría de los municipios de la provincia de Huesca, previéndose una posterior publicación de las fiestas de aquellos otros que no fueran incluidos en la citada resolución al demorarse la propuesta del Pleno del ayuntamiento.

Han sido recibidas las nuevas propuestas de fiestas locales de los ayuntamientos de la provincia de Huesca, que procede acoger.

Habiéndose procedido por parte de tres ayuntamientos a comunicar error en la designación de una de las fiestas locales para el año 2017, se procede a su subsanación en el sentido que se indica a continuación:

En la página 29855 donde dice "Esplús. 23 de enero y 16 de agosto", debe decir: "Esplús. 20 de enero y 16 de agosto".

En la página 29856 donde dice "Gurrea de Gállego. 8 de septiembre y 7 de diciembre", debe decir: "Gurrea de Gállego. 15 de mayo y 8 de septiembre".

En la página 29856 donde dice "Laspuña. 20 de enero y 21 de septiembre. San Sebastián y San Mateo", debe decir: "Laspuña. 20 de enero y 22 de septiembre. San Sebastián y San Mateo".

En su virtud, y siendo competente este Servicio, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, ("Boletín Oficial de Aragón", de 6 de julio de 2015), por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, artículo 4.1.a) y disposición transitoria única resuelve:

1.º Las fiestas locales de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles correspondientes al año 2017 en los respectivos municipios de la provincia de Huesca, son las que figuran como anexo a la presente resolución.

2.º Ordenar su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón",

Huesca, 20 de febrero de 2017.

La Directora del Servicio Provincial,

P. A. (Decreto 74/2000, de 11 de abril, del

Gobierno de Aragón)

La Secretaria Provincial,

M.ª Elena Climente Brun.

RELACIÓN DE DÍAS FESTIVOS DE CARÁCTER LOCAL DE LOS DISTINTOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE HUESCA PARA EL AÑO 2017.

Perarrua. 29 de julio y 5 de agosto.

Salas Altas. 2 de febrero y 17 de abril. Fiesta de la Candelera y Lunes de Pascua.

Sesa. 17 de abril y 16 de diciembre. Lunes de Pascua y Virgen de la Jarea.

Torrente de Cinca. 17 de enero y 4 de agosto. San Antonio Abad y San Salvador.