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DECRETO 123/2014, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se declara bien de interés cultural inmaterial el oficio religioso "Tota Pulchra".

Publicado el 29/07/2014 (Nº 147)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Patrimonio Cultural de Aragón está integrado, tal y como se regula en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés ("Boletín Oficial de Aragón", de 29 de marzo de 1999), por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental, cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o debajo de las aguas.

Estos bienes pueden ser protegidos, en función de su relevancia cultural, bajo las figuras de bien de interés cultural, bien catalogado y bienes inventariado. El artículo 12 de la ley aragonesa define los bienes de interés cultural como los bienes más relevantes del Patrimonio Cultural aragonés. Este mismo precepto prevé además diferentes categorías de protección para los bienes de interés cultural en función de la naturaleza de éstos, siendo una de ellas la de bien inmaterial, esto es, la prevista para las actividades tradicionales que contengan especiales elementos constitutivos del patrimonio etnológico de Aragón. Tal es el caso del "Tota Pulchra", el oficio de vigilia de la Inmaculada Concepción de María que se celebra en la catedral de Huesca la tarde del 7 de diciembre, víspera de esa festividad mariana, conmemorando el voto que el Cabildo catedralicio, la Corporación Municipal y el consejo escolar del Instituto de Enseñanza Secundaria Ramón y Cajal de Huesca mantienen a la Inmaculada Concepción, cuya historia y valores culturales se recogen en el anexo único de este Decreto.

El artículo 18 de la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés exige que se tramite un expediente administrativo para la declaración de un bien de interés cultural. Dicho expediente ha de iniciarse por resolución del Director General responsable de Patrimonio Cultural. En función de este artículo, se inició el procedimiento mediante la Resolución, de 4 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se inicia el procedimiento para la declaración del "Tota Pulchra" como bien de interés cultural inmaterial y se abre un período de información pública. Esta Resolución fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", el 12 de noviembre de 2013.

Tras la iniciación del expediente y la apertura de un período de información pública, se dio audiencia a los interesados en el procedimiento. Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.6 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés se solicitó informe a Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de Huesca, que emitió informe favorable al respecto.

La tramitación de este procedimiento se ha realizado conforme a lo previsto a la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta de la Consejera del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, y previa deliberación, el Gobierno de Aragón, en su reunión del día 22 de julio de 2014,

DISPONGO:

Primero.- Objeto.

Es objeto del presente Decreto declarar bien de interés cultural inmaterial el oficio religioso "Tota Pulchra".

Los valores históricos y culturales del oficio religioso "Tota Pulchra" se recogen en el anexo único de este Decreto.

Segundo.- Régimen Jurídico.

El régimen jurídico aplicable al oficio religioso "Tota Pulchra" como bien de interés cultural inmaterial es el previsto en la Sección 1.ª del Capítulo I del Título Segundo de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural aragonés, en los Títulos Sexto y Séptimo de la misma ley, y en cuantos preceptos sean de aplicación general a los bienes de interés cultural.

Tercero.- Publicidad

El presente Decreto será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", y se notificará al Ayuntamiento de Huesca, al Cabildo catedralicio de Huesca y al consejo escolar del Instituto de Enseñanza Secundaria Ramón y Cajal de Huesca.

Zaragoza, 22 de julio de 2014.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ

ANEXO ÚNICO

Valores históricos y culturales

del oficio religioso "Tota Pulchra"

El "Tota Pulchra" es el oficio de vigilia de la Inmaculada Concepción de María que se celebra anualmente en la catedral de Huesca la tarde del 7 de diciembre, víspera de esa festividad mariana. Se trata de una rica liturgia en la que se congregan un gran número de oscenses, así como las instituciones de la ciudad que desde el siglo XV mantienen el voto a la Inmaculada Concepción: el Cabildo catedralicio, la Corporación Municipal y el consejo escolar del Instituto de Enseñanza Secundaria Ramón y Cajal de Huesca, heredero de la Universidad Sertoriana desde la desaparición de ésta en 1845. El oficio toma el nombre del canto "Tota Pulchra es, María", una antífona escrita originalmente hacia el siglo IV de la que existen numerosas versiones posteriores, y que todavía se interpreta en el oficio religioso.

La devoción de la Inmaculada Concepción de María es una de las celebraciones marianas más arraigadas en Aragón, fue declarada como día festivo por el monarca aragonés Martín I el Humano (1356-1410) en todos sus reinos. Asociada a esta devoción, la celebración del "Tota Pulchra" forma parte de la liturgia oscense desde el siglo XIX, como queda reflejado en el manuscrito catedralicio "Consueta Oscensis". En aquella época el oficio de celebración del voto a la Inmaculada Concepción tenía lugar en el antiguo convento franciscano que se situaba en la actual plaza de Navarra de Huesca, y la liturgia que se seguía en oficio era la misma que se seguía en la celebración de la Natividad de Jesucristo.

Se conserva testimonio documental del voto realizado por las instituciones oscenses a la Inmaculada Concepción en el año 1450 con motivo de una epidemia de peste que asoló la ciudad. Este voto de la ciudad y sus instituciones se ha mantenido y renovado a lo largo de los siglos. En 1619 una comisión de doctores de la Universidad Sertoriana notifica el voto realizado a la Inmaculada Concepción por la institución académica al Concejo municipal. A este voto se adhieren tanto el Concejo como el Cabildo catedralicio, quien propone una liturgia para la celebración de la vigilia. Este voto fue celebrado con un gran festejo popular en el que no faltaron luminarias en las ventanas, hogueras y toros ensogados, así como una procesión en la que participaron las tres instituciones y gran parte de la población.

La virulenta peste declarada el año 1651 en Huesca será la que lleve a la ciudad y a sus instituciones a renovar el voto a la Inmaculada Concepción el 4 de octubre, día de San Francisco de Asís. En el año 1652 se cumple por primera vez con el voto tras su renovación, y se celebra con una procesión desde la catedral de Huesca hasta el convento de San Francisco portando la imagen de la Virgen de la Concepción, llamada también Virgen del Voto. Tras la desaparición del convento franciscano en el siglo XVII, la vigilia de la Inmaculada se ha celebrado en la catedral consolidándose de este modo la fiesta del Voto en la capital oscense.

El misterio de la Inmaculada Concepción de la Virgen María es reconocido y definido por el papa Pío IX como dogma de la fe católica el 8 de diciembre de 1854 en la bula "Ineffabilis Deus", dándole un nuevo simbolismo a la festividad mariana.

En la catedral de Huesca, la víspera de esta festividad católica, se sigue celebrando el oficio del "Tota Pulchra", conmemorando así el voto que el Cabildo catedralicio, la Corporación Municipal y el consejo escolar del Instituto de Enseñanza Secundaria Ramón y Cajal de Huesca mantienen a la Inmaculada Concepción en un acto cultural y religioso que se caracteriza por el consenso institucional y popular de la comunidad que lo celebra y por el profundo arraigo en la memoria histórica colectiva de la ciudad de Huesca, así como por una liturgia que se enriquece con la interpretación de las siguientes piezas musicales:

- El "Ave Maris Stella" (himno gregoriano). Variaciones sobre el tema del "Ave Maris Stella" de José M.ª de Aso.

- El salmo 97 "Cantad al señor un cántico nuevo" de José M.ª de Aso.

- La antífona "Tota Pulchra es, María" de Giovanni Cesare.

- El canto gregoriano "Salve Regina Solemne".

- El "Magnificat".