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ORDEN ECD/1844/2017, de 2 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria del Programa "Coros Escolares" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas de régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2017- 2018.

Publicado el 22/11/2017 (Nº 224)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/895/2017, de 22 de junio de 2017 ("Boletín Oficial de Aragón", número 126, de 4 de julio de 2017), se convocó el Programa "Coros Escolares" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2017-2018.

De acuerdo con lo establecido en el apartado séptimo de la convocatoria, a propuesta del Director General de Innovación, Equidad y Participación, la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte resolverá mediante orden la convocatoria, señalando en relaciones separadas los centros seleccionados y los centros excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

Igualmente, prevé que la relación de centros seleccionados y excluidos sea publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", y a través de la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org.

De conformidad con lo anterior, y una vez evacuados los trámites oportunos, mediante Resolución de 30 de octubre de 2017, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, se dictó propuesta de resolución definitiva del procedimiento, resuelvo:

Primero.- Aprobar la relación de centros seleccionados en la convocatoria del Programa "Coros Escolares" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas en régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2017-2018, que figuran en el anexo I de esta orden.

Segundo.- Aprobar la relación de los centros excluidos, los cuales figuran en el anexo II de esta orden.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org.

Cuarto.- Esta orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta orden, que agota vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien ser impugnado directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo establecido en los artículos, 10, 14, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Asímismo, de acuerdo con dicha normativa, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a la orden que resuelva mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 2 de noviembre de 2017.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN