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ORDEN de 24 de septiembre de 2014, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde total administrativo del monte 379 del Catalogo de Utilidad Publica de la provincia de Teruel, denominado "El Enar", perteneciente al Ayuntamiento de Formiche Alto (Teruel) y situado en su término municipal (antiguo Formiche Bajo).

Publicado el 22/10/2014 (Nº 207)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el expediente de deslinde total administrativo del monte de utilidad pública número 379 denominado "El Enar", perteneciente al Ayuntamiento de Formiche Alto y situado en su término municipal (antiguo Formiche Bajo), resultan de él los siguientes:

Antecedentes:

Primero.- El 23 de mayo de 2013 el Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel solicita autorización a la Dirección General de Gestión Forestal, para declarar en estado de deslinde el monte 379 y nombrar Ingeniero operador.

Segundo.- El 30 de mayo de 2013 el Ayuntamiento de Formiche Alto comunica su interés porque se inicien los deslindes de los montes de Utilidad Pública 379 y 380 de su término municipal.

Tercero.- Por Resolución de la Dirección General de Gestión Forestal, de 3 de junio de 2012, se resuelve autorizar al Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel para que declare en estado de deslinde el monte del C.U.P. de la provincia de Teruel número 379 y nombre Ingeniero operador para las operaciones de apeo.

Cuarto.- La declaración en Estado de deslinde del monte del C.U.P. de la provincia de Teruel número 379 denominado "El Enar", situado en el término municipal de Formiche Alto, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 8, de 14 de enero de 2014.

Quinto.- En el "Boletín Oficial de Aragón", número 8, de 14 de enero de 2014 se anuncia el comienzo de las operaciones de deslinde total administrativo del monte 379 del C.U.P. de Teruel, en el que se fija la fecha de 12 de febrero de 2014, y se señala como lugar de reunión el Ayuntamiento de Formiche Alto a las 10:00 horas y nombra Ingeniero operador al Ingeniero de Montes D. José Ramón Anadón Escobedo, cumpliéndose las condiciones de plazos establecidas en el vigente Reglamento de Montes.

Sexto.- Con registro de salida número 1682, de fecha 14 de enero de 2014, se remite a los colindantes de domicilio conocido la notificación del inicio de operaciones.

Séptimo.- Con fecha 20 de enero de 2014 se remiten a los Ayuntamientos de Formiche Alto y de La Puebla de Valverde sendos escritos, en los que se comunica la publicación del anuncio de inicio de las operaciones de deslinde, para su exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y para el nombramiento de la Comisión o Junta Rectora municipal que pueda asistir a las operaciones.

Octavo.- Con fecha 20 de enero de 2014 se remiten escritos a la Comarca de Gúdar-Javalambre, en los que se comunica la publicación del anuncio de inicio de las operaciones de deslinde, para su exposición en el tablón de anuncios de la Comarca y para el nombramiento de la Comisión o Junta Rectora que pueda asistir a las operaciones.

Noveno.- Con fecha 12 de febrero de 2014, el Secretario del Ayuntamiento de La Puebla de Valverde certifica la exposición en el tablón de anuncios municipal del edicto de inicio de operaciones del deslinde.

Décimo.- Con fecha 14 de febrero de 2014, la Secretaria-Interventora de la Comarca Gúdar-Javalambre certifica la exposición en el tablón de anuncios del edicto de inicio de operaciones del deslinde.

Decimoprimero.- Con fecha 24 de febrero de 2014 el Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Formiche Alto certifica la exposición en el tablón de anuncios municipal del edicto de inicio de operaciones del deslinde.

Decimosegundo.- El apeo se realizó en doce jornadas de trabajo entre los meses de febrero a abril de 2014. El resultado del deslinde son dos perímetros exteriores con doce enclavados. Se levantaron las correspondientes actas, en las que se expresa el itinerario seguido para la colocación de los piquetes que circunscriben los perímetros exteriores e interior del monte con su numeración, que fueron suscritas por los presentes, quedando su situación reflejada en el plano.

Decimotercero.- El 9 de mayo de 2014, se emite Informe por el Ingeniero operador, en el que da cuenta de la tramitación seguida, del apeo, del perímetro fijado y de las servidumbres, cabidas y la propuesta de resolución del deslinde.

Decimocuarto.- El periodo de audiencia y vista y período de reclamaciones del expediente se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 103, de fecha 29 de mayo de 2014.

Decimoquinto.- El mismo anuncio es comunicado, para que sea expuesto en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Formiche Alto y La Puebla de Valverde y del Consejo Comarcal de la Comarca de Gúdar-Javalambre y es comunicado a los particulares colindantes con domicilio conocido.

Decimosexto.- Según consta en la certificación del Secretario del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de fecha 2 de julio de 2014 no se presenta ninguna reclamación durante el período de audiencia y vista del expediente.

Decimoséptimo.- Con fecha 10 de julio de 2014 la Secretaria-Interventora de la Comarca de Gúdar-Javalambre certifica la exposición del anuncio del período de vista, en el tablón de anuncios sin que se hayan recibido alegaciones.

Decimoctavo.- Con fecha 11 julio de 2014, el Secretario-Interventor del Ayuntamiento de La Puebla de Valverde certifica la exposición del anuncio del período de vista en el tablón de anuncios del municipio por plazo de un mes.

Décimonoveno.- Con fecha 21 de julio de 2014, el Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Formiche Alto certifica la exposición del anuncio del período de vista, en el tablón de anuncios, sin que se hayan producido alegaciones.

Vigésimo.- La Directora del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en Teruel, de acuerdo con el artículo 125 del Reglamento de Montes, con fecha 4 de agosto de 2014, emite Informe-propuesta favorable a la aprobación del deslinde y eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por el Ingeniero de Montes operador del deslinde.

Fundamentos jurídicos:

Primero.- En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al deslinde de montes públicos, habiéndose insertado los reglamentarios anuncios en el "Boletín Oficial de Aragón", y se ha notificado debidamente al Ayuntamiento de Formiche Alto, a la Comarca de Gúdar-Javalambre, y a todos los particulares y Administraciones que constaran como interesados y tuvieran domicilio conocido.

Segundo.- Durante la práctica del apeo no se presentó protesta alguna respecto al mismo, según consta en las actas del apeo.

Tercero.- Durante el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentó ninguna reclamación.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón, la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón; la Ley 3/2014, de 29 de mayo, que modifica la anterior; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; la Ley 10/2006, de 28 de abril, que modifica la anterior, el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto 333/2011 de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.

De conformidad con el Informe-propuesta de la Directora del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, y a propuesta del Director General de Gestión Forestal, resuelvo:

Primero.- Aprobar el deslinde total administrativo del monte del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Teruel número 379, denominado "El Enar", perteneciente al Ayuntamiento de Formiche Alto, y situado en su término municipal (antiguo Formiche Bajo) de acuerdo con las actas, registro topográfico y plano que figuran en el expediente, quedando el monte con la descripción siguiente:

Provincia: Teruel.

Número del Catálogo: 379.

Nombre: "El Enar".

Término municipal: Formiche Alto.

Comarca: Gúdar-Javalambre.

Pertenencia: Ayuntamiento de Formiche Alto.

Límites:

Perímetro 1:

Norte: Propiedades particulares.

Este: Propiedades particulares, río Mijares y acequia Mas de Valero.

Sur: Propiedades particulares.

Oeste: Ayuntamiento de Formiche Alto y Diputación Provincial de Teruel.

Enclavados: Tiene tres enclavados: A, B y C.

Perímetro 2:

Norte: Propiedades particulares y camino de la loma Sarrión.

Este: Pista de Valbona y Propiedades particulares.

Sur: Propiedades particulares y término de La Puebla de Valverde.

Oeste: Propiedades particulares, camino de la loma Sarrión, barranco de la Incosa y término de La puebla de Valverde.

Enclavados: Tiene nueve enclavados: D, E, F, G, H, I, J, K, y L.

Descripción de linderos:

Perímetro 1:

El límite Norte queda definido por la línea entre los piquetes 27 a 40 que se une al 1 hasta el 5 con rumbo predominante noreste. El piquete 27 se coloca junto a la pista de Valbona y desciende por pared hasta el piquete 29 y luego con tendencia al sureste, por pared, llega al piquete 32, desde donde asciende hasta el piquete 33. Sigue por pared, con rumbo sur, hasta el piquete 35 y luego con rumbo este llega al piquete 37. Con rumbo norte se dirige al piquete 40 y continúa hasta el 1 para descender por pared, con rumbo este-noreste, hasta el piquete número 3 colocado en mojón. Luego con rumbo norte, por pared, llega al piquete 4 y desciende, con rumbo este, hasta el piquete número 5.

El límite Este queda definido por los piquetes 5 a 17 que definen una línea con rumbo predominante sureste. El piquete 5 se coloca en camino y con rumbo sureste desciende hasta el piquete número 6 que se coloca frente al azud de Mas de Valero en el río Mijares. Gira a sureste y por el río y luego paralelo a la acequia de Mas de Valero llega al piquete número 10. Tras varios cambios de dirección pasa por la balsa del caracol y llega de nuevo a la acequia de Mas de Valero donde se coloca el piquete 13. Finalmente sigue por camino, con varios cambios de rumbo, y llega al piquete número 17, que se coloca en mojón.

El límite Sur lo constituye la línea, de orientación general suroeste, definida por los piquetes 17 a 22. La colindancia es con particulares discurriendo por zona de carrascal y rebollar hasta llegar al piquete 22 que se coloca en la pista de Valbona.

El límite Oeste: queda definido por la línea formada por los piquetes 22 a 27 y rumbo noroeste hasta el piquete 25 y luego norte hasta el piquete 27 siempre discurriendo paralelo a la pista de Valbona.

Enclavados del perímetro 1: A, B y C.

Enclavado A: Bolaje I.

Se encuentra en el paraje de El Bolaje y está constituido por las parcelas 62, 63, 64 y 65 del polígono catastral 124. Es propiedad de Ángela Torres Jorge y de las Hermanas Montolio Escriche. Su cabida es de 1,71 ha.

Está formado por una zona abancalada con plantaciones truferas valladas, en la zona noreste y con antiguos regadíos, hoy abandonados, en el sur.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1A a 18A y queda completamente inscrito en el monte, por lo que linda con él por todos sus vientos.

Enclavado B: Las Moratillas.

Se encuentra en el paraje de Las Moratillas y está constituido por las parcelas 70 y 72 del polígono catastral 124. Es propiedad de Emilio Marqués del Pino. Su cabida es de 0,17 ha.

Está formado por un bancal plantado de nogales.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1B a 6B y queda completamente inscrito en el monte, por lo que linda con él por todos sus vientos.

Enclavado C: La Majadica.

Se encuentra en el paraje de La Majadica y está constituido por la parcela 154 del polígono catastral 123. Es propiedad de Amparo Mengod Marqués. Su cabida es de 0,24 ha.

Está formado por bancales en disposición de aterrazados hoy abandonados al cultivo.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1C a 7C y queda completamente inscrito en el monte, por lo que linda con él por todos sus vientos.

Perímetro 2:

El límite Norte queda definido entre los piquetes 465 a 41. Discurre con orientación noreste pero hasta llegar al piquete 41 se producen cambios de rumbo en todos los sentidos. Se dirige hacia el noreste por camino y cultivo hasta el piquete 471 y luego por zona de cultivo y rumbo noroeste llega al piquete 478, que se coloca en camino. Al piquete 484 llega con rumbo sureste por rebollar y cruzando camino hacia el noreste se coloca el piquete 485. Desciende hasta el camino de las Cofradías, con rumbo sur, y llega por él hasta el piquete 491. Por barranco y rumbo sureste desciende hasta el piquete 496 para girar al noroeste y ascender por el eje de barranco hasta el piquete 499 y de aquí hacia el noreste asciende al piquete 500. Gira al sureste para colocar el piquete 501 y luego toma rumbo norte para llegar al piquete 505 que se coloca en el camino de la loma Sarrión. Desciende al camino de El Enar (piquete 506) con rumbo este y desde aquí con rumbo principal al noroeste por el antiguo camino de Mora asciende al camino de la loma Sarrión donde se coloca el piquete 513. Ahora desciende al antiguo camino de Mora (piquete 516) y luego sigue hacia el norte por pared y camino que lo cruza para colocar el piquete 519 en explanada. Toma rumbo hacia el sureste hasta el piquete 525 y luego con rumbo noreste cierra perímetro con el piquete número 41.

El límite Este, queda definido entre los piquetes 41 a 113 que definen una línea de orientación sureste. El piquete 41 se coloca en la pista de Valbona y la sigue hasta el piquete 47. Asciende hasta el encuentro con el camino de El Enar donde se coloca el piquete 49. El camino, que queda incorporado al monte, lo sigue hasta el piquete 61. Luego tras varios cambios de dirección llega a un camino secundario donde se coloca el piquete 64 y tras cruzarlo asciende hasta el encuentro con el camino de El Enar donde se coloca el piquete 66. Sigue el camino hasta el piquete 69 y luego, con rumbo suroeste asciende hasta el piquete 74. Gira al sur y llega a un barranco, donde se coloca el piquete 75, y lo sigue hasta el piquete 77. Luego gira al sureste y por zona rasa llega al piquete 82, que se coloca en un pequeño cortado. Desciende hasta el camino de La Peñuela y al cruzarlo se coloca el piquete 87. Sigue paralelo y próximo al camino de La Peñuela hasta el piquete 95 y al cruzarlo se coloca el piquete 96 desde donde llega al piquete 97, que se coloca en un cortado. Sigue el cortado y luego por zona llana hasta llegar al piquete 101 que se coloca en las proximidades del río Mijares. Tras varios giros asciende hasta el piquete 104, que se coloca en el camino de La Peñuela. Cruza el camino y llega al piquete 106 desde donde sigue por vestigio de camino, próximo a cultivo, hasta colocar el piquete 113.

El límite Sur queda definido entre los piquetes 113 a 135 definiendo una alineación con tendencia ligeramente hacia el suroeste. Por campo de cultivo llega al piquete 115 y con rumbo oeste, pasando junto a un corral, llega la piquete 119 para girar hacia el sur hasta el piquete 122, que se coloca en el límite de términos con La Puebla de Valverde. Sigue la línea de términos, salvo dos entrantes, hasta colocar el piquete 135.

El límite Oeste queda definido por los piquetes 135 a 465. El rumbo principal es noroeste pero hasta llegar al piquete 465 hace numerosos cambios de rumbo en todos los sentidos. Colocado el piquete 135 en la línea de términos con La Puebla de Valverde toma rumbo principal hacia el noroeste para llegar paralelo a un camino y por cortado al piquete 147 y seguidamente se dirige al sureste hasta llegar al piquete 184 atravesando primero por zona rasa (piquete 159), luego desciende por loma y carrascal (piquete 169), a continuación asciende hasta el piquete 175, por bancales abandonados, y luego sigue ribazos, en ascenso, hasta el piquete 180 para llegar por zona alomada al piquete 184. Del 184 con rumbo norte y junto a campos de cultivo llega al piquete 190 y gira a noroeste hasta llegar al camino de los morquetas, donde se ubica el piquete 209. Desde aquí con rumbo principal al noroeste llega al piquete 287, primero bordeando cultivos y vallas truferas hasta el piquete 227, luego por zona rasa llega la piquete 245 y por zona no muy poblada continúa hasta colocar el piquete 251 para seguir por coscojar y rebollar al piquete 271, a continuación por zona de carrascal llega al piquete 282 y se dirige al encuentro con el camino de la loma de Sarrión (piquete 284) que lo sigue hasta el piquete 287. Toma rumbo hacia el sur hasta el piquete 324 siguiendo el camino del corral de la Rocha (piquete 300) y luego, ascendiendo y descendiendo, llega al camino de la loma Sarrión, donde se coloca el piquete 318 y lo sigue hasta el piquete 321, desde donde se dirige al encuentro con el término de La Puebla de Valverde en el piquete 324. Desciende al barranco de La Incosa (piquete 325) y lo sigue, ascendiendo hasta el piquete 337 y cruzándolo lo sigue por zonas de cultivos y llega al piquete 343, que se coloca en camino. Sigue el camino y luego por zona de carrascal hasta llegar a la rambla del Sabucar y al cruzarla se coloca el piquete 350. Toma rumbo norte-noroeste avanzando por cultivos abandonados y de truferas para volver a la rambla donde se coloca el piquete 358. Sigue por igual terreno y al llegar a las proximidades de una valla trufera se coloca el piquete 370 y siguiéndola llega al piquete 374, desde donde sigue por una val, hasta que la rodea totalmente, y se coloca el piquete 387 en un cultivo. Del piquete 387 al 394 sigue cultivos y ribazos y luego por zona rasa llega al piquete 398, que se coloca en un camino. A continuación por cultivos y zona rasa desciende a una barranquera donde se coloca el piquete 406 y siguiendo pared se coloca el piquete 408 en un mojón. Sigue hacia el norte siguiendo bancales abandonados hasta el piquete 412, que se coloca en una valla trufera, luego asciende y desciende hasta llegar al barranco de La Incosa (piquete 419) para avanzar por valla trufera y cortado hasta el piquete 424 y por cultivos abandonados llega al piquete 428, que se coloca en pared para ascender por rambla al piquete 430 y girando al oeste asciende al piquete 431. Del 431 al 454 el rumbo es de tendencia hacia el noroeste siguiendo por cultivos abandonados y vallas truferas hasta llegar al paso del Cabezo (piquete 454). Sigue, con rumbo sur-suroeste, por ribazos hasta un morrón (piquete 457) y luego desciende a camino para colocar el piquete 460 y girando a norte-noroeste, por carrascal, llega al piquete 465 que se coloca en pared de cerrada.

Enclavados del perímetro 2: D, E, F, G, H, I, J, K y L.

Enclavado D: El Majano.

Se encuentra en el paraje del mismo nombre y está constituido por la parcela 41 del polígono catastral 110. Es propiedad de Emilio Marqués del Pino. Su cabida es de 0,22 ha.

Está formado por una antigua tabla de cultivo hoy sin vegetación y orlada por la zona noreste por un ribazo poblado de carrascas.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1D a 4D y queda completamente inscrito en el monte, por lo que linda con él por todos sus vientos.

Enclavado E: Las Costeras I.

Se encuentra en el paraje del mismo nombre y está constituido por las parcelas 70 y 71 del polígono catastral 110. Es propiedad de Avelina Edo Ferrer y Pilar Martín Marques. Su cabida es de 0,24 ha.

Lo forman antiguas tablas aterrazadas de cultivos, hoy abandonados, y orladas por pared y en el centro existen pies dispersos de carrasca y rebollo.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1E a 4E y queda completamente inscrito en el monte, por lo que linda con él por todos sus vientos.

Enclavado F: Las Costeras II.

Se encuentra en el paraje del mismo nombre y está constituido por las parcelas 171 y 172 del polígono catastral 110. Es propiedad de M.ª Teresa Morcelle Carrascal y M.ª Ángeles Montolio Escriche. Su cabida es de 1,93 ha.

Lo forman antiguas tablas aterrazadas de cultivos, hoy abandonados, y orladas por pared y en el centro existen pies dispersos de carrasca y rebollo.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1F a 12F y queda completamente inscrito en el monte, por lo que linda con él por todos sus vientos.

Enclavado G: Las Costeras III.

Se encuentra en el paraje del mismo nombre y está constituido por la parcela 173 del polígono catastral 110. Es propiedad de Dionisio Edo Conejos. Su cabida es de 0,07 ha.

Está formado por una ladera de orientación sur con masa clara de coscoja y carrasca.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1G a 4G y queda completamente inscrito en el monte por lo que linda con él por todos sus vientos.

Enclavado H: Barranco Martín Juan.

Se encuentra en el paraje del mismo nombre y está constituido por la parcela 103 del polígono catastral 110. Propiedad de Emilio Marqués del Pino. Su cabida es de 0,88 ha.

Lo forma una ladera de orientación sur, que se apoya en barranco, y que tiene tablas con cultivos leñosos de almendro y en la zona del barranco hay una plantación de chopos en muy deficiente estado vegetativo. Existe en su interior el edificio de una antigua calera hoy en desuso.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1H a 10H y queda completamente inscrito en el monte por lo que linda con él por todos sus vientos.

Enclavado I: Los Privilegios I.

Se encuentra en el paraje del mismo nombre y está constituido por las parcelas 108, 109, 110 y 111 del polígono catastral 110. Es propiedad de Magdalena Torres Gracia, Joaquina García Torres y Samuel López Muñoz. Su cabida es de 0,13 ha.

Lo forma una ladera de orientación este con pies aislados de enebro y sabina existiendo en su interior (zona oeste) unos restos de corral.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1I a 5I y queda completamente inscrito en el monte por lo que linda con él por todos sus vientos.

Enclavado J: Los Privilegios II.

Se encuentra en el paraje del mismo nombre y está constituido por la parcela 113 del polígono catastral 110. Es propiedad de Avelina Edo Ferrer. Su cabida es de 0,10 ha.

Es una ladera, de orientación este, con vegetación natural y pies muy aislados de sabina y carrasca y apoyada por el este en la rambla La Incosa.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1J a 8J y queda completamente inscrito en el monte por lo que linda con él por todos sus vientos.

Enclavado K: Los Privilegios III.

Se encuentra en el paraje del mismo nombre y está constituido por la parcela 114 del polígono catastral 110. Es propiedad de Avelina Edo Ferrer. Su cabida es de 0,09 ha.

Es una ladera, de orientación este, con vegetación natural y pies muy aislados de sabina y carrasca y apoyada por el este en la rambla La Incosa.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1K a 6K y queda completamente inscrito en el monte por lo que linda con él por todos sus vientos.

Enclavado L.: El Cabezo.

Se encuentra en el paraje del mismo nombre y está constituido por la parcela 114 del polígono catastral 110. Es propiedad de Saturnino Martín torres. Su cabida es de 0,09 ha.

Es una zona prácticamente llana con masa de rebollar y carrascal junto a un cultivo agrícola.

Su límite queda definido por la línea quebrada que une los piquetes 1L a 4L y queda completamente inscrito en el monte por lo que linda con él por todos sus vientos.

Cabidas: Las cabidas quedan descritas en las tablas que se muestran en el anexo I.

Servidumbres y cargas.

Camino de El Enar.

Camino de Formiche Bajo a La Peñuela.

Camino de Formiche Bajo a Mora.

Camino del corral de La Rocha.

Camino de las Cofradías.

Camino de la loma Sarrión.

Las derivadas de la Ley de Aguas ya que varias partidas del monte lindan con barrancos o están atravesadas por ellos.

Además de las servidumbres de paso por las sendas y caminos existentes.

Otras características:

Datos Catastrales: Los datos catastrales de las parcelas incluidas en el deslinde del monte de utilidad pública número 379, según el catastro actual del término de Formiche Alto (si bien las parcelas deben entenderse con los límites resultantes del apeo, no de los actuales planos catastrales), son las siguientes:

Perímetro 1: Polígono 123, parcelas 153,160 (parte 12%), 9005 (parte 23%) y 9006 (parte 28%).

Polígono 124, parcelas 75 y 9003 (parte3%).

Perímetro 2: Polígono 110, parcelas 6, 8, 31, 42, 58, 65, 74, 77, 78, 90, 99, 100, 104, 132, 186, 9001 (parte 5%), 9002 (parte 12%), 9003 (parte 13%), 9004 (parte 91%), 9005 (parte 21%), 9006 (parte 67%) y 9007 (parte 89%).

Polígono 111, parcelas 35, 38, 40, 42, 44, 61, 94, 96, 99 102, 103, 107, 112, 136, 149 (parte 14%), 9001 (parte 21%), 9002 (parte 55%) y 9004 (parte 78%).

Polígono 112, parcelas 1, 3, 48, 51, 53, 55, 9001 (parte 15%) y 9002 (parte 62%).

Polígono 113, parcelas 113, 121, 123, 131, 132 (parte 15%) y 152.

Polígono 124, parcela 163.

Datos registrales: Inscrito en el Registro de la Propiedad de Mora de Rubielos el 18 de septiembre de 2013, en el Tomo 455, Libro 8, Folio 13, Finca 1061, Inscripción 1.ª

Segundo.- Que se declaren atribuidas al monte las fincas o parcelas a que se refiere el apartado anterior ("Otras características").

Tercero.- Que se reconozcan como poseídos por particulares los enclavados descritos en el anexo II.

Cuarto.- Acordar la gestión de la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral que resultara contradictoria con la descripción del monte.

Quinto.- Trasladar los datos resultantes de la descripción del monte, y el acto firme de deslinde, al Registro de la Propiedad.

Sexto.- Trasladar los datos resultantes del deslinde y de la nueva inscripción del monte al Catálogo de Utilidad Pública.

Séptimo.- Que se proceda al amojonamiento del monte a la mayor brevedad posible.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 24 de septiembre de 2014.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

MODESTO LOBÓN SOBRINO