DECRETO 198/2018, de 21 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al municipio de Pozondón para regirse mediante Ayuntamiento, en las próximas elecciones locales.

Publicado el 29/11/2018 (Nº 231)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
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Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, dispone en su artículo 82.2: "Se establecerán por ley de la Comunidad Autónoma los requisitos para la aplicación del régimen de Concejo abierto". Este precepto estatutario permitió que las Cortes de Aragón aprobasen la Ley 9/2009, de 22 de diciembre, reguladora de los Concejos Abiertos que establece requisitos distintos de los previstos en la normativa estatal básica de régimen local para aplicar dicho régimen.

Dicha Ley regula en su artículo 17 la posibilidad de que, cuando existan circunstancias que lo hagan aconsejable, los municipios con una población superior a 40 habitantes que funcionen en régimen de Concejo Abierto, puedan solicitar del Gobierno de Aragón, autorización para regirse por Ayuntamiento.

El municipio de Pozondón con 54 habitantes y funcionando, en la actualidad, en régimen de Concejo Abierto, inició el procedimiento mediante acuerdo adoptado por su Asamblea Vecinal en sesión ordinaria celebrada el 23 de septiembre de 2018, acompañando a dicho acuerdo Memoria justificativa de la aplicación del régimen representativo en el municipio, sometido a información pública por plazo de un mes mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel número 191, de 4 de octubre de 2018, no se ha presentado alegación alguna, por lo que cumple con todos los requisitos y ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 17 de la Ley 9/2009, de 22 de diciembre, reguladora de los Concejos Abiertos, para que por parte del Gobierno de Aragón, se autorice su funcionamiento mediante Ayuntamiento, dadas las circunstancias expuestas en la Memoria Justificativa.

El apartado cuarto del artículo 17 de la Ley 9/2009, de 22 de diciembre, reguladora de los Concejos Abiertos establece que "El Gobierno de Aragón, en el plazo de tres meses, adoptará la resolución que corresponda, que revestirá la forma de decreto y que será motivada en caso de denegación".

Por todo ello, se hace necesario proponer al Gobierno de Aragón que resuelva autorizar al municipio de Pozondón el funcionamiento con Ayuntamiento.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 21 de noviembre de 2018,

DISPONGO:

Artículo primero.

Autorizar al municipio de Pozondón para regirse por Ayuntamiento, al concurrir las circunstancias que lo hacen aconsejable y cumplir los requisitos legalmente establecidos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 9/2009, de 22 de diciembre, reguladora de los Concejos Abiertos.

Artículo segundo.

La presente resolución producirá efectos en las próximas elecciones locales que se convoquen.

Artículo tercero.

El municipio de Pozondón no podrá optar al régimen de Concejo Abierto hasta que su población sea inferior a 40 habitantes.

Zaragoza, 21 de noviembre de 2018.

El Presidente del Gobierno de Aragón

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Presidencia

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO