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RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2013 de la Dirección General de Gestión de Personal, por la que se elevan a definitivas las adjudicaciones provisionales de puestos ofertados en el concurso de traslados para funcionarios docentes pertenecientes al Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de esta Dirección General de 17 de octubre de 2012 ("Boletín Oficial de Aragón", núm. 211, de 29 de octubre de 2012).

Publicado el 14/05/2013 (Nº 92)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en la norma vigesimosegunda de la Resolución de 17 de octubre de 2012 ("Boletín Oficial de Aragón" del 29/10), por la que se anuncia convocatoria de concurso de traslados de ámbito estatal para la provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Maestros, vacantes en Centros Públicos docentes dependientes del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Aragón, y una vez transcurrido el plazo concedido para alegaciones a la adjudicación provisional y para desistir de la participación en el concurso y/o procesos previos al mismo, establecido en la Resolución de 12 de marzo de 2013, por la que se ordena la exposición de la adjudicación provisional de destinos de la citada convocatoria, esta Dirección General, conforme a lo dispuesto en el Decreto 336/11, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el que se le atribuye las competencias en materia de personal, ha resuelto:

Primero.- Elevar a definitivas las vacantes anunciadas con carácter provisional por la Resolución de fecha 12 de marzo pasado, una vez incorporadas las modificaciones que se indican en el anexo I de esta resolución, en el que se publican los centros que por distintos motivos han experimentado modificaciones en el número de puestos vacantes.

Segundo.- Elevar a definitivas las adjudicaciones provisionales del concurso de traslados y procesos previos realizadas por Resolución de la Dirección General de Gestión de Personal de fecha 12 de marzo de 2013, en la forma que se expresa en el anexo II, en el que se insertan los destinos definitivos otorgados a los participantes.

En dichas adjudicaciones se han tenido en cuenta las rectificaciones motivadas por la estimación de reclamaciones a la resolución provisional que figuran en el anexo III, así como los desistimientos de participación en el concurso de traslados de los maestros relacionados en el anexo IV.

Las vacantes que constan en la resolución definitiva son aquellas que se corresponden con puestos de trabajo que se encuentran previstos en la planificación escolar o no se encuentran afectados por algún proyecto educativo.

Tercero.- Dar publicidad a las alegaciones interpuestas contra las adjudicaciones provisionales con la resolución recaída en ellos en el anexo III, en el que constan por orden alfabético los Maestros afectados y la estimación o desestimación de sus reclamaciones.

Cuarto.- Dar publicidad a los desistimientos admitidos a la participación en el concurso y/o procesos previos al mismo, que figuran en el anexo IV, causando baja en la convocatoria.

Quinto.- Declarar definitivamente excluidos de la participación en el citado concurso de traslados a los participantes que figuran en el anexo V, con indicación de las causas que han motivado su exclusión.

Sexto.- Posesión y Cese. Los destinos adjudicados por esta resolución, de conformidad con lo que dispone la base vigésimotercera de la convocatoria, son irrenunciables.

La toma de posesión del nuevo destino tendrá lugar el día 1 de septiembre de 2013 y el cese en el de procedencia el último día de agosto.

Las diligencias de cese y toma de posesión serán expedidas por los Directores de los Servicios Provinciales correspondientes.

Séptimo.- Anulación de destinos. Quedan sin efecto los destinos adjudicados a Maestros cuando, tras la publicación de la presente resolución se verifique que no cumplen los requisitos exigidos para la participación o no tengan los méritos suficientes para obtener el puesto, así como los erróneamente adjudicados, sin que el hecho de aparecer en el anexo correspondiente de esta resolución, e incluso el que se lleve a efecto la toma de posesión, prejuzgue el cumplimiento de las exigencias de la convocatoria.

Octavo.- En los casos en que en la presente convocatoria se hubiesen provisto vacantes o resultas indebidas, a los Maestros afectados se les considerará como procedentes de puesto suprimido, siéndoles de aplicación cuantos preceptos del Real Decreto 1364/2010 de 29 de octubre, aludan a los Maestros que se encuentran en tal situación.

Noveno.- Los Maestros procedentes de la situación de excedencia voluntaria, que por el presente concurso obtengan destino definitivo y por cualquier causa no tomen posesión del mismo, continuarán en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, no pudiendo volver a solicitar el reingreso hasta transcurridos dos años desde el 1 de septiembre de 2013.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en los plazos y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Zaragoza, 7 de mayo de 2013

El Director General de Gestión de Personal,

ALFONSO GARCIA ROLDAN