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ORDEN ECD/1621/2021, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/1233/2021, de 28 de septiembre, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Inspectores de Educación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 03/12/2021 (Nº 247)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Con fecha 4 de octubre de 2021, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 205, la Orden ECD/1233/2021, de 28 de septiembre, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Educación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Con fecha 16 de noviembre de 2021, se recibe en el Departamento de Educación, Cultura y Deporte un escrito de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del Ministerio de Educación y Formación Profesional, de 15 de noviembre de 2021, en la que se informa de que se había revisado la normativa autonómica por la que la Comunidad Autónoma de Aragón convocaba procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Inspectores de Educación, en concreto de la Orden ECD/1233/2021, de 28 de septiembre.

En este escrito se insta a la Comunidad Autónoma de Aragón a la modificación de la convocatoria en lo relativo a los requisitos de titulación exigidos ya que, en la base 2.2 se incluía el título de grado universitario como titulación suficiente para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación, vulnerando la legislación básica.

Con fecha 19 de noviembre de 2021, se recibe una nota aclaratoria de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del Ministerio de Educación y Formación Profesional sobre los requisitos de titulación exigidos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, manifestando el criterio interpretativo y determinando que, el título de grado universitario, que corresponde al nivel MECES 2, no es titulación suficiente para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación, permitiéndose únicamente si se acreditara la adscripción de dicho grado al nivel 3 MECES, según la normativa vigente.

Por lo expuesto anteriormente, procede la modificación de la convocatoria en sus bases 2 y 3, así como en el anexo I, a fin de que se ajuste a la normativa básica estatal.

Según se dispone en la base 3.6 de la convocatoria, el plazo para la presentación de solicitudes finalizó el 22 de octubre de 2021. Dado que la modificación de la convocatoria, aprobada por la Orden ECD/1233/2021, de 28 de septiembre, no supone una ampliación de las personas que puedan participar en el procedimiento selectivo, no procede conceder nuevo plazo para la presentación de solicitudes.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y por el Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:

Primero.- Modificación de la Orden ECD/1233/2021, de 28 de septiembre, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Inspectores de Educación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón:

Uno. Base 2. Requisitos de los/as aspirantes. Apartado 2.2. Requisitos específicos.

Estar en posesión del título de Doctorado, Máster Universitario, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o título equivalente.

Dos. Base 3. Solicitudes y plazo de presentación. Apartado 3.4. Documentación:

Fotocopia del título de Doctor, Máster Universitario, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título equivalente, o bien del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para su expedición.

Tres. Anexo I. Baremo de la convocatoria para la fase de concurso:

Disposiciones complementarias, apartado IV, 7: En el apartado 4.1.1, de acuerdo con la base 2.2. de la convocatoria, debe considerarse los títulos de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título equivalente.

Segundo.- La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Orden se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. El recurso potestativo de revisión deberá interponerse electrónicamente, a través del Servicio de Soporte a la Tramitación (https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion) o en cualquiera de los otros Registros Públicos contemplados en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Zaragoza, 25 de noviembre de 2021.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO