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ORDEN de 19 de noviembre de 2012, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio e Industria y el Gobierno de Aragón, para el posicionamiento internacional del sector de la automoción aragonesa.

Publicado el 07/12/2012 (Nº 238)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. h6c00n1062 el convenio de colaboración suscrito, con fecha 24 de octubre de 2012, por el Presidente del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria y el Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 19 de noviembre de 2012

Anexo:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL CONSEJO ARAGONÉS DE CÁMARAS DE COMERCIO E INDUSTRIA PARA EL POSICIONAMIENTO INTERNACIONAL DEL SECTOR DE LA AUTOMOCIÓN ARAGONESA.

En Zaragoza, a 24 de octubre de 2012, reunidos:

De una parte: El Excmo. Sr. D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultado expresamente para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 23 de octubre de 2012

De otra: El Sr. D. Jesús Blasco Marqués, en calidad de Presidente del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, en virtud de Resolución de la Dirección General de Comercio y Artesanía del Gobierno de Aragón de 27 de junio de 2011.

Reconociéndose ambas partes capacidad jurídica para formalizar el presente convenio, exponen:

El artículo 71.32.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico de la Comunidad.

El Decreto 19/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía y Empleo, contempla, entre sus competencias la de planificación, coordinación y ejecución de la política económica de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como la mejora de la competitividad y la internacionalización de la economía aragonesa. En particular, corresponde al Departamento de Economía y Empleo el desarrollo y seguimiento de la planificación relativa a la internacionalización de la Comunidad Autónoma.

El Gobierno de Aragón y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria entienden que la internacionalización de las empresas aragonesas es fundamental para el afianzamiento de la competitividad, la consolidación del tejido empresarial aragonés y el desarrollo económico de nuestra Comunidad Autónoma, y ello exige desarrollar unas políticas activas que impulsen el comercio y la proyección exterior de nuestras empresas en diversos sectores, como por ejemplo el de la industria automovilística.

El sector industrial en general, y el de la automoción y componentes en particular, es uno de los de mayor importancia para nuestra Comunidad Autónoma en términos de cifra de negocio y de empleo.

El pasado mes de marzo, la empresa norteamericana General Motors anunció la compra del 7% del grupo francés PSA Peugeot-Citroën, provocando un cambio en el mapa mundial del automóvil. Mediante este acuerdo, ambos grupos compartirán plataformas de vehículos, componentes y módulos industriales. Además, crearán una sociedad conjunta de compras que gestionará un presupuesto anual de 125.000 millones de dólares. La reducción de costes prevista ronda los 1.500 millones. Ambos constructores, General Motors y PSA Peugeot-Citroën, han anunciado un acuerdo a largo plazo destinado a compartir actividades en materia de logística y centralizarlas en el operador GEFCO, perteneciente al consorcio francés.

El acuerdo comprende la mayor parte de la gestión de la cadena logística de las marcas Cadillac, Chevrolet y Opel/Vauxhall en Europa, e incluye actividades como el suministro de materiales y componentes a las factorías de producción, la entrega de vehículos terminados a los concesionarios y el transporte de recambios a los centros de distribución.

Esta alianza entre los dos constructores está generando cierta preocupación entre las empresas de componentes arraigadas en nuestra Comunidad: Las noticias que aparecen en los medios de comunicación sobre la asignación del desarrollo de los modelos de gama media y alta a Opel, y los modelos de gama baja al grupo PSA, podrían suponer que los nuevos modelos a fabricar en la planta de Figueruelas fueran diseñados y asignados por la empresa francesa con la que en estos momentos, muchas de nuestras empresas no tienen relación.

El Gobierno de Aragón es consciente de que la industria automovilística posee una importancia cuantitativa y cualitativa muy relevante en la economía aragonesa, como demuestra su elección como sector estratégico en la Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento. Los efectos positivos de desbordamiento de la industria automovilística alcanzan al resto del tejido productivo de la Comunidad. La fabricación de material de transporte cuenta con más de 170 empresas en Aragón, que emplean en torno a 16.000 personas y aglutinan un importe neto de la cifra de negocio de prácticamente 7.000 millones de euros. Adicionalmente al ensamblaje de automóviles y la elaboración de componentes, es preciso destacar la presencia en Aragón de empresas líderes en la fabricación de carrocerías, de remolques y semirremolques y de material ferroviario.

Entre las acciones de promoción y apoyo a la internacionalización, las misiones inversas y los encuentros comerciales con compradores extranjeros son una de las que más impacto e interés tiene para las empresas, tanto para las que la internacionalización es un nuevo proyecto como para los exportadores más consolidados. En este momento es oportuno poner en contacto a los principales responsables de compras del grupo PSA con empresas aragonesas para que puedan conocer las capacidades tecnológicas y humanas y la creación de una marca para el sector de automoción aragonés que pudiera servir a nuestra industria para posicionarse ante los principales constructores europeos, y a nuestra Comunidad Autónoma, para atraer posibles inversiones productivas.

Las Cámaras de Comercio de Aragón disponen de la experiencia, el conocimiento y los medios técnicos y humanos para poder ejecutar la acción, así como la relación y los contactos para poder identificar a los compradores que se ajusten al perfil necesario, siendo la organización que por su características, medios y experiencia en la problemática, inquietudes e intereses puede desarrollar las finalidades que se pretenden conseguir, en relación con los aspectos apuntados en torno a la internacionalización de las empresas aragonesas y su participación en el sector de la industria automovilística.

El artículo 25 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, determina que la Administración de la Comunidad Autónoma, para el mejor cumplimiento de sus competencias, podrá celebrar convenios con corporaciones de derecho público en aquellos asuntos que afecten al contenido de su ámbito corporativo de actuación. Dichos convenios podrán tener por objeto la realización de asuntos de interés común, la delegación de competencias que la Administración autonómica efectúe a favor de las corporaciones de derecho público, o facilitar su participación en los procedimientos administrativos y en la adopción de decisiones por la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por este motivo, es voluntad del Gobierno de Aragón colaborar con el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria mediante su apoyo en la planificación, desarrollo y financiación de las acciones contempladas en el presente convenio.

La colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria en este campo es una importante oportunidad que beneficia al conjunto de la Comunidad Autónoma al fortalecer la internacionalización de las empresas aragonesas en el sector de la industria automovilística.

Las acciones recogidas en el presente convenio responden a razones de evidente interés económico para la Comunidad Autónoma de Aragón, por cuanto contribuyen al desarrollo económico a través del fomento de la capacidad empresarial que permite anticiparse y atender las necesidades que demanda el mercado y propiciar el desarrollo de nuevas actividades, como se pone de manifiesto en los párrafos anteriores.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, contribuirá al desarrollo de estos proyectos mediante el otorgamiento de una subvención al Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, al quedar acreditado el interés social y económico de las actuaciones para las empresas aragonesas y su impulso económico en el exterior y la idoneidad del Consejo para la realización de las acciones asociados a este convenio, de acuerdo con posibilidad de conceder directamente una subvención al cumplir los requisitos excepcionales contemplados en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En el presente convenio se determinarán las condiciones y compromisos de esta subvención, de acuerdo con lo enunciado en el artículo 28.1 de la citada ley.

La presente subvención, prevista en régimen de concesión directa, está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 15 de febrero de 2012, del Consejero de Economía y Empleo, en cumplimento del punto 90 del apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente aprobado por el Gobierno de Aragón en sesión de 13 de septiembre de 2011.

Considerando que el Gobierno de Aragón ha acordado la aprobación de este texto en su reunión de 23 de octubre de 2012, por cuanto antecede, se formaliza el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera.- Objeto

El objeto de este convenio es establecer mecanismos de cooperación entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria que permitan apoyar el posicionamiento internacional de las empresas aragonesas ante los principales constructores europeos y potenciar la imagen y presencia de las empresas aragonesas en el exterior, en un sector como el del automóvil.

Segunda.- Programa

El Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, desarrollará actuaciones encaminadas al desarrollo económico de nuestra Comunidad facilitando la internacionalización de las empresas aragonesas del sector de la automoción, a través de la posibilidad de entrar en contacto directamente con los principales constructores europeos y facilitar la generación de una imagen de marca que sustentará actuaciones futuras.

Tercera.- Compromisos del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria.

El Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, en el desarrollo del Programa contemplado en el presente convenio se compromete a:

- Diseño de la acción

Elaboración de la documentación necesaria para la captación de los responsables de compras del Grupo PSA Peugeot-Citroën, y difusión de la acción, así como el catálogo de fichas para organizar las agendas de trabajo.

- Identificación de compradores funcionales

Estudio y análisis de los grupos funcionales que encajen con los componentes que fabrican las empresas aragonesas: powertrain, drivetrain, elementos interiores... Identificación de los responsables de compra de esos grupos funcionales.

- Identificación y validación de las empresas del sector automoción que potencialmente pueden participar en la acción

El sector de la automoción exige un elevado nivel de calidad a sus empresas, que deben poseer las necesarias acreditaciones (ISO 9001, TS 16949, etc.) para poder convertirse en proveedores homologados. Además de las reuniones B2B que se desarrollarán, se pretende que 2-3 empresas seleccionadas puedan ser visitadas por los compradores del grupo PSA Peugeot-Citroën, para mostrar las capacidades tecnológicas y humanas del sector automovilístico aragonés. El equipo del proyecto deberá verificar que los participantes en el evento reúnen los más altos estándares de calidad y que pueden formar parte de este evento, tanto para las reuniones como para las visitas. Para ello se realizarán auditorías previas a las empresas interesadas en participar que sirva de filtro a los compradores del grupo PSA Peugeot-Citroën.

- Elaboración de las fichas de las empresas aragonesas del sector de la automoción: Imagen de marca

Aprovechando el ejercicio de identificación y auditoría de empresas del sector de la automoción, se elaborarán una serie de fichas descriptivas en español e inglés que muestren los productores y las tecnologías de fabricación de las empresas participantes o potencialmente interesados en el evento. De esta forma, se habrá desarrollado un catálogo actualizado del sector de la automoción en Aragón que permita "vender" nuestras capacidades en el mercado internacional y atraer posibles inversiones productivas.

- Desarrollo de una plataforma web

Se elaborará una plataforma web que dará soporte a la información que sobre las empresas se genere y facilitará la gestión del proyecto.

- Difusión de la convocatoria, validación de agendas y organización del viaje.

Se procede a realizar el matching entre las empresas proveedoras y los compradores funcionales se organizan las agendas de trabajo. Siempre es el comprador del grupo PSA Peugeot-Citroën quien valida la agenda final, previéndose los encuentros en la primera quincena de noviembre.

- Asistencia técnica durante los encuentros

Acompañamiento de los compradores durante toda la actividad por los técnicos responsables de las Cámaras de Comercio, incluidas las visitas a las plantas de las empresas seleccionadas.

Cuarta.- Logomarca

La logomarca del Gobierno de Aragón, Departamento de Economía y Empleo, figurarán en todas las acciones de comunicación, publicidad e identificación, que se realicen en ejecución del presente convenio, tal y como se desprende de lo dispuesto en el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón y normativa reguladora aplicable.

La autorización para la utilización de la logomarca en cualquiera de sus manifestaciones deberá solicitarse a la Comisión de Comunicación Institucional, de acuerdo con las instrucciones establecidas en la página web del Gobierno de Aragón (www.aragon.es).

Quinta.- Compromisos del Gobierno de Aragón

El Gobierno de Aragón cooperará económicamente en este Programa mediante la aportación económica al Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, por un importe máximo de ochenta mil euros (80.000 €), equivalente al 80% sobre una base subvencionable de cien mil euros (100.000 €) que se asignarán a las actuaciones anteriormente citadas.

La financiación correspondiente al Gobierno de Aragón se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria G/15060/6122/480014/91002, del Presupuesto de gastos del Departamento de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón para el ejercicio 2012.

En todo caso, la financiación por parte del Gobierno de Aragón de las actuaciones previstas en el presente convenio quedará subordinada a las disponibilidades presupuestarias.

Sexta.- Justificación

1. Para acceder a la financiación aportada por el Gobierno de Aragón, el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria deberá justificar la ejecución de una inversión de, al menos, 100.000 euros, antes del 20 de noviembre de 2012, mediante la aportación de la siguiente documentación:

a) Certificado del representante legal de la Entidad detallando la aplicación de los fondos y su adecuación a los fines perseguidos.

b) Certificado de ingresos procedentes de otras ayudas, subvenciones, recursos o convenios, de manera que, de acuerdo con el artículo 19.3 de la Ley General de Subvenciones, el importe a percibir en concepto de subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.

c) Elaboración de un informe final en el que se detallarán el proceso llevado a cabo para la organización de la acción, los contactos realizados y la valoración de los resultados.

d) Facturas originales y demás documentos acreditativos del gasto, así como justificantes de los pagos correspondientes a las actuaciones planteadas.

e) Certificados expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Seguridad Social y Hacienda de la Comunidad Autónoma acreditando que el beneficiario de la subvención se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. En este sentido, se podrá autorizar al órgano gestor para obtener los citados certificados.

2. La no justificación en plazo o de forma indebida supondrá, respecto de las cantidades no justificadas en tiempo o forma, la pérdida de eficacia del compromiso de financiación asumido por el Gobierno de Aragón.

Séptima.- Pago

El pago por el Gobierno de Aragón se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como a lo establecido por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo.

Octava.- Vigencia del convenio

El plazo de vigencia del presente convenio finalizará con el cumplimiento, justificación y pago de las actuaciones y, en todo caso, antes del 20 de noviembre de 2012. Podrán imputarse al presente convenio los gastos originados como consecuencia de actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2012.

Novena.- Otras causas de extinción

1. El presente convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él.

En caso de resolución del convenio por incumplimiento por parte del Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio e Industria, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el reintegro de subvenciones.

2. El presente convenio también podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes, así como por imposibilidad sobrevenida.

Décima.- Naturaleza y jurisdicción

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, no teniendo naturaleza contractual y, en consecuencia, no está sujeto a las prescripciones del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ni a su normativa de desarrollo, de conformidad con lo enunciado en el artículo 4.1 d) del citado texto refundido; siéndole de aplicación, lo dispuesto en la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como la normativa en materia de subvenciones.

La resolución de las controversias y diferencias que puedan surgir en relación con la interpretación, ejecución, cumplimiento y extinción del mismo serán de conocimiento y competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Undécima.- Plan de Racionalización del Gasto Corriente

El presente convenio se acoge a los puntos que le son de aplicación recogidos en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011, por el Gobierno de Aragón.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.