Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ACUERDO del Ayuntamiento de Jaca (Huesca), por el que se convoca concurso-oposición para la provisión de una plaza de Encargado General de la Brigada de Obras de la plantilla de personal laboral por el sistema de promoción interna.

Publicado el 15/03/1999 (Nº 31)
Sección: BOA II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y Concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE JACA (Huesca)

Texto completo:

ACUERDO del Ayuntamiento de Jaca (Huesca), por el que se convoca concurso-oposición para la provisión de una plaza de Encargado General de la Brigada de Obras de la plantilla de personal laboral por el sistema de promoción interna.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día catorce de noviembre de 1997, acordó convocar concurso- oposición para la provisión en propiedad de una plaza de Encargado General de la Brigada de Obras de la Plantilla de personal laboral de esta Corporación, aprobando las bases que han de regir el mismo y cuyo contenido es el siguiente:

Primera: Número, denominación y características de la plaza convocada. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de Encargado General de la Brigada de Obras de la plantilla de personal laboral, incluida en la Oferta de Empleo Público para el año 1997, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 21 de marzo de 1997, y cuyas características son las siguientes: Denominación de la Plaza: Encargado General de la Brigada de Obras.

Número de Plazas: 1. Grupo: C. Sistema de provisión: Promoción interna.

Segunda: Requisitos que deben cumplir los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al último día de plazo de presentación de instancias: a) Ser trabajador, Oficial 1ª o equivalente, contratado laboral fijo, del Excmo. Ayuntamiento de Jaca, perteneciente Grupo D, y contar al menos con dos años de antigüedad, en dicho grupo. b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente, o tener una antigüedad de 10 años en el Grupo D, o de 5 años y superar un curso específico de formación para ascenso del Grupo D al C.

Tercera: Solicitudes: Forma y plazo de presentación. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jaca, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el " Boletín Oficial del Estado". En la solicitud los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa de acuerdo con el Real Decreto 707/79 de 5 de abril.

Las bases íntegras se publicarán en el BOP y BOA y los posteriores anuncios se publicarán en el "Boletín Oficial de la Provincia de Huesca". A la instancia se acompañará: a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Documentación, compulsada, acreditativa de los méritos que se aleguen para la Fase de Concurso.

Cuarta: Admisión de los aspirantes. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal.

La resolución se publicará en el BOP y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, con expresión del plazo de subsanación de errores que se conceda a los aspirantes, excluidos, y determinando lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y orden de actuación.

Esta publicación será determinante del comienzo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

En el supuesto de que no existieran reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

Quinta: Tribunal. El Tribunal calificador, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 896/91 de 7 de junio, estará constituido de la siguiente forma: Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales: Un representante de la Comunidad Autónoma, un funcionario de carrera del Ayuntamiento designado por la Junta de Representación Sindical, un funcionario de carrera designado por la Alcaldía y un Concejal, en representación del Grupo mayoritario de la Oposición.

Secretario: El titular de la Corporación o un funcionario de Administración General de la misma en quien delegue.

Podrá asistir con voz pero sin voto, un representante de cada una de las Secciones Sindicales con representación en este ayuntamiento.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento al candidato para que acredite su personalidad. Igualmente el Tribunal queda autorizado para resolver las incidencias que se produzcan.

El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que corresponde al grupo en que se integra la plaza.

Sexta: Proceso selectivo.

Fase de oposición: Primer ejercicio.--De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en responder a un cuestionario de respuestas múltiples, no inferior a 75, en 40 minutos, sobre materia del temario anexo. Segundo ejercicio.--De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, un tema de los que integran el programa anexo a la convocatoria, determinado por el Tribunal inmediatamente antes del inicio del ejercicio.

En este ejercicio se valorarán los conocimientos que los aspirantes tengan sobre los citados temas. El ejercicio será leído públicamente, ante el Tribunal pudiendo formular este preguntas a los aspirantes sobre los temas propuestos durante un período máximo de 15 minutos. Tercero ejercicio.--De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la resolución de tres supuestos prácticos relacionados con las funciones objeto del puesto de trabajo. En este ejercicio se valorará la formación que los aspirantes tengan en relación con la plaza a proveer.

Todos los ejercicios serán eliminatorios, calificándose cada uno de ellos hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios, será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros del Tribunal asistentes a la sesión.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el local donde se haya celebrado la prueba.

Fase de concurso: Aquellos aspirantes que superen la fase de oposición pasarán a la fase de concurso en la que se valorarán los méritos aportados con las siguientes puntuaciones: Antigüedad: Se valorarán los servicios prestados, en calidad de personal laboral o funcionario en cualquier administración pública a razón de 0,015 puntos por mes completo hasta un máximo de 3 puntos. --Grado personal: Se puntuará 0,1 punto por cada grado de diferencia entre el grado mínimo (en este Ayuntamiento) del puesto del grupo inferior a la plaza que se concurre y el de la misma. --Formación: Se valorarán, hasta un máximo de 3 puntos los cursos, cursillos o seminarios relacionados con las funciones del puesto: a) de 20 a 39 hs de duración: 0,05 puntos.

a) de 40 a 60 hs de duración: 0,1 puntos.

b) de 61 a 100 hs de duración: 0,2 puntos.

c) de más de 100 hs de duración: 0,3 puntos.

Experiencia: Se valorarán los servicios prestados, aunque sea accidentalmente, en plaza de igual o análoga especialidad a la que se opta de la siguiente manera: --0,36 puntos por año o parte proporcional hasta un máximo de 3 puntos. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en todos los ejercicios y la puntuación obtenida en la fase de concurso, y se hará pública en el local donde se haya celebrado la última prueba.

Séptima: Propuesta de nombramiento.

Concluidas las pruebas, y hecha pública la relación de seleccionados, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, al órgano correspondiente que efectuará el nombramiento. En ningún caso el número de aprobados podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas.

Octava: Presentación de documentos y toma de posesión. El aspirante propuesto aportará ante la Corporación para su nombramiento, y dentro del plazo de veinte días desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria: a) Fotocopia compulsada del título académico exigido. El trabajador, contratado laboral fijo, estará seleccionado quedará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento. Cumplidos los requisitos precedentes, el órgano competente efectuará el nombramiento del aspirante propuesto, quien deberá tomar posesión en el plazo de 30 días naturales a contar del siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento.

Novena: Legislación aplicable. Esta convocatoria se rige: por este pliego de bases; Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado ; Ley 23/89, de 28 de julio, de Modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; y los Pactos de aplicación al personal funcionario y Convenio Colectivo del Personal laboral del Ayuntamiento de Jaca.

La presente convocatoria unitaria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Jaca, 1 de marzo de 1999.--El Alcalde.

Programa del oposición para cubrir, en propiedad, una plaza de Encargado General de la Brigada de Obras, vacante en la Plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jaca, por el sistema de promoción interna.

Tema 1.--El municipio. Organización municipal y competencias.

Tema 2.--Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Tema 3.--Las Entidades Supramunicipales. Mancomunidades.

Agrupaciones. Las Comarcas.

Tema 4.--El Servicio Público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos.

Tema 5.--El personal de la Administración Local: Clases y régimen jurídico.

Tema 6.--Derechos y deberes del personal funcionario y laboral.

Tema 7.--Modalidades del contrato de trabajo.

Tema 8.--El tiempo de trabajo: la jornada laboral. Horas extraordinarias. Horario flexible y trabajo a turnos. Descanso semanal, fiestas y permisos y vacaciones anuales.

Tema 9.--Infracciones, faltas y sanciones de los trabajadores. El régimen disciplinario del personal funcionario.

Tema 10.--Derechos de representación colectiva y de reunión del personal de la Administración local.

Tema 11.--La Sección de Obras del Ayuntamiento de Jaca: Composición, estructura, funciones.

Tema 12.--Organización del trabajo y coordinación entre las distintas especialidades profesionales.

Tema 13.--Geometría: Areas y volúmenes Tema 14.--Confección de croquis acotados.

Tema 15.--Replanteos.

Tema 16.--Utiles y aparatos de medida.

Tema 17.--Materiales de construcción.

Tema 18.--Hormigones: composición y dosificación. Tema 19.--Hormigones: ensayos y toma de muestras. Tema 20.--Ladrillos: tipos y usos.

Tema 21.--Tipos de fabricas: aperos.

Tema 22.--Morteros.

Tema 23.--Firmes y pavimentos para viales.

Tema 24.--Canalizaciones para servicios en viales.

Tema 25.--Redes generales de distribución de agua.

Tema 26.--Llaves de corte.

Tema 27.--Tipos de tubería.

Tema 28.--Uniones de fontanería.

Tema 29.--Tomas domiciliarias de agua.

Tema 30.--Redes de evacuación de aguas residuales. Tema 31.--Electricidad. Nociones Generales.

Tema 32.--Alumbrado público.

Tema 33.--Cuadros generales de suministro eléctrico.

Tema 34.--Pinturas. Clases de pinturas; extendedores y estabilizadores; gomas y resinas. Barnices.

Tema 35.--Prevención de riesgos y salud laboral.

Tema 36.--Protección colectiva.

Tema 37.--Equipos de protección individual.

Tema 38.--Protección Civil: Concepto. Funciones. Organización Administrativa.

Tema 39.--El presupuesto Local: Nociones generales.

Tema 40.--Los ingresos locales: Clases.

Tema 41.--El régimen jurídico del gasto público local.