Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ANUNCIO del Ayuntamiento de Gea de Albarracín (Teruel), relativo a la aprobación de declaración del exconvento e Iglesia del Carmen como Monumento de Interés Local.

Publicado el 18/11/2021 (Nº 236)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: AYUNTAMIENTO DE GEA DE ALBARRACÍN

Texto completo:

El Ayuntamiento de Gea de Albarracín, en Sesión Extraordinaria del Pleno, del día 11 de noviembre de 2021, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

"Visto el expediente tramitado para la declaración como Monumento de Interés Local del Exconvento e Iglesia del Carmen.

Visto el informe del Secretario-Interventor, de fecha 17 de junio de 2021 y el informe de los Servicios Técnicos Municipales de fecha cuatro de agosto de 2021, sobre las características del bien inmueble, informándose favorablemente sobre su inclusión como Monumento de Interés Local.

Iniciado mediante Acuerdo del Pleno de fecha 26 de mayo de 2021, el expediente para la declaración de Monumento de Interés Local del Exconvento e Iglesia del Carmen, se notificó a los colindantes y se abrió período de información pública por un plazo de un mes mediante la publicación de anuncio en el "Boletín Oficial de la Provincia de Teruel", número 158, de 20 de agosto de 2021.

Visto que, en el período de información pública, no se han presentado alegaciones.

Visto que, con fecha 22 de septiembre de 2021, se solicitó informe de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural, el cual fue recibido con fecha 29 de octubre de 2021, siendo favorable a la declaración de Monumento de Interés Local del citado bien inmueble.

Debatido el asunto, y sometido a votación, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría absoluta, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.- Declarar Monumento de Interés Local el exconvento e Iglesia del Carmen de Gea de Albarracín, de acuerdo con la descripción del bien que obra en el expediente.

Segundo.- Publicar el presente Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón" y notificarlo a los interesados.

Tercero.- Comunicar al Director General de Patrimonio Cultural la presente declaración de Monumento de Interés Local, a efectos de su inclusión o constancia en el Catálogo General del Patrimonio Cultural Aragonés.

Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde para suscribir y firmar toda clase de documentos y, en general, para todo lo relacionado con este asunto.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Gea de Albarracín, 12 de noviembre de 2021.- El Alcalde, Santiago Rodríguez Gracia.