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EDICTO del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca. Notificación de la resolución, expediente sancionador número 22/2011/SP/165.

Publicado el 09/02/2012 (Nº 27)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

No habiendo sido posible la notificación por correo de la resolución dictada en el expediente sancionador núm. 22/2011/SP/165 a Residencia Catedral Alastruey, S.L. con último domicilio conocido en Huesca, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 58, 59.4 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le notifica lo siguiente:

1.-Que por falta Leve en materia de salud pública, se le ha impuesto una sanción de 600 euros por infracción de los artículos siguientes: 6.1, 11, 12 y 18.5 del Real Decreto 131/2006, de 23 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las condiciones sanitarias en los establecimientos y actividades de comidas preparadas, en relación con el art. 35 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

2.-Que tiene a su disposición la resolución integra recaída en el expediente citado, así como la notificación de la liquidación; pudiendo examinar y consultar el expediente que está a su disposición en la Dirección del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca, c/ San Jorge, 65.

3.-Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 58 en relación con el art. 54 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día de recibo de la presente notificación, ante el Excmo. Sr Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia o ante el Director Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca, para elevar lo actuado al órgano competente para su resolución, por cualquiera de los medios señalados en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.-Que podrá hacer efectiva la sanción en la c/c restringida número 2085/2052/09/0430 001814 de Ibercaja, oficina principal de Huesca; una vez firme en vía administrativa la resolución, y transcurrido el plazo de pago voluntario, sin ingresar el importe de la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio con los recargos complementarios.

Huesca, 24 de enero de 2012.-El Director Provincial, P.A. la Secretaria Provincial, Manuela Sánchez Gutiérrez.