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ORDEN de 9 de junio de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca la participación de los docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que imparten Educación Secundaria, en el Programa "YDHEA", Desarrollo de Habilidades Emprendedoras en Aragón, durante el curso 2015-2016.

Publicado el 29/06/2015 (Nº 122)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa establece en su título preliminar, que el sistema educativo español se orientará, entre otros, a la consecución del desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

Con el deseo de impulsar la iniciativa emprendedora en el alumnado aragonés, el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte en colaboración con entidades públicas y privadas, está llevando a cabo programas educativos en los centros escolares, cuya finalidad es contribuir a que el alumnado desarrolle su autonomía personal y adquiera capacidades que le permitan imaginar proyectos y llevar adelante acciones para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.

El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en colaboración con Ibercaja Obra Social y la Fundación Juan-Miguel Villar Mir, cree conveniente continuar impulsando acciones que favorezcan las habilidades emprendedoras en los alumnos. Con esta finalidad el Programa "YDHEA", Desarrollo de habilidades emprendedoras en Aragón, se mantiene en Aragón durante el curso 2015-2016

Este Programa tiene como finalidad experimentar una metodología de trabajo novedosa dirigida a la formación competencial del alumnado, especialmente en aquellas habilidades necesarias para descubrir su potencial y talento personal, y a fomentar su espíritu emprendedor. El profesor es pilar básico en esta propuesta, que se ha de convertir en generador y conductor del cambio para el alumno.

Esta metodología propone y facilita la realización en el aula de dinámicas basadas en el aprendizaje desde la experiencia, a través de un material digital desarrollado por YPD (Young Potential Development), incluido en una caja o box, disponible tanto en español como en inglés.

En virtud de lo expresado anteriormente y a propuesta de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, resuelvo:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

1. Esta orden tiene por objeto la convocatoria del Programa "YDHEA", Desarrollo de habilidades emprendedoras en Aragón durante el curso escolar 2015-2016, dirigida a todos los docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Las actuaciones que forman parte de este programa van dirigidas al profesorado y alumnado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional Básica y de Grado Medio de centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- Finalidad de la convocatoria.

1. Este Programa tiene como objetivo la formación competencial del alumnado, en especial en el desarrollo de habilidades relacionadas con el emprendimiento.

2. Se apoya en una novedosa metodología de trabajo. Los profesores trabajarán en el aula una serie de dinámicas, a través de un material en soporte físico y digital presentado en una caja o box, disponible en español e inglés.

3. La finalidad es que los alumnos puedan descubrir su potencial, talento y fomentar su espíritu emprendedor.

4. Esta orden establece las bases para la selección de los participantes, su puesta en funcionamiento y actuaciones a llevar a cabo por el profesorado y alumnos que participen en este programa durante el curso 2015-2016.

Tercero.- Destinatarios.

1. Podrán participar en esta convocatoria docentes que impartan alguna de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Básica o de Grado Medio.

2. Los profesores podrán elegir presentarse de forma individual, o como un equipo de no más de tres profesores del mismo centro. El profesorado podrá ser de cualquier ámbito curricular. En cada equipo, uno de sus miembros se presentará como líder o coordinador del Programa.

3. Los profesores que hayan sido seleccionados para participar de forma individual o como líderes de un equipo, recibirán la formación y el material de trabajo. Además tendrán la responsabilidad de poner en práctica el Programa y desarrollarlo en el centro al que pertenezcan.

4. Los profesores que formen parte de un equipo seleccionado y no tengan la función de líder, colaborarán en las actuaciones o dinámicas que se realicen con los alumnos en el aula, de acuerdo a las indicaciones y directrices del líder o coordinador del Programa.

5. La participación de todos los profesores implicados en el Programa será activa y colaboradora durante todas sus fases o hitos, con objeto de lograr una visión y comprensión compartida del Programa, y de los resultados derivados de su aplicación en el aula.

6. La participación en este Programa es compatible con la participación en otros programas educativos, inclusive aquellos relacionados con el emprendimiento.

Cuarto.- Actuaciones a desarrollar. Fases de desarrollo.

1. El Programa "YDHEA" se fundamenta en seis actuaciones clave o hitos:

1.1. Formación del profesorado.

1.2. Aplicación de metodologías activas en el aula basadas en cuatro pilares básicos: creatividad, energía, comunicación y liderazgo. Realización de dinámicas que serán aportadas por la herramienta "YPD Box". Las dinámicas que ofrece el programa son:

- La Marca.

- La Molécula.

- Clic.

- El Hombre del Tiempo.

- La Campaña.

- Presentaciones Eficaces.

- Modelando a un Conferenciante.

- Ritmo y Movimiento (Martial Fusión).

- Plan de Negocio.

- Cardiobox.

- La Lista de mi Vida.

- Experiencia Estrella del Pop.

- Experiencia Cartoon.

- Juggling Management.

- Experiencia Shakespeare.

- El Reto de la Educación del Futuro.

- Yoga.

- Diseño y Moda.

- El Juicio.

- El Juguete.

- El Debate.

- El Mapa de mi Vida.

- La Arquitectura de una Idea.

- Adagio.

1.3. Puesta en común de experiencias de aprendizaje entre los profesores que participen en el Programa.

1.4. Realización de una memoria anual del Programa.

1.5. Convocatoria de los Premios "YDHEA", patrocinados por Ibercaja Obra Social y la Fundación Juan-Miguel Villar Mir.

1.6. Acto de Clausura, en el que se expondrán algunas de las dinámicas desarrolladas y se hará entrega de los Premios "YDHEA".

2. La formación del profesorado irá dirigida a los líderes de equipo y a los profesores seleccionados para participar de forma individual. Se llevará a cabo a través de dos acciones:

2.1. La realización de una Jornada de Sensibilización de 4 horas de duración, que se llevará a cabo en octubre en horario lectivo. En esta Jornada se hará entrega a los participantes de la herramienta "YPD Box".

2.2. La autoformación del profesorado, que se realizará a través de tutoriales y formación virtual. La formación online consistirá en una sesión al mes a lo largo del curso académico, a través de un Aula Virtual que será habilitada al efecto.

3. Los docentes realizarán en el aula dinámicas basadas en el aprendizaje por la experiencia a través de las que sus alumnos podrán desarrollar su potencial y talento y fomentarán un espíritu emprendedor.

4. Para la puesta en común de experiencias de aprendizaje se utilizará la plataforma virtual del programa http://catedu.es/ydhea/. En esta plataforma existe un foro y un blog para que todos los profesores que participen en el Programa puedan compartir experiencias, materiales, recursos, resultados y metodologías de aplicación en el aula.

5. Una vez finalizado el programa, los profesores que participen de forma individual y los equipos de trabajo remitirán a la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente una Memoria Anual de acuerdo con el modelo que se publicará en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: www.educaragon.org, antes del 30 de junio.

6. Esta memoria anual deberá de presentarse teniendo en cuenta lo establecido en el apartado Noveno punto 3 de esta orden.

7. Con el patrocinio de Ibercaja Obra Social y la Fundación Juan-Miguel Villar Mir, se realizará la convocatoria de los Premios "YDHEA" en el mes de abril de 2016. Podrán participar tanto los profesores seleccionados para este curso 2015-2016, como los profesores que participaron en el proyecto piloto YDHEA el curso 2014-2015. Los requisitos y bases para participar se publicarán en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

8. En el mes de mayo de 2016, se realizará un Acto de Clausura con el objetivo de reconocer el esfuerzo de los profesores y alumnos en el trabajo realizado a lo largo de todo el curso. En este Acto de Clausura los alumnos expondrán alguna de las dinámicas desarrolladas y se hará entrega de los Premios "YDHEA".

Quinto.- Solicitudes, documentación complementaria y plazo de presentación.

1. Los profesores que reuniendo los requisitos exigidos, deseen participar en las actividades convocadas a través del Programa "YDHEA", deberán realizar solicitud cumplimentando electrónicamente mediante el formulario disponible en la web http://convocatorias.educa.aragon.es, accesible desde la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (www.educaragon.org), e imprimirse para ser remitida en formato papel al Director General de Política Educativa y Educación Permanente. Si por circunstancias técnicas no se pudiera acceder al formulario, deberá utilizarse el modelo previsto como anexo I y II de esta orden.

2. El formulario on-line deberá imprimirse y dirigirse a la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, y podrá presentarse en el Registro del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte -C/ Pablo Ruiz Picasso, 65-D, planta 1.ª de Zaragoza, o en el Registro del Servicio Provincial de Zaragoza - C/ Juan Pablo II, 20; del Servicio Provincial de Huesca - Plaza Cervantes, 1, en el del Servicio Provincial de Teruel - C/ San Vicente de Paúl, 3; o en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón o cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En todas las solicitudes deberá figurar el sello de entrada de la correspondiente Unidad de Registro. A efectos de esta convocatoria, no se considerarán registros válidos para la presentación de solicitudes los de los centros educativos.

3. En la solicitud se dejará constancia de los méritos alegados para la valoración de los solicitantes, teniendo en cuenta los criterios que se recogen en el apartado séptimo de esta orden. En el caso de equipos de profesores, solo será necesario que consten los méritos del profesor presentado como líder del equipo.

4. La solicitud se acompañará de un breve documento elaborado por el/los profesores que deseen participar de forma individual, o conjuntamente, por los profesores que vayan a participar como equipo. En este documento se expondrá o expresará de forma concreta, creativa y original, la motivación para participar en el Programa. Se presentará en formato electrónico de libre elección, teniendo en cuenta las indicaciones que aparecen en el anexo I y se enviará a la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente a través del correo electrónico participacioneducativa@aragon.es, indicando claramente en el asunto del correo: Programa YDHEA y nombre del profesor y centro al que pertenece. Para una mejor gestión se recomienda que junto a este documento se remita también al mismo correo electrónico, copia escaneada de la solicitud de participación.

5. El plazo de presentación de las solicitudes y el documento complementario comenzará el día 7 de septiembre de 2015 y finalizará el 21 de septiembre de 2015. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, serán atendidas solo en caso de haber presupuesto suficiente para financiarlas.

Sexto.- Número de participantes y valoración de solicitudes.

1. Se seleccionaran un total de 35 profesores. Se contabilizará como una única solicitud, la de los profesores que participen en el Programa como un equipo de profesores, independientemente del número de profesores que formen el equipo.

2. No habrá límite en el número de solicitudes de profesores o equipo de profesores que quieran participar en el programa de cada centro.

3. La Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte actuará como órgano instructor del procedimiento. Recibirá las solicitudes y comprobará que la documentación presentada por los centros sea la correcta. En caso de que las solicitudes presentadas no reúnan los requisitos exigidos por esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre subsanación y mejora de solicitudes.

4. Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes se constituirá una comisión autonómica de valoración que estará presidida por la Jefa de Servicio de Análisis y Planificación Educativa, o persona en quien delegue, y compuesta por los siguientes miembros:

a) Tres asesores de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente.

b) Un representante de Ibercaja Obra Social.

c) Un representante de la Fundación Juan-Miguel Villar Mir.

d) Un funcionario de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente que actuará como secretario.

5. La Comisión se regirá por las disposiciones que regulan el funcionamiento de los órganos colegiados de las Administraciones Públicas, en concreto, los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en los artículos 25 y siguientes del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

6. La comisión de valoración aplicará los criterios previstos en el apartado Séptimo de esta orden.

7. Realizada la valoración de las solicitudes, la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, procederá a hacer pública en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte (www.educaragon.org), la resolución provisional de la convocatoria. Esta resolución incluirá una relación nominal de los profesores seleccionados y los profesores en reserva y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

8. En el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la resolución provisional, los interesados podrán presentar alegaciones a la resolución provisional mediante la aportación de la documentación que estimen adecuada. Las reclamaciones se dirigirán a la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente y se presentarán en los lugares y en la forma indicada en el apartado quinto de esta convocatoria. Para una mejor gestión se recomienda comuniquen a la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente la presentación de las reclamaciones remitiendo un correo electrónico a participacioneducativa@aragon.es, indicando en el asunto "Programa YDHEA" y nombre del profesor que lo remite.

9. Finalizado el plazo de alegaciones, la Comisión de Valoración examinará las reclamaciones presentadas en plazo. Una vez valoradas se elaborará la propuesta de resolución definitiva que indicará los profesores seleccionados y se elevará al Director General de Política Educativa y Educación Permanente.

Séptimo.- Criterios de valoración.

1. Valoración del documento presentado, según se establece en el apartado Quinto punto 3 de esta orden. Los profesores que participen como equipo presentarán un solo documento. Se podrán obtener hasta 10 puntos siendo necesario obtener al menos, un mínimo de 5. Para esta valoración se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

a) Creatividad de la propuesta y originalidad del documento. (hasta 2 puntos)

b) Justificación de la necesidad de fomentar el espíritu emprendedor del alumnado. (hasta 2 puntos)

c) Posibilidad real de aplicación en el aula. (hasta 2 puntos)

2. Se valorará con 4 puntos que los profesores que soliciten participar en el Programa hayan obtenido destino definitivo en el centro o tengan contrato indefinido con el mismo, con el fin de dar continuidad al proyecto en cursos sucesivos. Esta circunstancia solo se tendrá que acreditar por los centros privados concertados y los centros privados, mediante certificado del director del centro.

3. La puntuación total con la que participa el centro será la resultante de sumar la puntuación del punto 1 y 2 de este apartado.

4. En caso de empate en la puntuación total de un centro, tendrán preferencia las solicitudes de equipos de profesores. Y si aún así prevaleciera el empate, se desempatará atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el punto 1 de este apartado. Si finalmente sigue existiendo empate, prevalecerá el centro cuyo número de solicitudes seleccionadas sea menor.

Octavo.- Resolución de la convocatoria y notificaciones.

1. A propuesta del Director General de Política Educativa y Educación Permanente la Consejera del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte resolverá mediante orden la convocatoria, distinguiendo la relación nominal de los profesores seleccionados, los profesores en reserva y los excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

2. La relación nominal de los profesores seleccionados, en reserva y excluidos será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", y difundida a través de la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: www.educaragon.org.

3. Contra la orden de resolución de esta convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Noveno.- Compromiso de los centros participantes. Memoria anual y Premios "YDHEA".

1. Los profesores que resulten seleccionados en la presente convocatoria se incorporarán al Programa "YDHEA" para el curso 2015-2016, y remitirán antes del 31 de octubre a la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, por los cauces establecidos en el apartado Quinto punto 2 y en copia escaneada al correo electrónico participacioneducativa@aragon.es comunicado de la dirección del centro, según modelo anexo II, en el que constará que se ha informado y ha sido aprobado en el Consejo Escolar la participación del profesor en el Programa "YDHEA".

2. Los profesores que participen de forma individual y los líderes de los equipos de trabajo, habrán de asistir a la Jornada de Sensibilización y realizar la formación online.

3. Cada profesor que participe de forma individual y cada equipo de trabajo, habrá de elaborar una memoria anual de acuerdo con las indicaciones que se publicarán en la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte. La memoria irá dirigida a la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente y se enviará a través de la dirección de correo electrónico: participacioneducativa@aragon.es, antes del 30 de junio de 2016.

4. Todos los proyectos realizados por los alumnos relativos a una de las dinámicas seleccionadas, y a criterio del centro y profesores implicados, podrán presentarse al Acto de Clausura que se convocará para el mes de mayo y en donde se entregarán los Premios "YDHEA". Las instrucciones con los requisitos y bases para participar en dicho acto se publicarán en la página web del departamento en el mes de abril.

Décimo.- Reconocimiento y certificación de la actividad.

1. De acuerdo con lo establecido en la Orden de 18 de mayo de 2015, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado, la participación del profesor líder de los equipos de trabajo, y de los profesores que hayan participado de forma individual, dará derecho al reconocimiento de 30 horas de formación del profesorado.

2. Para la acreditación de las 30 horas de formación, los profesores deberán asistir a la jornada de sensibilización, realizar al menos dos de las dinámicas propuestas (trabajo práctico en su aula) de entre las establecidas en el programa, participar en un mínimo de 4 aulas virtuales, insertar 1 entrada en los foros abiertos a tal efecto y realizar la memoria anual del programa.

3. Junto a la memoria anual de la actividad, el centro presentará un acta firmada por el director del mismo, en la que figurará la relación de profesores con derecho a 30 horas de certificación. En su caso, se especificarán también aquellos profesores que hayan perdido el derecho a certificación, conforme a la previsión inicialmente formulada, con indicación del motivo. Una vez revisada la documentación por la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, certificarán la formación que corresponda los Servicios Provinciales.

Undécimo.-

Evaluación de programas educativos.

1. Con el fin de evaluar el programa educativo e introducir mejoras, los centros que tengan profesores seleccionados deberán asumir los siguientes compromisos:

a) Los centros públicos deberán marcar en la aplicación informática GIR/SIGAD el alumnado participante en el programa antes del 30 de junio.

b) Los centros concertados deberán incluir en la memoria final del programa la relación del alumnado participante, identificándolo únicamente mediante su número GIR.

2. Tener los datos del alumnado participante permitirá realizar un análisis del impacto del programa en su trayectoria educativa y, como consecuencia, introducir cambios en la planificación y diseño de los programas educativos.

3. Los centros que incumplan esta obligación de colaboración no podrán participar en la convocatoria del programa del siguiente curso escolar.

Decimosegundo.- Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Director General de Política Educativa y Educación Permanente para que adopten las medidas oportunas para la ejecución de esta orden.

Decimotercero.-

Referencia de género.

Las menciones contenidas en la presente resolución al género masculino se entenderán aplicables también a su correspondiente femenino.

Decimocuarto.-

Efectos.

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Decimoquinto.-

Recursos.

1. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 9

de junio de 2015.

La Consejera de Educación

, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ