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RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2021, del Director General de Energía y Minas, por la que se otorga la autorización administrativa previa y de construcción del proyecto ampliación parque 132 kV, de la instalación "SET Plhus 132/45/15 KV de Endesa Distribución Eléctrica en el término municipal de Huesca".

Publicado el 03/12/2021 (Nº 247)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

Número exp. aut: IP-PC-0093/2021.

Número exp. SP: AT-71/2021.

Primero.- Solicitud de autorización administrativa previa y de construcción.

Con fecha 25 de junio de 2021, presentada por D. Javier Arto Bintaned, con DNI número ****800**, en representación de E-Distribución Redes Digitales, SLU, CIF B82846817, con domicilio en C/ Aznar Molina, 2, 50002 Zaragoza (Zaragoza), presenta, para la autorización administrativa previa y de construcción, el proyecto de ejecución de ampliación parque 132 kV, de la instalación "SET Plhus 132/45/15 KV de Endesa Distribución Eléctrica", ubicada en el término municipal de Huesca, así como el expediente derivado de dicha solicitud. (Número Exp. de Servicio Provincial: AT-71/2021). (Número Exp. de la Dirección General de Energía y Minas: IP-PC-0093/2021).

Segundo.- Tramitación de expediente por el Servicio Provincial.

El Servicio Provincial de Huesca procede al trámite de la citada solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones SET Plhus 132/45/15 KV de Endesa Distribución Eléctrica Como consecuencia de dicha tramitación, el Servicio Provincial de Huesca emite el Informe-propuesta de Resolución, con fecha 21 de junio de 2021 y Número Exp. de Servicio Provincial de Huesca: AT-71/2021.

Los principales aspectos recogidos en dicho documento vienen a indicarse en los distintos apartados de los antecedentes de esta Resolución que figuran a continuación.

Tercero.- Información pública, audiencia y alegaciones.

Dentro del trámite correspondiente al Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, conforme al artículo 125, y al artículo 39 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, se publicó un anuncio en el "Boletín Oficial de la Aragón", número 161, de 2 de agosto de 2021, por el que somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación.

En el trámite de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, en fecha 2 de julio de 2021, se remite el proyecto de la instalación al Ayuntamiento de Huesca como único organismo afectado. El Ayuntamiento de Huesca, visto el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de acuerdo con el artículo 127 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, emite informe de fecha 11 de agosto de 2021 aprobando la solución propuesta por E-Distribución Redes Digitales, SLU, señalando que se ha informado favorablemente la concesión de la licencia para la ejecución de las obras.

Cuarto.- Proyecto técnico.

El Informe-propuesta de Resolución del Servicio Provincial incluye análisis del proyecto técnico y su adecuación a la normativa de instalaciones industriales y eléctricas, y se da por reproducido en la presente Resolución.

El proyecto de ejecución objeto de esta Resolución", Subestación Plhus 132/45/15kV ampliación parque de 132 kV proyecto de ejecución" de la instalación "SET Plhus 132/45/15 kV", está suscrito por D. Alberto Salvador Lapiedra, Ingeniero Técnico Industrial, colegiado número 8175 por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón, con número de visado número VIZA213456, de fecha 17 de junio de 2021.

Fundamentos de derecho

Primero.- La legislación aplicable al presente procedimiento es, básicamente, la siguiente: la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa; el Decreto-ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón; el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23; Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica; el Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna; y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación concordante.

Segundo.- Examinado el expediente completo referido a la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de la ampliación de 132 kV, en la instalación "SET Plhus 132/45/15 kV", y visto el informe favorable del Servicio Provincial de Huesca de fecha 20 de septiembre de 2021.

En virtud de lo expuesto y considerando las competencias compartidas en materia de energía que el artículo 75.4 del vigente texto de Estatuto de Autonomía de Aragón, atribuye a esta Comunidad Autónoma y las atribuidas por el Decreto de 18/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria, competitividad y Desarrollo Empresarial, y en aplicación de la normativa legal señalada, resuelvo:

Primero.- Conceder la autorización administrativa previa a E-Distribución Redes Digitales, SLU para la ampliación de posición de 132 kV, en la instalación SET Plhus 132/45/15 KV, en el termino municipal de Huesca.

Segundo.- Conceder la autorización administrativa de construcción para el proyecto de ejecución "Subestación Plhus 132/45/15kV ampliación parque de 132 kV proyecto de ejecución", de la SET Plhus 132/45/15 KV de Endesa Distribución Eléctrica, suscrito por D. Alberto Salvador Lapiedra, Ingeniero Técnico Industrial, colegiado número 8175 por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón, con número de visado VIZA213456, de fecha 17 de junio de 2021.

Las características principales recogidas en el proyecto son las siguientes:

1. Datos generales.

2. Características técnicas.

Ampliación del parque de 132kV mediante:

Una nueva posición de línea doble barra de tipo interior blindada aislada en SF6 (evacuación PE San Isidro).

Realización de la zanja, el tendido y el conexionado del cable de 132 kV dentro del terreno de la subestación.

Ampliación de la remota existente de telecontrol.

Tercero.- La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa. La autorización proyecto se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones especiales siguientes:

1. Con carácter previo a la solicitud de autorización de explotación se deberán comunicar a la administración las instalaciones afectadas por Reglamentos de Seguridad Industrial, acreditando su cumplimiento.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

3. Una vez terminadas las obras, el titular solicitará al Servicio Provincial de Huesca del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial la autorización de explotación, aportando el certificado de dirección de obra suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda, acompañando la documentación técnica necesaria que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos.

4. El plazo de puesta en marcha será de 18 meses, contados a partir del día siguiente al de notificación al titular de la presente Resolución.

5. Dicho plazo podrá ser ampliado conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, en su caso, conforme a lo que pueda disponer la normativa específica en la materia.

6. El titular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos de ejecución de las instalaciones al Servicio Provincial de Huesca del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial.

7. Se efectuarán todas las inspecciones periódicas reglamentariamente previstas en el artículo 17 del Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, así como en el artículo 163 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y demás legislación vigente.

Cuarto.- Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio, al urbanismo y al medio ambiente.

Quinto.- La autorización administrativa previa y de construcción, lo será a salvo del derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. La disponibilidad de bienes y derechos afectados para la instalación deberán obtenerse por medios válidos en derecho, no siendo objeto de esta autorización que no implica pronunciamiento alguno sobre la necesidad de ocupación de los bienes afectados, la cual es objeto de otro expediente. Si de dicho expediente se establecen modificaciones, el proyecto técnico deberá ser ajustado a las mismas.

Sexto.- El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta autorización o la variación sustancial de los presupuestos que han determinado su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al interesado, de acuerdo a lo previsto en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Séptimo.- La presente Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, según lo dispuesto en el artículo 54 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 58 del citado texto refundido y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 1 de octubre de 2021.- El Director General de Energía y Minas, Sergio Breto Asensio.