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ANUNCIO de la Dirección General de Conservación del Medio Natural, por el que se somete a información pública el proyecto de orden del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se procede a la modificación de los límites de lugares de importancia comunitaria y zonas de especial protección para las aves.

Publicado el 13/12/2013 (Nº 244)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

En cumplimiento de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 relativa a la conservación de las aves silvestres (en adelante, Directiva "Aves" y que viene a sustituir a la derogada Directiva 79/409/CEE relativa a la conservación de las aves silvestres), la Comunidad Autónoma de Aragón designó, durante los años 1988 a 2005, un total de 45 Zonas de Especial Protección para las Aves, ocupando un total de 845.000 hectáreas de la superficie aragonesa.

Por su parte, en cumplimiento de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, la Comisión Europea, mediante Decisión de 22 de diciembre de 2003 y Decisión de 19 de julio de 2006, aprobó la Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) para la Región Biogeográfica Alpina y para la Región Mediterránea, lo que supuso la inclusión de 156 LIC aragoneses en la Red Ecológica Europea Natura 2000 (Red Natura 2000), ocupando más de un millón de hectáreas.

No obstante, en la actualidad se dispone de elementos cartográficos más precisos que permiten concretar mejor el área de cada espacio. Por ello, y por motivos de seguridad jurídica, resulta preciso adoptar una delimitación cartográfica que defina con mayor precisión el ámbito de aplicación de la actual Red Natura 2000. También se pretende ajustar los espacios fronterizos de acuerdo con la línea límite autonómica consensuada por las comunidades autónomas y el Estado en el seno del Comité de Espacios Naturales Protegidos de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza. Además, se pretende unificar espacios de la red que mantienen una compartimentación infundada como consecuencia de los medios técnicos y tecnológicos con los que se contaba en el momento de su designación y que generan importantes complicaciones para su gestión. El proceso de modificación de límites ha contemplado la confluencia de los límites de las Zonas de Especial Protección para las Aves y los Lugares de Importancia Comunitaria. Esta unificación y confluencia de espacios y límites ha obligado a la recodificación de la práctica totalidad de los Lugares de Importancia Comunitaria, que se muestra en el anexo I de la orden que se pretende aprobar.

La inclusión de un territorio en la Red Natura 2000 conlleva obligaciones para la Administraciones Públicas y los particulares, todas ellas orientadas a la conservación de los ecosistemas y las especies silvestres, y a la protección y restauración de sus hábitats, por lo que muchas de las actuaciones que se pretenden desarrollar en territorio de la Red Natura 2000 requieren de una adecuada evaluación de afecciones y, en ciertos casos, no pueden llevarse a cabo. Por otro lado, los espacios que forman parte de la Red Natura 2000 son susceptibles de recibir medidas de acompañamiento de la Política Agrícola Común, haciendo posible que esos territorios puedan acogerse a ayudas agroambientales, entre otras.

Con tal objeto se ha redactado el proyecto de orden del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se procede a la modificación de los límites de Lugares de Importancia Comunitaria y Zonas de Especial Protección para las Aves, en el que se efectúa una más precisa delimitación de los mismos.

En aplicación de los artículos 44 y 48 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, del artículo 18 de la Ley 27/2006 de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede someter a información pública la propuesta de ajuste de límites de la Red Natura 2000 en Aragón, y la propuesta de declaración de nuevas Zonas de Especial Protección para las Aves y Lugares de Importancia Comunitaria.

Por lo expuesto resuelvo:

Primero.- Someter a información pública el proyecto de orden del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se procede a la modificación de los límites de Lugares de Importancia Comunitaria y Zonas de Especial Protección para las Aves en Aragón por un periodo de 45 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón".

Segundo.- Durante este período, cualquier persona física o jurídica que lo considere oportuno podrá examinar el proyecto de orden y presentar las alegaciones y sugerencias que estime pertinentes.

Tercero.- En los anexos I y II del proyecto de orden se detallan las modificaciones sobre las Zonas de Especial Protección para las Aves y los Lugares de Importancia Comunitaria que quedan afectados por la nueva propuesta de delimitación geográfica.

El proyecto de orden, la cartografía y el resto de la documentación podrá examinarse en días hábiles en las dependencias administrativas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Departamento de Hacienda y Administración Pública (edificio Pignatelli, paseo María Agustín, número 36) y del Servicio de Biodiversidad del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente (San Pedro Nolasco, número 7, Zaragoza) y de los Servicios Provinciales de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en Huesca (c/ General Lasheras, número 8), Teruel (c/ San Francisco, número 27) y en Zaragoza (edificio Pignatelli, paseo María Agustín, número 36).

Igualmente, dicha documentación está disponible para su consulta en la página web del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón (http://www.aragon.es) y en el Sistema de Información Territorial de Aragón (http://sitar.aragon.es).

Cuarto.- Las alegaciones o sugerencias deberán presentarse por escrito, haciéndose constar en el mismo el nombre, apellidos, D.N.I., y domicilio del alegante y se dirigirán a la Dirección General de Conservación del Medio Natural del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, pudiendo ser presentadas en los lugares indicados en el apartado anterior así como en cualquiera de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 28 de noviembre de 2013.- El Director General de Conservación del Medio Natural, Santiago Pablo Munilla López.