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RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2021, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se extingue la Autorización Ambiental Integrada de la planta ubicada en Cuarte de Huerva (Zaragoza), titularidad de Industrias Anión L. Velázquez, SL Número de Expediente INAGA 500301/02/2021/07911).

Publicado el 10/11/2021 (Nº 230)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 5 de diciembre de 2007, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", número 143, la Resolución de 6 de noviembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada a las instalaciones existentes de Industrias Anión L. Velázquez, SL, ubicadas en el término municipal de Cuarte de Huerva (Zaragoza). (Expte. INAGA 500301/02/2006/10592). Dicha autorización, adquiere efectividad con fecha 26 de junio de 2012 y se le otorga el número AAI-125.

Con fecha 5 de junio de 2013, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", número 109, la Resolución de 16 de mayo de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la citada Resolución de 6 de noviembre de 2007, en relación con los focos emisores y la generación de residuos peligrosos. (Expte. INAGA 500301/02/2012/2444).

Con fecha 27 de enero de 2014, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", número 18, la Resolución de 16 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la Autorización Ambiental Integrada de la planta de recubrimiento mediante proceso electrolítico de baños de zinc, y plateado de piezas de cobre, ubicada en el término municipal de Cuarte de Huerva (Zaragoza), promovida por Industrias Anión L. Velázquez, SL (Expte. INAGA 500301/02/2013/8868).

Por Resolución de 12 de febrero de 2020, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se autoriza el proyecto de desmantelamiento de varias líneas de tratamiento de superficies metálicas pertenecientes a la planta ubicada en Cuarte de Huerva (Zaragoza), titularidad de Industrias Anión L. Velázquez, SL. (Expte. INAGA 500301/02/2018/3694).

Con fecha 10 de agosto de 2021, se recibe en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental escrito del Jefe de Servicio de Control Ambiental de la Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria que comunica que, tras comprobarse el cumplimiento y requisitos establecidos en la Resolución de 12 de febrero de 2020, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se autoriza el proyecto de desmantelamiento de varias líneas de tratamiento de superficies metálicas pertenecientes a la planta ubicada en Cuarte de Huerva (Zaragoza), titularidad de Industrias Anión L. Velázquez, SL. (Expte. INAGA 500301/02/2018/3694) y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.2, dicha autorización adquiere efectividad.

Resultando que el condicionado 1.2 de la Resolución de 12 de febrero de 2020, establece que una vez otorgada la efectividad, se notificará al titular y al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y que, recibida la notificación, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental emitirá de oficio resolución por la que se extingue la Autorización Ambiental Integrada a la planta de recubrimiento mediante proceso electrolítico de baños de zinc, y plateado de piezas de cobre, ubicada en Cuarte de Huerva (Zaragoza), otorgada por Resolución de 6 de noviembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Resultando que Industrias Anión L. Velázquez, SL, seguirá en las instalaciones con la actividad de cincado alcalino de piezas metálicas con base férrica en dos instalaciones, una de tipo estática y otra de cincado en bombo, y por tanto, una vez extinguida la Autorización Ambiental Integrada, la actividad deberá contar con las autorizaciones y/o registros ambientales que legalmente le correspondan.

Considerando lo establecido en el artículo 68 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se considera procedente la extinción de la Autorización Ambiental Integrada.

Vistos, el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención y Control integrados de la contaminación, la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Emitir Resolución por la que se extingue la Autorización Ambiental Integrada de las instalaciones de Industrias Anión L. Velázquez, SL, en Cuarte de Huerva (Zaragoza), promovido por Industrias Anión L. Velázquez, SL, otorgada por Resolución de 6 de noviembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y actualizada por Resolución de 16 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, debido a que el volumen de las cubas destinadas al tratamiento de superficies metálicas, exceptuando las cubetas de lavado pasará a estar por debajo de 30 m³ y, por tanto por debajo de los umbrales de Autorización Ambiental Integrada de acuerdo con el anexo IV epígrafe 2, producción y transformación de metales, apartado 2.6 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

En tanto en cuanto no se disponga de las autorizaciones y/o registros ambientales independientes que correspondan a la instalación modificada y que Industrias Anión L. Velázquez, SL, deberá solicitar ante los órganos competentes, las emisiones de todo tipo generadas por la instalación así como los controles y obligaciones documentales a los que está obligada seguirán siendo los establecidos en la Resolución de 6 de noviembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y Resoluciones de modificaciones posteriores.

Comunicar la presente Resolución al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a los efectos de proceder a dar de baja dicha Autorización Ambiental Integrada en el inventario de instalaciones regulado en el artículo 8.2.a) del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

Esta Resolución se notificará en la forma prevista en el artículo 68 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 12 de agosto de 2021.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL