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RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la de 13 de junio de 2007 por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación porcina de producción con capacidad para 2140 cerdas con lechones hasta 6 Kg, 500 cerdas de reposición y 4 verracos, equivalentes a 606,2 U.G.M., situada en el polígono 102, parcelas 10039, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por la sociedad Casanova y Sumelzo, S.L. (Expte. INAGA/500202/02/2017/05801).

Publicado el 14/12/2017 (Nº 238)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 1 de junio de 2017 presenta escrito en este Instituto, la sociedad Casanova y Sumelzo S.L. con C.I.F. B-50.675.396, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación por actualización de las construcciones que forman la explotación y cambio en el grupo electrógeno.

Antecedentes de hecho:

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 13 de junio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 76, de 27 de junio de 2007 (Expte. INAGA/500301/02/2006/08338).

Segundo.- Mediante Resolución de 30 de diciembre de 2013, de este instituto, se actualiza la autorización ambiental integrada de la explotación, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 30, de 12 de febrero de 2014. (Expte. INAGA/500601/ 02/2013/10601).

Tercero.- La modificación puntual solicitada consiste en añadir 4 naves de maternidad existentes de 23,50 x 6,30 m. cada una y cambio del grupo generador eléctrico que figura en la autorización, que era movido por la toma de fuerza de tractor por un grupo electrógeno diesel de 127 kW. con motor propio.

Fundamentos jurídicos:

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 13 de junio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para el proyecto de ampliación de la explotación porcina para producción, con capacidad para 2140 cerdas con lechones hasta 6 Kg, 500 cerdas de reposición y 4 verracos, equivalentes a 606,2 U.G.M., situada en el polígono 102, parcelas 10039, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por la sociedad Casanova y Sumelzo, S.L, en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con tres naves iguales para gestación de dimensiones 42x11,85 m., una cuarta nave para gestación de dimensiones 42x14,50 m. una nave para maternidad de dimensiones 76x16,40 m., una nave para maternidad de dimensiones 50,80x16,40 m., una nave para reposición de dimensiones 27,02x17,7 m., una nave para gestación con unas dimensiones de 101,90 x 24,60 m., una nave para maternidad con unas dimensiones de 27,80 x 6,80 m, una nave para reposición con unas dimensiones de 27,02 x 17,60 m., cuatro naves modulares de 23,50 x 6,30 m. de maternidad, dos almacenes entre sitiados entre las naves anteriores de 2 x 6,30 m., una nave para lazareto de dimensiones 12x4 m., una nave para vestuarios de dimensiones 15x6 m., una fosa de purines con una capacidad de 4.275 m³, una fosa de cadáveres con una capacidad de 52,50 m³, una balsa de agua con una capacidad de 700 m³, un vado de desinfección, pediluvios a la entrada de cada local y vallado perimetral de la explotación".

El punto 2.3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.3. El suministro eléctrico a la explotación se realiza mediante derivación en línea aérea desde una línea de Media Tensión hasta la explotación, disponiéndose un transformador de 100 KVA en el último apoyo. Se estima un consumo energético anual de 321.696 Kwh. También se dispone de un grupo electrógeno diesel de 127 KW. Dado que el uso del grupo será solo en caso de fallo de suministro, se estima un consumo anual de 50 litros de gasoil. La clasificación de estos focos emisores, según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, está incluida en el código 02 03 04 04, sin grupo asignado. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera no superarán los valores siguientes: 616 mg/Nm³ de NOx; 625 mg/Nm³ de CO".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 20 de noviembre de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL