Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la de 3 de octubre de 2007, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de hembras reproductoras existente, con una capacidad para 890 plazas de reproductoras, ubicada en la parcela 33 del polígono 514 del término municipal de Barbues (Huesca), y promovida por Agroganadera del Flumen S.L. (Expte INAGA 500202/02/2017/11579).

Publicado el 20/12/2018 (Nº 245)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 12 de diciembre de 2017 el promotor, Agroganadera del Flumen S.L, solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en modificación del sistema de calefacción.

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (en adelante INAGA), de 3 de octubre de 2007, se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de producción con una capacidad de 890 plazas, ubicada en el polígono 14 parcelas 25, 103 y 148, en el término municipal de Barbues (Huesca) y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 125, de 24 de octubre de 2007 (Número de Expediente INAGA 500301/02/2006/10903).

Segundo.- Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 26 de julio de 2012, se aprueba modificación no sustancial por adaptación a la normativa de bienestar animal de acuerdo al Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre (Número de Expediente INAGA 500301/02/2012/06653)

Tercero.- Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 7 de octubre de 2013, se aprueba modificación no sustancial por adaptación a la normativa de bienestar animal de acuerdo al Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre (Expte INAGA 500301/02/2013/09736)

Cuarto.- Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 20 de noviembre de 2013, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se actualiza la autorización ambiental integrada de la explotación. (Expte INAGA 500601/02/2013/10605).

Quinto.- La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en acomodar los cambios realizados en la explotación, consistentes en la sustitución de las calderas de calefacción de gasoil por dos calderas de biomasa de 148 kw. de potencia. Con fecha 12 de abril se requiere al promotor completar la documentación, no recibiendo respuesta en el plazo establecido. Con fecha 7 de noviembre se concede trámite de audiencia al promotor por el que archivaría por desistimiento el expediente. Se responde el 15 de noviembre de 2018, aportando la información requerida en el mes de abril.

Se estima un consumo anual de 120.000 Kg de hueso de oliva, con un funcionamiento de 2100 horas anuales. Se incorporan de oficio los cambios de las modificaciones no sustanciales descritas en el antecedente segundo y tercero, incluyendo las instalaciones autorizadas en ellas.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de hembras reproductoras existente, con una capacidad para 890 plazas de reproductoras, ubicada en la parcela 33 del polígono 514 del término municipal de Barbues (Huesca), y promovida por Agroganadera del Flumen S.L. en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1. Otorgar la autorización ambiental integrada a Agroganadera Del Flumen S.L., con C.I.F. B-22233704 para la instalación existente de una explotación porcina reproductora para una capacidad de 890 plazas reproductoras, equivalentes a 267 UGM, situada en la parcela 33 del polígono 514, del término municipal de Barbués (Huesca), en las coordenadas X= 714.568, Y= 4.650.156, Z=400. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:"

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con 1 nave maternidad de dimensiones 134 x 16,35 m, 1 nave gestación de dimensiones 108 x 20 m, una ampliación adosada a la nave de gestación, de 21 x 18,80 m., 1 nave cuarentena de dimensiones 26 x 10 m, una nave de maternidad de 17,5 x 33,20 m., oficinas y vestuarios, de dimensiones 12 x 6 m, 1 fosa de cadáveres de dimensiones 4 x 3 x 3 m que proporcionan una capacidad de 36 m³, 2 fosas de purines, una de ellas de dimensiones 19 x 7 x 3 m, y capacidad para 399 m³, la otra fosa tiene unas dimensiones de 60,5 x 21,5 x 2,5 m y capacidad para 3.252 m³, 1 balsa de agua de 2.400 m³, vado sanitario y vallado perimetral de la explotación".

El punto 1.3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.3. Respecto a la instalación eléctrica se dispone de un centro transformador conectado a una línea de la compañía ERZ-ENDESA. El consumo eléctrico anual de la explotación se estima en 161.400 Kwh. El sistema de calefacción consiste en dos calderas de biomasa con una potencia unitaria de 148 Kw, se estima un consumo anual de 120.000 Kg de hueso de oliva, almacenando el combustible en dos silos contiguos de 12.000 Kg. La clasificación de estos focos emisores, según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, está incluida en el código 02 03 04 04, sin grupo asignado. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera no superarán los valores siguientes: 616 mg/Nm³ de NOx y 500 mg/Nm³ de CO. Estos focos emisores quedan exentos de control externo. En cualquier caso, se deberán realizar un mantenimiento periódico adecuado con objeto de minimizar las emisiones a la atmósfera".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 20 de noviembre de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL