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ORDEN de 22 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se trasladan enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma, para el curso 2015-2016.

Publicado el 10/06/2015 (Nº 109)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón prevé en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, en su artículo 1.1, corresponde al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón.

La Orden de 10 de diciembre de 2012, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, regula el procedimiento de redistribución y reordenación del personal docente no universitario de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, que presta sus servicios en centros públicos docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 250, de 26 de diciembre de 2012). Su artículo 4 se refiere a la situación de los profesores en los casos en que se produzca un cambio de enseñanzas desde un centro a otro.

En lo referente al curso 2015-2016, procede el cambio, desde un centro a otro, de enseñanzas determinadas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma. Esto es debido a las consecuencias derivadas de la ampliación de la duración de algunos ciclos formativos de Formación Profesional que ya se están impartiendo así como de la implantación de nuevas enseñanzas previstas en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, que requieren de una reorganización de espacios y equipamientos así como de la oferta de los centros.

En consecuencia, a propuesta del Director General de Ordenación Académica y del Director General de Gestión de Personal y de conformidad con el artículo 1.2 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, he resuelto:

Primero.- Cambiar desde un centro a otro, en los centros que se especifican, las enseñanzas de los ciclos formativos que a continuación se detallan:

Segundo.- Se autoriza al Director General de Ordenación Académica, al Director General de Gestión de Personal y a la Directora del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Teruel para dictar las instrucciones precisas y adoptar las medidas necesarias para garantizar los cambios de enseñanzas, desde un centro a otro, que se disponen en esta orden.

Tercero.- En el anexo de esta orden, se recogen las variaciones de plantillas docentes de los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional afectados por los cambios de enseñanzas indicados en el punto Primero.

Cuarto.- Al personal afectado por el cambio de enseñanzas, le será de aplicación lo dispuesto en la Orden de 10 de diciembre de 2012, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte que regula el procedimiento de redistribución y reordenación del personal docente no universitario de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, que presta sus servicios en centros públicos docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.- La presente orden tendrá efectos desde el inicio del curso 2015-2016. Con anterioridad a dicha fecha, podrán realizarse actuaciones administrativas y de gestión necesarias para la puesta en marcha de este cambio de enseñanzas.

Zaragoza, 22 de mayo de 2015.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ