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ORDEN de 21 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelven los recursos de reposición formulados contra la Orden de 27 de agosto de 2014, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas de material curricular para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015.

Publicado el 10/06/2015 (Nº 109)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Este Departamento ha visto los recursos de reposición contra la Orden de 27 de agosto de 2014, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas de material curricular para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015, interpuestos por las personas físicas que se relacionan en los anexos a esta orden resolutoria.

I. Antecedentes de Hecho

Primero.- Por Orden de 9 de mayo de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de política educativa y educación permanente.

Los artículos 35 a 42, insertos en el capítulo II de su Título II, regulan las ayudas para la adquisición de material curricular.

Segundo.- Mediante Orden de 6 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se convocaron ayudas para la adquisición de material curricular para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015.

Tercero.- En uso de las competencias atribuidas por el Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se dicta Orden de 27 de agosto de 2014, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas de material curricular para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015 (publicada en "Boletín Oficial de Aragón", con fecha 29 de agosto de 2014), pudiendo interponer contra la misma recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Entre el 30 de agosto y el 29 de septiembre de 2014, se han presentado 684 recursos de reposición contra la orden antedicha en los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cuarto.- Los interesados solicitan, en base a las alegaciones expuestas en sus respectivos recursos y que se dan por reproducidas, que les sean concedidas las ayudas que se relacionan en el anexo I de la antedicha Orden de 27 de agosto de 2014, para la adquisición de material curricular del alumnado.

Quinto.- Debido a la singularidad del procedimiento, el elevado número de recursos de reposición interpuestos y de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se entiende conveniente proceder a la publicación en "Boletín Oficial de Aragón", con el propósito de notificar el sentido de la resolución de los escritos de recurso de los interesados.

Sin perjuicio de lo indicado, se ha procedido a notificar con carácter previo e individualmente la resolución de los recursos cuyas pretensiones, en cumplimiento y aplicación de la normativa vigente, se han estimado en todo o en parte y, en su virtud, generan derechos cuya satisfacción es necesario hacer efectiva lo antes posible.

La estimación de estos recursos ha venido precedida de la evacuación de informe para cada uno de ellos por la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente así como de la tramitación prevista en el artículo 2.1 del Reglamento que desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 23/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón.

Sexto.- En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y de acuerdo con lo establecido en el apartado vigésimo primero de la Orden de 6 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de convocatoria de estas ayudas, la identificación de los recurrentes y el sentido de la resolución de sus pretensiones se lleva a cabo mediante el uso del código identificador generado por la aplicación informática correspondiente en el centro educativo donde se presentó la solicitud, código que figura en la solicitud presentada por los solicitantes.

Séptimo.- Han sido incorporados al expediente derivado de los citados recursos los antecedentes relacionados con cada uno, así como los informes de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, órgano directivo al que, junto a los Servicios Provinciales de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Huesca, Teruel y Zaragoza, compete las funciones de instrucción de las distintas fases del procedimiento de concesión de ayudas.

II. Normativa Aplicable

Son de aplicación a este expediente las siguientes normas:

- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ("Boletín Oficial del Estado", de 14 de diciembre de 1999).

- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación ("Boletín Oficial del Estado", de 4 de mayo de 2006).

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado", de 27 de noviembre de 1992), y la modificación introducida por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado", de 14 de enero de 1999).

- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa ("Boletín Oficial del Estado", de 14 de julio de 1998).

- Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", de 20 de julio de 2001).

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ("Boletín Oficial del Estado", de 18 de noviembre de 2003).

- Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", de 19 de mayo de 2009).

- Decreto 23/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", de 21 de febrero de 2003).

- Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", de 14 de octubre de 2011).

- Orden de 9 de mayo de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de política educativa y educación permanente ("Boletín Oficial de Aragón", de 16 de mayo de 2014).

- Orden de 6 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas para la adquisición de material curricular para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015 ("Boletín Oficial de Aragón", de 10 de junio de 2014).

- Demás normas de general y pertinente aplicación.

III. Fundamentos de Derecho

Primero.- Corresponde a la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte conocer los citados recursos de reposición, de conformidad con los artículos 109.c) y 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 10.11) de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, y el artículo 58.3 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- Resulta procedente resolver de forma acumulada todos los recursos presentados por su identidad sustancial e íntima conexión de sus peticiones, conforme a lo previsto en el artículo 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.- Sin perjuicio de lo señalado en el fundamento de derecho anterior, con antelación a la aprobación de la presente orden, se ha notificado individualmente la resolución de los recursos que estiman en todo o en parte las pretensiones de los interesados, por lo que, en interpretación conjunta de los artículos 60.1 y 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, su publicación no sustituye a la notificación previa en el sentido y contenido de la misma.

A la vista de las anteriores consideraciones, la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en cumplimiento de la normativa aplicable y en uso de las facultades que tiene atribuidas, resuelve:

Primero.- Estimar los recursos de reposición interpuestos por las personas que se relacionan en el anexo I contra la Orden de 27 de agosto de 2014, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas de material curricular para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015.

En el caso de verificarse que estos alumnos han satisfecho las obligaciones previstas en las bases reguladoras así como en la correspondiente convocatoria de ayudas, la estimación de las respectivas pretensiones de los recurrentes surte efecto desde la notificación de su resolución en el domicilio indicado a efectos de notificaciones en los escritos de recurso y supone la modificación de la Orden de 27 de agosto de 2014, en los términos y con los efectos previstos en dicha notificación.

Segundo.- Desestimar los recursos de reposición interpuestos por las personas que se relacionan en el anexo II contra la Orden de 27 de agosto de 2014, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas de material curricular para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015.

La desestimación de los recursos de reposición implica la confirmación de la Orden de 27 de agosto de 2014, en los términos del artículo 113 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.- Inadmitir, por su presentación fuera del plazo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y por el resto de causas expresamente previstas, los recursos de reposición interpuestos por las personas que se relacionan en el anexo III contra la Orden de 27 de agosto de 2014, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas de material curricular para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015.

La inadmisión de los recursos de reposición implica la confirmación de la Orden de 27 de agosto de 2014, en los términos del artículo 113 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", publicación que sustituirá a la notificación individual, conforme a lo previsto en los artículos 59.6 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por apreciarse la concurrencia de razones de interés público derivadas del elevado número de recursos resueltos de forma acumulada, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado Primero de esta resolución.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", y de conformidad con los artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 21 de mayo de 2015.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ