Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 18 de agosto de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), para la financiación de gastos derivados de acciones en materia de prevención de riesgos laborales durante el año 2014.

Publicado el 27/08/2014 (Nº 167)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/7/0125 el convenio suscrito, con fecha 30 de julio de 2014, por el Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón y el Presidente de CEPYME Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de agosto de 2014.

El Consejero de Presidenc

ia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANE

XO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA CONFEDERACIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA ARAGONESA (CEPYME-ARAGÓN), PARA LA FINANCIACIÓN DE GASTOS DERIVADOS DE ACCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DURANTE EL AÑO 2014

En Zaragoza, a 30 de julio de 2014.

REUNIDO

S

D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo, en virtud del Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 139, de 16 de julio de 2011), actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, y facultado expresamente para este acto, por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 29 de julio de 2014.

D. Aurelio López de Hita, como Presidente de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), tal y como figura en la escritura de apoderamiento, otorgada ante notario de Zaragoza, el día 3 de mayo de 2006, con el número 1170 de su protocolo.

Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar y suscribir el presente convenio de colaboración.

EXPONEN

El mandato dirigido a los poderes públicos en el artículo 40.2 de la Constitución Española (CE) exige que la seguridad y salud sean objeto de una atención especial en la acción de los poderes públicos, constituyendo uno de los principios rectores de la política económica y social velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Así, en el artículo 43.1 de la CE se reconoce el derecho a la protección de la salud y atribuye a los poderes públicos, en su artículo 43.2, la competencia de organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas, prestaciones y servicios necesarios. Esta protección alcanza su máxima expresión en su artículo 15, que reconoce como derecho fundamental el derecho a la vida y el derecho a la integridad física y moral. Por tanto, todas aquellas acciones encaminadas a mejorar la seguridad y la salud en el trabajo constituyen un objetivo político de primer orden.

En el mismo sentido, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales ("Boletín Oficial del Estado", número 269, de 10 de noviembre de 1995), en su artículo 5, establece que la política en materia de prevención de riesgos laborales tendrá por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo, dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. La política preventiva se llevará a cabo con la participación de los empresarios y trabajadores a través de sus organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Las Administraciones Públicas deben fomentar las actividades preventivas de las empresas, a través de distintos programas específicos, dirigidos a promover la mejora del ambiente de trabajo y el perfeccionamiento de los niveles de protección.

El artículo 26 del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, sobre empleo y trabajo, establece que "los poderes públicos de Aragón promoverán la prevención de los riesgos laborales".

En cumplimiento de este mandato y de las funciones atribuidas, el Departamento de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón integra, en el seno de la Dirección General de Trabajo, el Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA), que tiene como fin primordial la promoción y comprobación de la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, mediante la ejecución de sus competencias específicas, según el Decreto 336/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, texto normativo que, a su vez, regula el Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (CASSL), con la misma finalidad.

La Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo (2010-2014) nace fruto del consenso establecido en el Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (CASSL), en consonancia en su día con el Acuerdo Económico y Social para el Progreso en Aragón (AESPA 2008-2011) y, actualmente, con el Acuerdo Social para la Competitividad y el Empleo de Aragón (2012-2015). Todos ellos, integran el objetivo de mejora de la seguridad y salud de las empresas aragonesas y de sus trabajadores y trabajadoras como sello de identidad propio de nuestra Comunidad Autónoma.

Es primordial el papel de las organizaciones empresariales y sindicales, para el desarrollo, ejecución e implantación en los centros de trabajo de cada uno de los objetivos de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo (2010-2014): reducción de la siniestralidad e impulso de la calidad de los sistemas de prevención de riesgos laborales, impulsar la educación y formación de seguridad y salud laboral, reforzar la sensibilización y divulgación de la cultura de la prevención, potenciar estudios e investigación e impulsar el desarrollo y gestión efectiva de la salud laboral.

Es cierto que, los índices de siniestralidad, que definen la calidad de la gestión de la prevención de riesgos laborales, han disminuido en los últimos años en nuestra Comunidad, por los esfuerzos inequívocos de la administración autonómica y de los agentes sociales en este sentido.

La Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), como asociación empresarial que ostenta la representación institucional de los empresarios, tiene la condición de organización empresarial más representativa, de acuerdo con la disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. Por ello, teniendo en cuenta la implantación que en el mundo laboral tiene la organización empresarial CEPYME Aragón y su experiencia en la prevención de riesgos laborales, el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, contribuirá al desarrollo de estas actuaciones participando en su financiación, concretamente, mediante el otorgamiento de una subvención a la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), al quedar acreditado el interés público de este programa desarrollado en este convenio y la idoneidad de la asociación para ello, de acuerdo con la posibilidad de conceder directamente una subvención al cumplir con los requisitos excepcionales contemplados en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En el presente convenio se determinarán las condiciones y compromisos de esta subvención, de acuerdo con lo enunciado en el artículo 28.1 de la citada ley.

La citada subvención en régimen de concesión directa está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 15 de febrero de 2012, del Consejero de Economía y Empleo, en cumplimiento del punto 90 del apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011.

Por tanto, con el fin de hacer posible la realización coordinada y eficaz de las actuaciones previstas, se suscribe el presente convenio de colaboración, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, y la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), para el desarrollo de actividades orientadas al apoyo de la prevención de riesgos laborales.

Segunda.- Vigencia del convenio.

El presente convenio estará en vigor desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2014.

Tercera.- Contenido y recursos del convenio.

Las actividades de CEPYME Aragón en materia de prevención de riesgos laborales (PRL), a desarrollar desde el 1 de enero de 2014, según el proyecto presentado, serán las siguientes:

1.ª Acción: Manual de seguridad en el uso de máquinas en trabajos de excavación (zanjas, pozos y vaciados).

El objetivo principal de esta acción es su encuadre en el cumplimiento del punto 4 de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo (2010-2014): "Potenciar estudios e investigación en seguridad y salud laboral", así como en el punto 3 de la mencionada estrategia: "Reforzar la sensibilización y divulgación de la cultura de la prevención de riesgos laborales".

El objetivo más concreto de las actuaciones a desarrollar se centra en materializar una iniciativa orientada a la minimización de la accidentalidad laboral de los trabajadores de las empresas de los sectores que usan máquinas de excavación, elevación de carga y nivelación de terreno, mediante el desarrollo y transferencia de un modelo de gestión en materia de prevención de riesgos laborales. También es objeto el comunicar de una forma sencilla a qué riesgos estos trabajadores se ven expuestos así como las medidas preventivas a tomar y la ejecución de protocolos seguros de actuación en materia de seguridad en el uso de equipos de trabajo.

Para alcanzar este objetivo general se plantean los siguientes objetivos específicos:

- Identificación y caracterización de las empresas del sector, de forma que pueda crearse un perfil de las organizaciones. Este perfil permitiría generalizar las buenas actuaciones de las empresas revisadas, produciendo previsiblemente una disminución de la accidentalidad.

- Conocimiento de la problemática y el empleo de buenas prácticas de las empresas del sector industria indicado.

- Documentar el conocimiento identificado en una guía de buenas prácticas, para su puesta a disposición de forma clara y coherente de todas las empresas del sector.

Programación de actividades.

La programación de actividades para las diversas etapas del alcance de la consultoría es:

Fase 0: Control y dirección del proyecto. A lo largo de toda la duración del proyecto.

La fase de planificación y control es transversal, y se extiende a lo largo de todo el tiempo de desarrollo del proyecto. Incluye las tareas propias de dirección, programación, gestión y control propias de la gestión de proyectos: planificación de fases y tareas sobre diagrama Gantt, reuniones de seguimiento, control de incidencias, medidas a adoptar en caso de desviación y control de cumplimiento de los objetivos.

Fase 1: Fase de recopilación de información. Durante los meses 2, 3 y 4 de 2014.

En esta fase se procederá a la toma de datos y recopilación documental para el desarrollo de las posteriores fases de caracterización y creación del documento objeto de la acción.

Para ello, los técnicos encargados del proyecto recopilarán toda la información sobre equipos y seguridad de los mismos en general y de los que más se utilizan en excavaciones en concreto, así como las principales prácticas que llevan a cabo en materia de seguridad y salud en lo relativo a la aplicación de métodos y técnicas que mejoren la prevención en las empresas. Al principio de esta fase, se definirán los contenidos de los que va a constar el trabajo.

La finalidad de esta fase reside en obtener información de valor acerca de las problemáticas y riesgos específicos, así como las iniciativas en materia de PRL relacionadas con la materia adoptadas por las empresas objeto de estudio. Se realizarán una serie de entrevistas, procurando disponer de empresas representativas de diferentes tipologías dentro del sector.

Las tareas más relevantes que se llevarán a cabo en esta fase son las siguientes:

- Diseño y creación de un cuestionario de comprobación destinado a la recopilación ordenada de los datos.

- Desarrollo de un plan de visitas concertadas.

- Desarrollo de visitas a las empresas incorporadas al estudio y obtención de los datos. La obtención de los datos se conseguirá por medio de entrevistas a los responsables de seguridad y salud de las diferentes organizaciones, y por observación directa por parte de los técnicos encargados del estudio de las buenas prácticas que se llevan a cabo.

- Plasmación de los datos obtenidos en informes de resumen, a partir de los cuales se podrán desarrollar de forma organizada las actividades de la fase 2.

Fase 2: Caracterización de las empresas del sector. Durante los meses 5 y 6 de 2014.

Una vez recopilada la información documental relativa al objeto de estudio, se procederá a realizar un estudio estadístico con el objeto de definir claramente las características propias y diferenciadoras de las empresas del sector en temática de PRL. Se aportarán datos comparativos entre las empresas, así como un resumen final de los aspectos imprescindibles a tener en cuenta para desarrollar el documento propuesto.

Estos resultados aportarán la visión acerca del perfil de las empresas del sector, es decir, permitirán conocer cómo es la empresa de nuestro entorno y su gestión en materia de prevención de riesgos laborales.

Las tareas más relevantes que se llevarán a cabo en esta fase son las siguientes:

- Establecimiento de categorías relevantes que van a constituir la caracterización.

- Análisis de los datos recopilados en la fase 1.

- Desarrollo del tratamiento estadístico y plasmación del mismo en gráficos y tablas explicativas.

- Determinación de conclusiones relevantes.

- Desarrollo del perfil fundamental de las empresas del sector en base a los resultados obtenidos en el tratamiento estadístico y a las conclusiones obtenidas.

Fase 3: Manual de seguridad en el uso de máquinas en trabajos de excavación (zanjas, pozos y vaciados). Durante los meses 6 al 10 de 2014.

A partir de los datos obtenidos en la fase 2 y el tratamiento hecho en la fase 3, se procederá al desarrollo de un manual, que contendrá todas las iniciativas llevadas a cabo por las empresas en el uso de la maquinaria y equipos cubriendo los aspectos de su seguridad en el citado uso, así como las recomendaciones y buenas prácticas que aseguren un desempeño correcto de la gestión preventiva en la materia indicada y descrita al detalle en puntos anteriores.

Su configuración será eminentemente práctica, de forma que pueda ser consultado y aprovechado con facilidad por parte de cualquier organización que desee mejorar sus tasas de accidentalidad o incorporar prácticas excelentes en su gestión.

En el manual se identificarán claramente las buenas prácticas que corresponden al cumplimiento de legislación o normativa vigente y se singularizarán aquellas que exceden este cumplimiento y resultan especialmente relevantes.

La divulgación del trabajo se realizará a través de la página web www.cepymearagon.es dentro del apartado "prevención de riesgos laborales", comunicando a los asociados su ubicación para que procedan a su descarga gratuita. También será accesible a aquellos visitantes del portal que no pertenezcan a la confederación, de la que forma parte CEPYME Aragón.

Se elaborarán cinco copias en formato papel, dos de ellas para entregar a la Dirección General de Trabajo y tres para la Biblioteca de CEPYME Aragón, todas ellas acompañadas con un CD cuyo contenido será el trabajo en formato PDF exclusivamente.

2.ª Acción: Divulgación de actividades, eventos, noticias relacionados con la prevención de riesgos laborales.

El objetivo principal de esta acción se enmarca en el cumplimiento del punto 3 de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo 2010-2014: "Reforzar la sensibilización y divulgación de la cultura de prevención de riesgos laborales", mediante el asesoramiento a las pymes en materia preventiva.

El objetivo general de esta acción es la difusión a los asociados de CEPYME Aragón (empresas y asociaciones empresariales) de información pertinente, actualizada y ajustada a sus necesidades sobre prevención de riesgos laborales, que les ayude al cumplimiento de sus obligaciones legales y responsabilidades a realizar un trabajo seguro con la finalidad de conseguir unos entornos laborales más seguros y saludables.

En concreto, los objetivos específicos perseguidos son:

- Dar información técnica, noticias, eventos y jurídica en materia preventiva, seguridad y salud laboral en tiempo real.

-Dirigir esa información prioritariamente hacia aquellas empresas, que por su entidad, carecen de infraestructuras y medios propios, tanto técnicos como humanos, para la aplicación de esta materia.

- Continuar facilitando a las pymes información novedosa en materia preventiva, a través de la red y su difusión en las redes sociales más extendidas entre el usuario (Twitter, Facebook, etc...).

- Implementar la base documental ya publicada en la web de CEPYME Aragón en prevención de riesgos laborales, con la misión de mejorar la difusión a las empresas y organizaciones empresariales aragonesas mediante su descarga a través del espacio web y previamente difundidas por el blog y las redes sociales.

Actuaciones a realizar.

El alto grado de penetración de internet en las empresas para la transmisión de datos, remisión de información y consulta de documentación, lleva a continuar con el planteamiento de mejorar su accesibilidad, así como sus formatos y presentaciones y ser utilizada como una plataforma de difusión masiva de información, sirviéndose de tres medios: un espacio web propio, las redes sociales y el correo electrónico que distribuye la información publicada en el blog al momento de ser insertada.

Actuación 1. Implementación del blog.

Una vez programado y desarrolladas las bases para la realización del núcleo central del blog: http://gabicepymearagon.blogspot.com.es/ se continua incluyendo contenidos actualizados de forma diaria para que esta información llegue a un formato de acceso fácil e inmediato a las empresas.

Los contenidos básicos que tendrá este espacio web serán:

- Noticias sobre temas relacionados con prevención.

- Novedades legislativas.

- Eventos.

- Documentos de temática preventiva realizados por CEPYME Aragón.

- Boletines informativos elaborados por CEPYME Aragón.

- Publicaciones realizadas relacionadas con la prevención.

- Artículos de interés de revistas especializadas.

- Enlaces de interés a Instituciones externas relacionadas con la prevención.

Las funciones básicas de este blog serán:

- Actualización continua de la información.

- Difusión de información a través de RSS, de manera que se posibilite a las empresas la suscripción y recepción a través de este medio de todas las novedades que se incluyan en el espacio web.

- Enlace y posibilidad de difusión de los contenidos a través de redes sociales (Twitter, Facebook, Issuu) y correo electrónico.

- Categorización de los contenidos tanto por su tipología (noticias, eventos, legislación, reseñas, referencias, boletines), como por la materia preventiva a la que corresponden (seguridad, higiene, ergonomía, psicosociología aplicada).

- Acceso gratuito y abierto a cualquier empresa a través de la página web de CEPYME Aragón: http://www.cepymearagon.es/ entrando en el apartado "prevención de riesgos laborales" o directamente en la dirección http://gabicepymearagon.blogspot.com.es/

Esta acción se llevará a cabo por el personal interno de CEPYME Aragón en las áreas de mejora del diseño de la plataforma existente, documentación e información digital sobre prevención de riesgos laborales.

La metodología empleada por el Gabinete de Prevención para elegir las temáticas de los contenidos del espacio web estará basada en la difusión y divulgación de temas de prevención con acciones concretas en sectores objetivo de la Administración autonómica y lo detectado en las diferentes consultas que día a día reciben los técnicos de CEPYME Aragón.

Actuación 2. Redes sociales.

Mejorar la difusión de la información actualizada partiendo desde el blog y de ahí que se plasme automáticamente en Twitter, Facebook e Issuu, así como por correo electrónico.

Actuación 3. Participación en eventos.

Participación del Departamento Técnico, en su Sección de Prevención de Riesgos Laborales de CEPYME Aragón, en el Congreso Internacional de Prevención de Riesgos Laborales ORP 2014, mediante asistencia y actividades a definir con otros agentes sociales.

3.ª Acción: Herramienta GEAS: Guía multimedia para la implantación de un modelo de gestión excelente de la accidentalidad sostenible.

El objetivo principal de esta acción se considera que está basado su planteamiento en el cumplimiento del punto 4 de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo (2010-2014): "Potenciar estudios e investigación en seguridad y salud laboral", así como, también se enmarca como acción genérica del punto 3 de dicha estrategia, "Reforzar la sensibilización y divulgación de la cultura de la prevención de riesgos laborales".

El objetivo general se centra en materializar una iniciativa orientada a la minimización de la accidentalidad laboral de los trabajadores de las empresas, mediante el desarrollo y transferencia de un modelo excelente de gestión en materia de prevención de riesgos laborales centrado en la aplicación sistemática de medidas al respecto y difundido sobre un soporte tecnológico (herramienta GEAS).

Para alcanzar este objetivo general se plantean los siguientes objetivos específicos:

- Diseño y desarrollo de un modelo de gestión excelente, inspirado en modelos reconocidos y aplicando las mejores prácticas identificadas en materia PRL, destinadas a la minimización de la tasa de accidentalidad.

- Desarrollar un soporte tecnológico que permita la aplicación de técnicas audiovisuales que faciliten la comprensión, seguimiento y aplicación del modelo de gestión, que constituirá, en definitiva la herramienta GEAS.

- Difundir y poner la herramienta GEAS a disposición de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón, en forma clara y coherente.

Programación de actividades.

El diseño metodológico del proyecto responde a una estructuración en fases y tareas para alcanzar los objetivos anteriormente establecidos.

Fase 0: Control y dirección del proyecto. Continuado a lo largo del proyecto.

La fase de planificación y control es transversal al proyecto y se extiende a lo largo de todo el tiempo de desarrollo. Incluye las tareas propias de dirección, programación, gestión y control propias de la gestión de proyectos: planificación de fases y tareas sobre diagrama de Gantt, reuniones de seguimiento, control de incidencias, medidas a adoptar en caso de desviación y control de cumplimiento de objetivos.

Fase 1: Diseño y desarrollo de la herramienta GEAS. Abril a julio 2014.

El punto de partida de esta fase se centra en la prospección de información inicial para la recopilación de los datos de interés disponibles que permitan analizar los índices de accidentalidad en Aragón, junto con las prácticas destacables orientadas a su minimización.

Las tareas más relevantes que se llevarán a cabo en esta fase son las siguientes:

- Prospección de información a través de fuentes secundarias de información relevante sobre niveles de tasa de accidentalidad en las empresas aragonesas, así como identificación de mejores prácticas relativas a la aplicación de medidas destinadas a la minimización de dicha tasa.

- Definición y descripción de indicadores GEAS que faciliten el seguimiento de la sostenibilidad de la tasa de accidentalidad.

- Aplicación de métodos de gestión excelente de reconocido prestigio centrado en el seguimiento periódico de los indicadores GEAS y la aplicación de procedimientos de gestión.

- Descripción del método.

Entre los contenidos de la herramienta GEAS se encontrarán, al menos:

- Propuesta para la investigación y el análisis de accidentes e incidentes en la empresa.

- Metodologías de trabajo y buenas prácticas para evitar los accidentes e incidentes. El desarrollo de las inspecciones internas.

- Propuesta de indicadores de gestión para reducir la accidentalidad.

- Establecimiento de un modelo de excelencia preventiva basado en el plan de prevención.

Fase 2: Implementación de la herramienta GEAS en soporte tecnológico. Julio a noviembre 2014.

El objetivo de esta fase se centra en el diseño, desarrollo y validación de un aplicativo con soporte tecnológico destinado a las empresas aragonesas, para facilitarles la aplicación del modelo desarrollado en la fase anterior.

La tecnología a utilizar permitirá la incorporación de elementos multimedia que faciliten la comprensión y aplicación del método.

El producto resultante final podrá ser difundido a través de internet.

Las tareas a desarrollar durante esta fase se centran en:

- Desarrollo de interfaces de acceso, incluyendo concreción de ficheros web, para la interacción entre usuarios y base de datos de la infraestructura.

- Traslación de los contenidos desarrollados en la fase anterior a soporte tecnológico.

- Diseño gráfico aplicando criterios homogéneos de estilos gráficos en las interfaces de la herramienta.

- Implementación de contenidos en la plataforma tecnológica, incluyendo labores de traslación, implantación y puesta en funcionamiento de los contenidos.

- Pruebas de validación tecnológica para comprobación de navegabilidad y funcionalidad del software.

Fase 3: Difusión de la herramienta GEAS. Diciembre 2014.

Para la distribución de la herramienta GEAS, desarrollada en las fases anteriores, se utilizará internet como medio principal. A tal fin, esta herramienta se encontrará disponible para su descarga en el portal web corporativo de CEPYME Aragón.

Para la difusión de la misma, se prevé la realización de las siguientes actividades:

- Remisión de un correo electrónico informativo a un número de empresas aragonesas no inferior a 6.000.

- Nota informativa en el boletín electrónico de CEPYME Aragón.

- Difusión en el blog de CEPYME Aragón.

- Difusión a través de Twitter, Facebook, etc...

4.ª Acción: Manual de buenas prácticas en el almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas en el sector del recubrimiento metálico.

La actividad a estudiar es compleja, se encuentra entre los sectores "metal" porque trabajan sobre superficies metálicas y recubren con metales, y el sector "químico" por el tipo de procesos y sustancias empleadas en los mismos.

A priori, podemos identificar riesgos de las actividades de ambos sectores:

- Por un lado todos los relacionados con el manejo de piezas metálicas: golpes, atropamientos, caídas, manejo de herramientas manuales, manejo de maquinaria, etc.

- Por otro, todos aquellos relacionados con el manejo de sustancias químicas: contacto con este tipo de sustancias peligrosas, exposición a contaminantes químicos, o riesgos de explosión o incendio.

El objetivo principal de esta acción se encuadra en el cumplimiento del punto 4 de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo (2010-2014): "Potenciar estudios e investigación en seguridad y salud laboral" así como, en el cumplimiento del punto 3 de dicha estrategia, "Reforzar la sensibilización y divulgación de la cultura de la prevención de riesgos laborales".

Concretando, el objetivo general del proyecto planteado es:

Conocer en profundidad los riesgos laborales de los trabajadores del sector, las medidas de prevención y protección, haciendo un especial hincapié en el manejo de sustancias químicas, con el objetivo de elaborar un manual de buenas prácticas al respecto, que permita a los trabajadores disponer de información clara y concisa sobre cómo proceder, de manera segura, en el desarrollo de su actividad laboral.

Actuaciones a realizar.

Fase 1: Prospección documental. Mayo a junio de 2014.

En esta fase se realizará:

- Una identificación de las fuentes de información que pudieran ser de utilidad en el proyecto.

- Una recopilación de documentos relativos al sector y sus procesos.

- Una recopilación de la normativa de aplicación al sector, en materia de prevención de riesgos laborales.

Fase 2: Análisis de la documentación. Junio a julio de 2014.

En esta fase una vez identificadas las fuentes de información, identificada la normativa de aplicación y recopilados los documentos considerados de interés para el trabajo, se procederá al análisis de los mismos. De las conclusiones de este análisis se procederá a desarrollar las fases siguientes.

Fase 3: Diseño del proyecto. Julio a agosto de 2014.

En esta fase una vez analizada la información, la normativa de aplicación y estudiados los documentos considerados de interés para el trabajo, se procederá al diseño de los contenidos del proyecto (fases posteriores: tanto en cuanto a la información a extraer de las visitas a empresas como de los contenidos del manual y las fichas).

Fase 4: Trabajo de campo. Septiembre de 2014.

Se realizará con los datos del análisis realizado en la fase 2 y el contenido de la información que se ha considerado importante contrastar de la fase 3, el trabajo de campo:

- Selección de las empresas a visitar.

- Determinación de la información a recopilar en las visitas.

- Informe de las visitas realizadas.

Fase 5: Diseño y elaboración del Manual de buenas prácticas. Octubre a noviembre de 2014.

Se elaborará un manual que contendrá la descripción del sector, las operaciones desarrolladas en los procesos, los riesgos asociados a las mismas, las medidas preventivas y las buenas prácticas propuestas, siguiendo los contenidos y criterios que se concretarán en las fases anteriores.

Fase 6: Elaboración de fichas de prevención. Noviembre a diciembre de 2014.

Del manual anterior, y de toda la documentación analizada que ha servido para su elaboración, se van a extraer las operaciones que se consideren de mayor riesgo, y se elaborarán fichas prácticas sobre riesgos concretos y sus medidas preventivas dirigidas a los trabajadores.

Fase 7: Divulgación.

Este manual se realizará en formato digital y se divulgará mediante la web: http://www.cepymearagon.es dentro del apartado prevención de riesgos laborales, comunicando a los asociados su ubicación para que procedan a su descarga gratuita. También será accesible a aquellos visitantes del portal que no pertenezcan a la confederación.

Presentación.

Con el manual y las fichas se elaborará un único documento del que se editarán cinco copias en formato papel, dos de ellas para entregar a la Dirección General de Trabajo y tres para la biblioteca de CEPYME Aragón, todas ellas acompañadas con un CD cuyo contenido será el trabajo en formato PDF exclusivamente.

Cuarta.- Pago de la subvención.

El Gobierno de Aragón subvencionará con 75.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria G/3151/480018/91002 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2014.

El pago de la cantidad subvencionada se realizará, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su reglamento de desarrollo, el artículo 13 del Decreto 23/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales, pudiendo efectuar abonos a cuenta mediante la realización de pagos fraccionados, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada; y, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre el pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tal como señala el artículo 4, último párrafo, del Decreto 23/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Se podrá conceder anticipos de pago sin que en ningún caso sean superiores al 25% del importe de la subvención concedida, en cumplimiento del punto 96 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en fecha 13 de septiembre de 2011, en los términos contemplados en el artículo 14 del citado decreto.

Quinta.- Justificación de actuaciones.

La justificación de las actuaciones objeto de subvención habrá de cumplir lo establecido en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Los documentos justificativos, que deberán ajustarse a lo que establece el anexo al convenio, deberán presentarse en la Dirección General de Trabajo en plazo, que finalizará el 20 de noviembre del año en curso. Para aquellos gastos subvencionables, que se encuentren comprometidos en firme y correspondan al plazo de ejecución de la subvención, tales como nóminas, Seguridad Social, IRPF y otros gastos fijos y periódicos que, por incompatibilidad de plazos, y su abono no pudiera realizarse hasta una vez finalizado el plazo de justificación, podrá admitirse un pago anticipado con los requisitos establecidos en la normativa vigente, previa presentación de un certificado, redactado en debida forma, en el que se constate la cuantía y destino de cada uno de dichos gastos, así como el compromiso de aportar los documentos que justifiquen dichos gastos, antes del 28 de febrero del ejercicio siguiente.

Los importes no justificados o indebidamente justificados dentro del plazo de justificación se entenderán renunciados por parte del beneficiario de la subvención, y los anticipos realizados que en dicha fecha no se hayan justificado deberán reintegrarse en la forma legalmente establecida.

Sexta.- Compromisos de las partes.

La Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1. Cumplir la finalidad del presente convenio y destinar la cuantía aportada por el Departamento de Economía y Empleo a los fines propios de cada una de las actuaciones pactadas con el mismo.

2. Comunicar al Departamento de Economía y Empleo, por escrito o de forma fehaciente, la obtención de cualquier tipo de subvención o aportación económica de otros organismos o instituciones públicos o privados para la misma finalidad, inmediatamente, si ya estuviesen reconocidas a la fecha de la firma de este convenio, o en el plazo máximo de diez días desde la constancia fehaciente de su concesión.

3. Acreditar la aplicación de la subvención concedida a las actuaciones subvencionadas en tiempo y forma, así como comunicar las alteraciones que puedan producirse en las circunstancias que han motivado la realización del convenio.

4. Someterse a las actuaciones de seguimiento y control a efectuar por el Gobierno de Aragón, admitiendo la presencia de la o las personas designadas por el Departamento de Economía y Empleo para realizar el seguimiento y evaluación del programa o programas financiados, y facilitarles cuanta información, contable o de otro tipo, le sea solicitada a tal efecto. En especial, la entidad habrá de facilitar identificación individualizada de los usuarios de cada proyecto.

5. En todos los materiales impresos que se realicen en las actuaciones programadas en este convenio, se deberá incluir el logotipo completo de identidad gráfica (símbolo y denominación) del Departamento que financia. Además, respecto a la publicidad relativa al carácter público de la financiación del objeto del convenio, cuando el beneficiario deba hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, habrá de solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Igualmente, si del clausulado del convenio se deriva para el beneficiario la obligación de realizar actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá ser objeto de solicitud con carácter previo a cualquier actuación, del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

6. Presentar al Departamento de Economía y Empleo una memoria de las actividades realizadas antes del 31 de enero de 2015.

7.º Comunicar por escrito al Departamento de Economía y Empleo, con antelación mínima de un mes, la fecha de inicio y el programa de aquellas actividades y servicios financiados mediante este convenio.

El Departamento de Economía y Empleo asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1. Entregar a la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón) el importe de su aportación, de acuerdo con las normas reguladoras contenidas en la normativa de subvenciones y el presente convenio.

2. Verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones o requisitos determinantes para la realización del presente convenio.

3. Realizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el presente convenio.

Séptima.- Comisión de seguimiento del convenio.

Se constituirá una comisión mixta paritaria de seguimiento, a efectos de desarrollo, modificación y resolución de las obligaciones y los derechos derivados de la suscripción del presente convenio, integrada por dos representantes de CEPYME Aragón y dos del Departamento de Economía y Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón. A dicha comisión competerá resolver las cuestiones relativas a la interpretación del presente convenio, evaluando su aplicación y promoviendo las líneas de política común, así como aquellas actuaciones de coordinación que se consideren necesarias.

La Comisión mixta de seguimiento se reunirá, al menos, una vez al año y, en todo caso, siempre que lo solicite uno o varios de sus integrantes. En su primera reunión, la comisión designará a un secretario, que levantará acta de las sesiones.

Octava.- Resolución del convenio.

El presente convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él. En caso de resolución del convenio por incumplimiento por parte de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME Aragón), se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo relativo al reintegro de subvenciones.

El presente convenio también podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes, así como por imposibilidad sobrevenida.

Novena.- Plan de racionalización del Gasto Corriente.

El presente convenio se acoge a las medidas que le son de aplicación señaladas en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011, relativas a transferencias corrientes.

Décima.- Naturaleza jurídica.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, no teniendo carácter contractual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Para todo lo no previsto en el texto del convenio se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la disposición adicional segunda de la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de Aragón para 2014; el Decreto 23/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales, así como cualquier otra disposición normativa que resulte de aplicación.

Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, deberán solventarse por acuerdo entre las partes, en el seno de la comisión mixta constituida al amparo de la cláusula séptima de este convenio. Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO NORMAS GENERALES DE JUSTIFICACIÓN

La justificación deberá incluir documentos originales y fotocopia, para su cotejo y compulsa, de la siguiente documentación:

1. Certificado de la entidad manifestando haber dedicado a los fines y conceptos señalados en el convenio las cantidades que se justifican.

2. Índice de los justificantes que se presentan, señalando conceptos y cuantías de cada uno, así como la cifra global a que ascienden.

3. Justificantes de pago de los gastos que se justifiquen. Todos los documentos referidos deberán corresponder al periodo de vigencia del convenio e ir dirigidos a la entidad firmante del mismo.

4. Escrito manifestando el código internacional de cuenta bancaria (IBAN), entidad bancaria, sucursal y domicilio de la misma. El mencionado escrito deberá estar bastanteado por el banco, debiendo coincidir su titularidad con la entidad beneficiaria.

5. Cuando los justificantes se refieran a pagos de personal, deberá acompañarse copia autenticada de las nóminas correspondientes, de los boletines de cotización de la Seguridad Social y de la carta de pago de las retenciones efectuadas por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si en un mismo boletín de cotización o carta de pago figurase personal dedicado al convenio, junto con personal dedicado a distinta finalidad, se detallará el importe que corresponda a los trabajadores dedicados al convenio, con indicación de la cuota empresarial y la cuota obrera.

No se tendrá en consideración, a efectos de justificación, ninguna nómina que no vaya acompañada de los correspondientes boletines de cotización y carta de pago a Hacienda.

Las nóminas deberán expresar claramente el nombre y dos apellidos del trabajador, DNI, el mes a que corresponde y la firma del trabajador. En ellas se señalará la cuantía, tanto en bruto como en neto, y los descuentos que procedan.

No se considerarán subvencionables los gastos de personal, desplazamiento y alojamiento, en lo que excedan a los fijados como máximos para la categoría equivalente del personal laboral al servicio de la Diputación General de Aragón, según convenio colectivo vigente. En cualquier caso, las retribuciones del personal directivo únicamente se subvencionarán hasta el límite de las retribuciones de un Director General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, según el punto 100 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

Se podrán justificar gastos de desplazamiento y alojamiento, aportando facturas firmadas y selladas para acreditar su pago, o con los oportunos recibos por el importe percibido. Los importes máximos que se podrán financiar, serán los mismos que los previstos en la normativa vigente para las indemnizaciones por razón del servicio al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el grupo 2, según el punto 93 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

6. Cuando existan contratos de arrendamiento de servicios, deberá acompañarse copia legible autenticada del contrato y recibos de las cantidades devengadas.

7. Los justificantes que correspondan a profesionales deberán consistir en factura original. Dicha factura deberá estar firmada y sellada, y en ella figurará la fecha, nombre y apellidos, DNI del profesional y el concepto a que se refiere la actuación por la que se gira la factura, así como la liquidación por el IVA cuando corresponda. En estos supuestos, se aportará fotocopia compulsada de la carta de pago de la retención obligatoria por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con indicación del desglose en la forma señalada para los gastos de personal.

8. Si los justificantes corresponden a casas comerciales, las facturas correspondientes deberán ser originales y deberán incluir el nombre, razón social y número de identificación fiscal, y si fuesen personas físicas, el nombre comercial, nombre y apellidos del titular y su DNI. En todo caso, y cuando así corresponda, figurará la liquidación por el IVA.

En ambos casos, las facturas deberán ir debidamente firmadas y selladas.

9. No se considerarán subvencionables los siguientes gastos:

- Gastos e intereses bancarios y otros gastos financieros.

- Adquisición de equipos y material inventariable.

- Comisiones, indemnizaciones y otros gastos suplementarios acordados para el personal.