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ORDEN de 4 de marzo de 2014, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se somete a información pública el proyecto de Decreto por el que se regula el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 03/04/2014 (Nº 66)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Mediante Orden de 7 de febrero de 2014, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia y de conformidad con lo establecido en los artículos 47 y 48 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, se acuerda el inicio del procedimiento para la elaboración de una disposición general por la que se regule el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón, en cumplimiento del mandato contenido en la disposición final cuarta y artículo 82.2 de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.

Dado que el proyecto es de interés para todas aquellas personas y entidades prestadoras de servicios sociales, se estima procedente acordar su sometimiento al trámite de información pública además de otorgar audiencia a las entidades representantes de intereses colectivos en el ámbito de servicios sociales y cuya existencia consta a esta Administración, a que se refiere el artículo 49 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 de la Constitución Española y en el artículo 15 del Estatuto de Autonomía de Aragón, otorgando para ambos trámites el plazo de un mes legalmente establecido.

En virtud de lo señalado, ordeno:

Primero.- Someter a información pública el proyecto de Decreto por el que se regula el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Segundo.- El texto del citado proyecto de Decreto estará accesible en la página web del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia y podrá igualmente consultarse en las oficinas de información que se relacionan en el anexo a esta orden.

Tercero.- Las alegaciones o sugerencias al citado proyecto de Decreto deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Planificación y Aseguramiento del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, pudiendo ser presentadas en su sede (vía Universitas, 36, Zaragoza) o en el correspondiente registro de las oficinas que se indican en el anexo a esta orden, así como en los registros y oficinas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 4 de marzo de 2014.- El Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, Ricardo Oliván Bellosta.