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CORRECCIÓN de errores del anexo I Baremo de Méritos de los procedimientos de movilidad voluntaria convocados por Resoluciones de 29 de mayo de 2013, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de personal estatutario Facultativo Especialista de Área de las Especialidades de Endocrinología y Nutrición, Farmacia Hospitalaria, Geriatría, Hematología y Hemoterapia, Medicina del Trabajo, Medicina Física y Rehabilitación, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Nuclear, Medicina Preventiva y Salud Pública, Microbiología y Parasitología, Nefrología, Neumología, y Neurología en centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 10/07/2013 (Nº 134)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Advertidos errores en los anexo I Baremo de Méritos de las Resoluciones de 29 de mayo de 2013, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por las que se convocan procedimientos de movilidad voluntaria para cubrir plazas de personal estatutario Facultativo Especialista de Área de las Especialidades de Endocrinología y Nutrición, Farmacia Hospitalaria, Geriatría, Hematología y Hemoterapia, Medicina del Trabajo, Medicina Física y Rehabilitación, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Nuclear, Medicina Preventiva y Salud Pública, Microbiología y Parasitología, Nefrología, Neumología, y Neurología en centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón" núm. 115, de fecha 13 de junio de 2013, se proceden a corregir en los siguientes términos:

Anexo I: BAREMO DE MÉRITOS:

Donde dice:

e) Por cada mes completo de servicios prestados en Centros Sanitarios o Socio Sanitarios públicos españoles o de la Unión Europea a través del sistema de residencia para la formación de especialistas en ciencias de la salud destinados a la obtención del título de Especialista de la categoría de que se trate: 1 punto.

Debe decir:

e) Por cada mes completo de servicios prestados en Centros Sanitarios o Socio Sanitarios españoles o de la Unión Europea acreditados a través del sistema de residencia para la formación de especialistas en ciencias de la salud destinados a la obtención del título de Especialista de la categoría de que se trate: 1 punto.

Se habilita un plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, a los únicos efectos, de que, en su caso, los interesados puedan justificar documentalmente el trámite objeto de la presente corrección de errores.