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RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2015, del Director General de Ordenación Académica, por la que se modifica la autorización del centro privado "Obra Diocesana Santo Domingo de Silos" de Zaragoza.

Publicado el 07/04/2015 (Nº 65)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Obra Diocesana Santo Domingo de Silos", con domicilio en la calle Amistad, 6 de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización para la transformación de dos unidades de Bachillerato de la modalidad de Ciencias en dos unidades de Bachillerato de la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

Vistos el informe emitido por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria

Denominación específica: "Obra Diocesana Santo Domingo de Silos"

Código: 50007856

Titular: Obra Diocesana Santo Domingo de Silos

Domicilio: C/ Amistad, 6

Localidad: Zaragoza

Municipio: Zaragoza

Provincia: Zaragoza

Enseñanzas que se autorizan:

- La transformación de dos unidades de Bachillerato de la modalidad de Ciencias en dos unidades de Bachillerato de la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

Como resultado de la modificación de la autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

* En el curso escolar 2015/16, 2 unidades de Ciencias y 2 unidades de Ciencia y Tecnología

Segundo.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.

Tercero.- El Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Sexto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 13 de marzo de 2015.

El Director General de Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO